Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 64 de 03/04/2014

4. Administración de justicia

Juzgados de Primera Instancia

Edicto de 17 de marzo de 2014, del Juzgado de Primera Instancia núm. Siete de Sevilla, dimanante de autos núm. 1397/12.

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NIG: 4109142C20070028761.

Procedimiento: Familia. Modificación medidas supuesto contencioso 1397/2012. Negociado: 7R.

De: José Antonio Fernández Sevillano.

Procuradora: Sra. María Pastor Pérez Angulo.

Contra: Clotilde Vicent Paz.

EDICTO

En el presente procedimiento Familia. Modificación medidas supuesto contencioso 1397/12 seguido a instancia de José Antonio Fernández Sevillano frente a Clotilde Vicent Paz se ha dictado sentencia, cuyo tenor literal es el siguiente:

SENTENCIA NÚM. 187/2014

En Sevilla, a diecisiete de marzo de dos mil catorce.

Vistos por la Ilma. Magistrada de Juzgado de Primera Instancia núm. Siete de Sevilla doña Antonia Roncero García, los presentes autos de Familia. Modificación medidas supuesto contencioso 1397/12, instados por la Procuradora doña María Pastor Pérez Angulo, en nombre y representación de don José Antonio Fernández Sevillano con asistencia Letrada, contra doña Clotilde Vicent Paz, declarada en situación legal de rebeldía, y con la asistencia del Ministerio Fiscal

FALLO

Estimando parcialmente la demanda formulada por don José Antonio Fernández Sevillano contra doña Clotilde Vicent Paz, se modifican las medidas definitivas contenidas en la Sentencia de 27.11.07 dictada en procedimiento de divorcio contencioso 805/07 de este Juzgado, reduciendo el importe de la pensión de alimentos para sus hijas Sara y Carmen a la suma de 150,00 euros mensuales para las dos hijas, manteniéndose las demás medidas de la Sentencia que se modifica.

Todo ello sin imponer las costas del juicio a ninguna de las partes litigantes.

Notifíquese esta resolución a las partes y hágaseles saber que contra la misma cabe recurso de apelación ante la Audiencia Provincial, a interponer en este Juzgado en el plazo de 20 días.

Para la admisión del recurso deberá efectuarse constitución de depósito en cuantía de 50 euros, debiendo ingresarlo en la cuenta de este Juzgado núm. 4003 0000 00 1397 12, indicando en las Observaciones del documento de ingreso que se trata de un recurso seguido del código 02 y tipo concreto del recurso, de conformidad con lo establecido en la L.O. 1/2009, de 3 de noviembre, salvo concurrencia de los supuestos de exclusión previstos en el apartado 5.º de la disposición adicional decimoquinta de dicha norma o beneficiarios de asistencia jurídica gratuita.

Así por esta mi sentencia, juzgando, lo pronuncio, mando y firmo.

Y encontrándose dicho demandado, Clotilde Vicent Paz, en paradero desconocido, se expide el presente a fin que sirva de notificación en forma al mismo.

En Sevilla, a diecisiete de marzo de dos mil catorce.- El/La Secretario/a Judicial.

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