Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 72 de 14/04/2014

4. Administración de justicia

Juzgados de lo Social

Edicto de 28 de marzo de 2014, del Juzgado de lo Social núm. Cuatro de Sevilla, dimanante de autos núm. 1174/2012.

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Procedimiento: Social Ordinario 1174/2012. Negociado: 1.

NIG: 4109144S20120012927.

De: Doña Elena Moll Llinas, María del Pilar Montiel González, Juana Caballar Alba y Rosario Manuela Algaba Posada.

Contra: Gran Hotel Lar, S.A. y Empleo a Tiempo Empresa de Trabajo Temporal, S.A.

EDICTO

Don Alonso Sevillano Zamudio, Secretario/a Judicial del Juzgado de lo Social núm. Cuatro de Sevilla.

Hace saber: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 1174/2012 a instancia de la parte actora doña Elena Moll Llinas, María del Pilar Montiel González, Juana Caballar Alba y Rosario Manuela Algaba Posada contra Gran Hotel Lar, S.A. y Empleo a Tiempo Empresa de Trabajo Temporal, S.A., sobre Social Ordinario se ha dictado Sentencia cuyo fallo es del tenor literal siguiente:

FALLO

I. Que debo tener y tengo a la parte actora por desistida respecto de Gran Hotel Lar, S.A.

II. Que debo estimar y estimo la demanda interpuesta por doña Elena Moll Llinas, doña María del Pilar Montiel González, doña Juana Caballar Alba y doña Rosario Algaba Posada contra Empresa a Tiempo Parcial E.T.T., S.A., en cuya virtud:

- Debo condenar y condeno a la empresa a abonar a:

Doña Elena Moll Llinas la cantidad de dos mil trescientos sesenta y tres euros con ochenta y dos céntimos (2.363,82 euros).

Doña María del Pilar Montiel González la cantidad de dos mil trescientos sesenta y tres euros con ochenta y dos céntimos (2.363,82 euros).

Doña Juana Caballar Alba la cantidad de tres mil seiscientos setenta y dos euros con cuarenta y cinco céntimos (3.672,45 euros).

Doña Rosario Algaba Posada la cantidad de dos mil cuatrocientos setenta y dos euros con dieciocho céntimos (2.472,18 euros).

- No procede la imposición del interés por mora.

Notifíquese esta resolución a las partes, con entrega de copia testimoniada, advirtiéndoles que contra la misma cabe recurso de suplicación (art. 192.1 LRJS) ante la Sala de lo Social de Sevilla del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, anunciable en el plazo de cinco días hábiles siguientes a tal notificación, por escrito, comparecencia o mediante simple manifestación al notificarle la presente ante este Juzgado de lo Social.

De hacerse uso de este derecho por la parte condenada, deberá acreditar al anunciar el recurso haber ingresado el importe de la condena en la cuenta de Depósitos y Consignaciones Judiciales de este Juzgado en el Banesto, Oficina 4325, sita en C/ José Recuerda Rubio, 4 (Urbana Av. Buhaira-Viapol), de esta capital, abierta con el núm. 4023000065, utilizando para ello el modelo oficial y citando en el mismo el núm. de autos y año del procedimiento; tal consignación podrá sustituirla por aval bancario, en el que deberá constar la responsabilidad solidaria del avalista, quedando el documento presentado en poder del Sr. Secretario Juzgado.

Igualmente y al formalizar el recurso, deberá efectuar el depósito de 150,25 € en la cuenta 4023000065, que tiene abierta este Juzgado en la misma entidad bancaria, haciéndose dicho depósito de la misma manera arriba indicada.

Así, por esta mi sentencia, juzgando definitivamente en única instancia, lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que sirva de notificación al demandado Empleo a Tiempo Empresa de Trabajo Temporal, S.A., actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el BOJA con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos.

En Sevilla, a veintiocho de marzo de dos mil catorce.- El/La Secretario/a Judicial.

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