Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 72 de 14/04/2014

4. Administración de justicia

Juzgados de Primera Instancia

Edicto de 11 de marzo de 2014, del Juzgado de Primera Instancia núm. Siete de Marbella, dimanante de Procedimiento Ordinario núm. 385/2012. (PP. 803/2014).

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NIG: 2906942C20120003356.

Procedimiento: Procedimiento Ordinario 385/2012. Negociado: 07.

Sobre: Reclamación de Cantidad.

De: CP El Ancón Sierra I, II y III.

Procuradora: Sra. M.ª del Mar Álvarez-Claro Morazo.

Letrado: Sr. José Luis Rodríguez Morazo.

Contra: Salinas Investments Ltd.

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

En el procedimiento Procedimiento Ordinario 385/2012, seguido en el Juzgado de Primera Instancia núm. Siete de Marbella a instancia de CP El Ancón Sierra I, II y III contra Salinas Investments Ltd. sobre Reclamación de Cantidad, se ha dictado la sentencia que copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue:

SENTENCIA núm. 44/2013

Magistrada que la dicta: Mónica Carvia Ponsaillé.

Lugar: Marbella.

Fecha: Cuatro de abril de dos mil trece.

Parte demandante: Comunidad de Propietarios El Ancón Sierra I, II y III

Abogado: José Luis Rodríguez Morazo.

Procuradora: María del Mar Álvarez-Claro Morazo.

Parte demandada: Salinas Investments, Ltd.

Objeto del juicio: Reclamación dineraria.

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero. Por la Procuradora doña María del Mar Álvarez-Claro Morazo, en nombre y representación de la Comunidad de Propietarios El Ancón Sierra I, II y III, se ha formulado demanda contra Salinas Investments, Ltd., solicitando se dicte sentencia, la que, estimando la demanda, condene al demandado a abonar a la actora la suma reclamada de 10.571,57 euros, intereses y costas.

Segundo. El 14 de diciembre de 2012 tuvo lugar la audiencia previa legalmente prevenida, celebrándose el acto del juicio oral el día 21 de marzo de 2013. A instancia de la actora se han practicado las siguientes pruebas: documental e interrogatorio testifical.

FALLO

Que debo estimar y estimo la demanda formulada por la Procuradora doña María del Mar Álvarez-Claro Morazo, en nombre y representación de la Comunidad de Propietarios El Ancón Sierra I, II y III, contra Salinas Investments, Ltd., condenando a la entidad demandada a abonar a la actora la suma reclamada de 10.571,57 euros e intereses.

Las costas ocasionadas en esta instancia se imponen a la parte demandada.

La presente sentencia no es firme. Contra ella cabe recurso de apelación que deberá interponerse ante este Juzgado en el plazo de los 20 días siguientes a su notificación. El órgano jurisdiccional competente para conocer del recurso de apelación es la Audiencia Provincial de Málaga.

Así por este mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo: Mónica Carvia Ponsaillé, Magistrada Juez titular del Juzgado de Primera Instancia núm. Siete de Marbella.

Publicación. Dada, leída y publicada fue la anterior Sentencia por el/la Sr./Sra. Magistrada/Juez que la dictó, estando el/la mismo/a celebrando audiencia pública en el mismo día de la fecha, de lo que yo, el/la Secretario Judicial doy fe, en Marbella, a cuatro de abril de dos mil trece.

Diligencia. Seguidamente se notifica la anterior resolución. Para la admisión a trámite del recurso previamente deberá efectuarse constitución de depósito en cuantía de 50 euros, debiendo ingresarlo en la cuenta de este Juzgado de Banesto núm., indicando en las Observaciones del documento de ingreso que se trata de un recurso de apelación seguido del código «02», de conformidad en lo establecido en la Disposición adicional decimoquinta de la L.O. 6/1985 del Poder Judicial, salvo concurrencia de los supuestos de exclusión previstos en la misma (Ministerio Fiscal, Estado, Comunidades Autónomas, Entidades Locales y organismos autónomos dependientes de todos ellos) o beneficiarios de asistencia jurídica gratuita. En relación a los datos de carácter personal, sobre su confidencialidad y prohibición de transmisión o comunicación por cualquier medio o procedimiento, deberán ser tratados exclusivamente para los fines propios de la Administración de Justicia (ex Ley Orgánica 15/99, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal). Doy fe.

Y con el fin de que sirva de notificación en forma al/a los demandado/s Salinas Investments Ltd., extiendo y firmo la presente en Marbella, a dos de septiembre de dos mil trece.- El/La Secretario.

«En relación a los datos de carácter personal, sobre su confidencialidad y prohibición de transmisión o comunicación por cualquier medio o procedimiento, deberán ser tratados exclusivamente para los fines propios de la Administración de Justicia (ex Ley Orgánica 15/99, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal).»

Y con el fin de que sirvia de notificación en forma al/a los demandado/s Salinas Investments Ltd., extiendo y firmo la presente en Marbella, a once de marzo de dos mil catorce.- El/La Secretario.

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