Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 62 de 01/04/2014

4. Administración de justicia

Audiencias Provinciales

Edicto de 19 de marzo de 2014, de la Sección Quinta de la Audiencia Provincial de Sevilla, dimanante de autos núm. 448/2010.

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Don Leopoldo Roda Orue, Secretario de la Sección Quinta de la Ilma. Audiencia Provincial de Sevilla.

Certifico: Que en el Rollo seguido en esta Sección con el núm. 3294/13-F se ha dictado Sentencia cuyo encabezamiento y fallo son del tenor siguiente:

«Sentencia. Ilmos. Sres. Juan Márquez Romero. Conrado Gallardo Correa. Fernando Sanz Talayero.

En Sevilla, a 17 de marzo de 2014.

Vistos por la Sección Quinta de la Audiencia Provincial de Sevilla los autos de juicio ordinario núm. 448/2010 sobre reclamación de 21.099 € en concepto de precio de trabajos efectuados para la demandada, que procedentes del Juzgado de Primera Instancia núm. Cuatro de Dos Hermanas, penden en grado de apelación ante este Tribunal promovidos por Excavaciones Cordobés y Hermanos e Hijos, S.L., CIF B60929288, con domicilio social en Viladecans (Barcelona), representada por la Procuradora doña Elena Arribas Monge y defendida por el Abogado don Jordi Cordobés Doña, contra Excavaciones y Afirmados Bernal, S.L., CIF B41811274, con domicilio social en Dos Hermanas (Sevilla) y declarada en rebeldía. Habiendo venido los autos originales a este Tribunal en méritos del recurso de apelación interpuesto por la primera de las mencionadas partes contra la sentencia proferida por el expresado Juzgado en fecha 5 de octubre de 2011, resultan los siguientes antecedentes de hecho y fundamentos de derecho.

Fallamos. Que estimando el recurso interpuesto por la Procuradora doña Elena Arribas Monge, en nombre y representación de Excavaciones Cordobés Hermanos e Hijos, S.L., contra la sentencia dictada el día 5 de octubre de 2011 por la Ilma. Sra. Magistrada del Juzgado de Primera Instancia núm. Cuatro de Dos Hermanas, debemos revocar y revocamos dicha resolución, dictando en su lugar otra por la que estimando la demanda interpuesta por la apelante contra Excavaciones y Afirmados Bernal, S.L., debemos condenar y condenamos a la demandada a que abone a la actora la cantidad de veintiún mil noventa y nueve euros (21.099 €), cantidad que devengará el interés legal del dinero desde el día 12 de agosto de 2009, incrementándose en dos puntos desde la fecha de esta sentencia, con imposición de las costas procesales de la primera instancia a la parte demandada y sin hacer especial imposición de las de esta alzada. Una vez firme, devuélvanse a su tiempo las actuaciones originales al Juzgado de donde proceden, con certificación literal de esta Sentencia y despacho para su cumplimiento. Así por esta nuestra Sentencia, de la que se llevará testimonio al Rollo de Sala, lo pronunciamos, mandamos y firmamos.»

Lo inserto concuerda bien y fielmente con su original al que me remito. Y para que conste y sirva de notificación en forma a la entidad demandada en rebeldía Excavaciones y Afirmados Bernal, S.L., en paradero desconocido, expido el presente en Sevilla, a diecinueve de marzo de 2014.

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