Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 64 de 03/04/2014

4. Administración de justicia

Juzgados de lo Social

Edicto de 20 de marzo de 2014, del Juzgado de lo Social núm. Cinco de Sevilla, dimanante de autos núm. 1101/2011.

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Procedimiento: Social Ordinario 1101/2011. Negociado: 4i.

NIG: 4109144S20110012534.

De: Don Manuel Muñoz Espinosa.

Contra: Rectimóvil, S.L.

EDICTO

Doña María Amparo Atares Calavia, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Social núm. Cinco de Sevilla.

Hace saber: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 1101/2011, a instancia de la parte actora don Manuel Muñoz Espinosa contra Rectimóvil, S.L., sobre Social Ordinario se han dictado las Resoluciones de fecha 27.1.14 y de fecha 27.2.14 del tenor literal siguiente:

DECRETO

En Sevilla, a veintisiete de enero de dos mil catorce.

Dada cuenta y;

HECHOS

Que por don Manuel Muñoz Espinosa en su día se formuló demanda contra la empresa Rectimóvil, S.L., sobre reclamación de cantidad que turnada correspondió a este Juzgado y una vez registrada se señaló fecha para la celebración de los actos de conciliación y juicio. Que llegado el día y hora señalados para los actos de conciliación y juicio, no compareció la parte actora pese a estar citada en legal forma.

RAZONAMIENTOS JURÍDICOS

Que el art. 83.2.º de la vigente LPL establece: «Si el actor, citado en forma, no compareciese ni alegase justa causa que motive la suspensión del juicio, se le tendrá por desistido de su demanda;» y no habiendo comparecido el actor, no alegando justa causa de su incomparecencia es por lo que hay que tenerlo por desistido de la acción entablada.

PARTE DISPOSITIVA

Doña María Amparo Atares Calavia, Secretaria del Juzgado de lo Social núm. Cinco de Sevilla, acuerdo: tener por desistido al actor don Manuel Muñoz Espinosa de su demanda y consiguientemente se procede al archivo de las actuaciones.

Notifíquese el presente auto a las partes, haciéndoles saber que contra el mismo cabe recurso de reposición ante este Juzgado de lo Social, no obstante lo cual, se llevará a efecto lo acordado. El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de cinco días hábiles, contados desde el siguiente de la notificación, con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso. Así lo acuerdo y firmo. Doy fe.

Diligencia de ordenación.

Secretario Judicial Sra. doña María Amparo Atares Calavia.

En Sevilla, a veintisiete de febrero de dos mil catorce.

Por presentado escrito por el Letrado Rafael Fernández-Conradi Jurado, en nombre y representación del actor Manuel Muñoz Espinosa, se tiene por formulado recurso de revisión en escrito de fecha 21.2.2014, contra el Decreto de fecha 27.1.2014, y de conformidad con lo establecido en el art. 188 de la LRJS.

Acuerdo: Admitir a trámite dicho recurso y dar traslado de copia de lo presentado a las otras partes para que en el plazo de tres días lo impugnen si así les conviene.

Notifíquese la presente resolución.

Modo de impugnación: Mediante recurso de reposición a interponer ante quien dicta esta resolución, en el plazo de tres días hábiles siguientes a su notificación con expresión de la infracción que a juicio del recurrente contiene la misma, sin que la interposición del recurso tenga efectos suspensivos con respecto a la resolución recurrida.

El/La Secretario Judicial.

Y para que sirva de notificación a la demandada Rectimóvil, S.L., actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos.

En Sevilla, a veinte de marzo de dos mil catorce.- El/La Secretario/a Judicial.

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