Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 58 de 26/03/2014

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Consejería de Agricultura, Pesca y Desarrollo Rural

Resolución de 20 de marzo de 2014, de la Delegación Territorial de Agricultura, Pesca y Medio Ambiente en Cádiz, por la que se dispone la publicación del acuerdo que se cita, de Zahara de la Sierra «Casa María García».

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Expte.: TIP/2011/209244.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 3.b) del Decreto 151/2012, de 5 de junio, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Agricultura, Pesca y Medio Ambiente, y el artículo 13.1. del Decreto 36/2014, de 11 de febrero, por el que se regula el ejercicio de las competencias de la Administración de la Junta de Andalucía en materia de Ordenación del Territorio y Urbanismo, esta Delegación Territorial hace Público el Acuerdo de la Sección de Urbanismo de la Comisión Provincial de Ordenación del Territorio y Urbanismo de Cádiz, de fecha 30 de julio de 2013, referente a la Corrección de Error material en el Texto Refundido del Plan General de Ordenación Urbanística de Zahara de la Sierra «Casa María García».

Conforme establece el artículo 41.2 de la Ley 7/2002, de Ordenación Urbanística de Andalucía, con fecha 3 de octubre de 2013, y con el número de registro 2290, se ha procedido a la inscripción y depósito del instrumento de planeamiento de referencia en el Registro de instrumentos de planeamiento, de convenios urbanísticos y de los bienes y espacios catalogados dependiente de la Consejería de Agricultura, Pesca y Medio Ambiente.

De conformidad con lo establecido por el artículo 41.1 de la Ley 7/2002, de Ordenación Urbanística de Andalucía, se hace público el contenido de:

- Acuerdo de la Sección de Urbanismo de la Comisión Provincial de Ordenación del Territorio y Urbanismo de Cádiz, de fecha 30 de julio de 2013, referente a la Corrección de Error material en el Texto Refundido del Plan General de Ordenación Urbanística de Zahara de la Sierra «Casa María García». (Anexo I).

ANEXO I

Visto expediente y la documentación correspondiente a la solicitud del Ayuntamiento de Zahara de la Sierra para la Corrección de Error material en el Texto Refundido del Plan General de Ordenación Urbanística de Zahara de la Sierra «Casa María García», instada mediante acuerdo plenario de fecha 11 de abril de 2013, y visto el Informe emitido por el Servicio de Urbanismo de fecha 20 de mayo de 2013; esta Comisión Provincial de Ordenación del Territorio y Urbanismo, sección de Urbanismo, de Cádiz, emite el presente Acuerdo conforme a los siguientes:

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero. El instrumento de planeamiento general vigente en el Municipio de Zahara de la Sierra lo constituye el Texto Refundido del Plan General de Ordenación Urbanística, aprobado por Resolución de la Comisión Provincial de Ordenación del Territorio y Urbanismo de fecha 24 de febrero de 2009, publicado en BOP núm. 148, de 4 de agosto de 2009. Este instrumento se encuentra adaptado parcialmente a la Ley 7/2002 de Ordenación Urbanística de Andalucía por acuerdo del Ayuntamiento, en pleno del día 16 de febrero de 2011, publicado en BOP núm. 212 de 8.11.2011.

Segundo. La solicitud sobre la Corrección de Error Material del PGOU de Zahara de la Sierra que se resuelve por esta Comisión Provincial de Ordenación del Territorio y Urbanismo, fue acordada por el Ayuntamiento de dicho municipio en sesión plenaria celebrada el 11 de abril de 2013.

La documentación remitida tiene por objeto corregir el error gráfico contenido en el Plano 5.1, Clasificación y Calificación del Suelo, sobre la finca de la Calle Bolilla, núm. 1 (Casa María García), calificada como equipamiento público, cuando la calificación que corresponde en planta baja es la de residencial, ordenanza Casco Antiguo.

Tercero. La tramitación seguida por el Ayuntamiento de Zahara de la Sierra, para la Corrección de Error Material del Texto Refundido del Plan General, ha consistido en acuerdo plenario de fecha 11 de abril de 2013, por el cual, conocido el expediente iniciado a instancia de los propietarios afectados, se solicita a la Consejería competente en materia de urbanismo, su aprobación, conforme a la regulación contenida en el artículo 105.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico y Procedimiento Administrativo Común.

Cuarto. A la vista de la solicitud remitida por el Ayuntamiento de Zahara de la Sierra, el Servicio de Urbanismo de la Delegación Territorial, en Cádiz, de la Consejería de Agricultura, Pesca y Medio Ambiente emite Informe de fecha 20 de mayo de 2013.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero. La competencia para la corrección de los errores detectados en los instrumentos de planeamiento se rige por las normas generales que regulan el procedimiento administrativo. De acuerdo con el artículo 105.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, en relación con el artículo 116.4 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía, la competencia para la corrección del error corresponde a la Administración que dictó el acto, en este caso a la Comisión Provincial de Ordenación del Territorio y Urbanismo, conforme al artículo 13.2.a) del Decreto 525/2008, de 16 de diciembre.

