Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 62 de 01/04/2014

4. Administración de justicia

Juzgados de Primera Instancia

Edicto de 21 de febrero de 2014, del Juzgado de Primera Instancia núm. Uno de Huelva, dimanante de procedimiento ordinario núm. 1262/2010. (PD. 900/2014).

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NIG: 2104142C20100006780.

Procedimiento: Procedimiento Ordinario 1262/2010. Negociado: A.

Sobre: Acción de resolución de contrato y reclamación de cantidad.

De: M.ª José Moreau Durán.

Procuradora: Sra. María Rosa Borrero Canelo.

Contra: Hábitat 21 Promoinmo, S.L.

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

En el procedimiento Procedimiento Ordinario 1262/2010 seguido en el Juzgado de 1.ª Instancia núm. Uno de Huelva a instancia de M.ª José Moreau Durán contra Hábitat 21 Promoinmo, S.L., sobre Acción de resolución de contrato y reclamación de cantidad, se ha dictado la sentencia que, copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue:

SENTENCIA NÚM. 191/13

En la ciudad de Huelva, a veintisiete de noviembre de dos mil trece.

Vistos por la Sra Magistrada-Juez del Juzgado de Primera Instancia núm. Uno de esta ciudad, doña Susana Caballero Valentín, los autos de Juicio Ordinario núm. 1262/10 seguidos a instancia de doña María José Moreau Durán representada por la Procuradora de los Tribunales doña Rosa Borrero Canelo, y asistida de la Letrada doña Gema Gutiérrez Toscano, contra Hábitat 21 Promoinmo, S.L., declarado en rebeldía, en nombre de S.M. el Rey, procedo a dictar la siguiente resolución con base a los siguientes

FALLO

Que en la demanda interpuesta por la Procuradora de los Tribunales doña Rosa Borrero Canelo, en nombre de doña María José Moreau Durán, contra Hábitat 21 Promoinmo, S.L.

1.º Estimo íntegramente la demanda y declaro resuelto el contrato de compraventa privado de fecha 3 de octubre de 2008, de la finca sita en la promoción de la calle San Marcos, núm. 17, de Huelva, planta tercera, tipo A, garaje núm. 3, trastero núm. 7 en azotea.

2.º Condeno a la entidad demandada a abonar al actor la cantidad de 23.200,00 euros, más los intereses legales desde la fecha de interposición de la demanda y hasta el completo pago de la deuda.

3.º Condeno a la parte demandada al pago de las costas procesales causadas en el presente procedimiento.

Notifíquese la presente Resolución a las partes indicando que contra la misma cabe interponer recurso de apelación, del que conocerá la Audiencia Provincial de Huelva, debiendo interponerse ante este Juzgado en el plazo de veinte días contados desde el día siguiente a la notificación de la resolución, debiendo exponer las alegaciones en que se base la impugnación, y citar la resolución apelada y los pronunciamientos que se impugna (artículo 458 LEC en su redacción dada por la Ley 37/2011, de 10 de octubre, de agilización procesal) y previa constitución del depósito de 50 euros en la cuenta de Depósitos y Consignaciones abierta a nombre del Juzgado, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso (artículos 458 de la LEC y la disposición adicional decimoquinta de la Ley 1/09, de 3 de noviembre, de modificación de la Ley 6/1985, del Poder Judicial), así como el abono de la correspondiente tasa judicial.

Así por esta mi Sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

Y con el fin de que sirva de notificación en forma a la demandada rebelde Hábitat 21 Promoinmo, S.L., extiendo y firmo la preserve en Huelva, a veintiuno de febrero de dos mil catorce.- El/La Secretario.

«En relación a los datos de carácter personal, sobre su confidencialidad y prohibición de transmisión o comunicación por cualquier medio o procedimiento, deberán ser tratados exclusivamente para los fines propios de la Administración de Justicia (ex Ley Orgánica 15/99, de 13 de diciembre, de protección de datos de carácter personal).»

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