De conformidad con las competencias establecidas por el artículo 10.1 del Decreto 3/2012, de 5 de mayo, sobre reestructuración de las Consejerías, las competencias en materia de planificación, ordenación territorial y urbanismo, recaen sobre la Consejería de Agricultura, Pesca y Medio Ambiente, cuya estructura orgánica se establece en el Decreto 151/2012, de 5 de junio.

El Decreto 525/2008 distribuye las competencias que en materia de urbanismo tiene la Administración de Junta de Andalucía, en virtud del artículo 31 de la LOUA, entre los diferentes órganos de la Administración andaluza. Las referencias que en el mismo se realizan a la Consejería con competencias en materia de urbanismo, se entienden realizadas a la Consejería Agricultura, Pesca y Medio Ambiente, conforme a la disposición final primera del Decreto 151/2012 y a la disposición final segunda del Decreto 3/2012.

Mediante Decreto 342/2012, de 31 de julio, por el que se regula la organización territorial provincial de la Administración de la Junta de Andalucía, se crea la Delegación Territorial de la Consejería de Agricultura, Pesca y Medio Ambiente, como órgano periférico de la Consejería.

Segundo. Con fecha 20 de mayo de 2013 el Servicio de Urbanismo de esta Delegación Territorial ha emitido Informe relativo a la corrección de error de la presente propuesta, concluyéndose que:

Se aprecia la existencia de un error material, pero se considera necesario que la corrección en la planimetría sea expresiva de la realidad, una parcela donde existe un inmueble y dos fincas registrales. Para ello, en el plano 5.1 la parcela de la Calle Bolilla, núm. 1, deberá contar con la calificación de equipamiento de uso público en planta alta y con la calificación de residencial en planta baja.

Tercero. A la vista de la solicitud del Ayuntamiento de Zahara de la Sierra, de corrección de error en el Plan General, conforme a lo establecido por el artículo 105.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, procede que la Sección de Urbanismo de la Comisión Provincial de Ordenación del Territorio y Urbanismo de Cádiz adopte acuerdo sobre este asunto, en virtud de lo establecido por el artículo 13.2.a) del Decreto 525/2008, de 16 de diciembre, en relación con el artículo 116.4 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre.

De conformidad con la propuesta formulada por el Delegado Territorial de Agricultura, Pesca y Medio Ambiente en Cádiz, en virtud de lo establecido por el artículo 11.1 del Decreto 525/2008, de 16 diciembre, la Sección de Urbanismo de esta Comisión Provincial de Ordenación del Territorio y Urbanismo de Cádiz, por la mayoría especificada en el artículo 10.3 del Decreto 525/2008, y en el artículo 26.4 de la Ley de Régimen Jurídico de la Administración Pública y del Procedimiento Administrativo Común,

ACUERDA

1.º Aprobar la Corrección de Error Material en el Texto Refundido del Plan General de Ordenación Urbanística de Zahara de la Sierra, «Casa María García», solicitada por el Ayuntamiento, de conformidad con la previsión contenida en el artículo 105.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, y 116.4 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, con base en las consideraciones reflejadas en el Dispositivo Segundo del presente Acuerdo.

2.º Esta aprobación queda condicionada a la subsanación de la planimetría, conforme a las consideraciones vertidas en el Informe del Servicio de Urbanismo de 20 de mayo de 2013, circunstancia que deberá ser verificada por la Delegación Territorial de la Consejería de Agricultura, Pesca y Medio Ambiente en Cádiz antes de su publicación.

3.º Proceder a su depósito e inscripción en el Registro Autonómico de Instrumentos de Planeamiento, Convenios Urbanísticos y Bienes y Espacios Catalogados, de acuerdo con lo previsto en el artículo 40 de la Ley 7/2002, de Ordenación Urbanística de Andalucía.

4.º Publicar el presente Acuerdo en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, de acuerdo con lo previsto en el artículo 41 de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre; y por la Disposición Adicional Tercera del Decreto 525/2008, de 16 de diciembre, por el que se regula el ejercicio de las competencias de la Administración de la Junta de Andalucía en materia de ordenación del territorio y urbanismo.

Notifíquese el presente acuerdo a los interesados con las advertencias legales que procedan.

Contra el presente acuerdo, que pone fin a la vía administrativa por su condición de disposición administrativa de carácter general, cabe interponer recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, contado a partir del día siguiente al de su notificación o publicación, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo con competencia territorial, según se prevé en los artículos 23.3 del Decreto 525/2008, de 16 diciembre, y el art. 14 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, o en su caso, ante la correspondiente Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía y con cumplimiento de los requisitos previstos en la mencionada Ley. Todo ello, sin perjuicio de que se pueda ejercitar cualquier otro recurso que se estime procedente.

Cádiz, 20 de marzo de 2014.- El Delegado, Federico Fernández Ruiz-Henestrosa.

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