Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 83 de 02/05/2014

4. Administración de justicia

Tribunal Superior de Justicia de Andalucía

Edicto de 16 de abril de 2014, de la Sección Primera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía con sede en Sevilla, dimanante de recurso contencioso-administrativo núm. 200/2013.

Atención: El texto que se muestra a continuación ha sido extraído de los mismos ficheros que se han utilizado para obtener el fichero PDF correspondiente del BOJA oficial y auténtico, habiéndose suprimido todas las imágenes, ciertas tablas y algunos textos de la versión oficial al existir dificultades de edición. Para consultar la versión oficial y auténtica de esta disposición puede descargarse el fichero PDF firmado de la disposición desde la sede electrónica del BOJA o utilizar el servicio de Verificación de autenticidad con CVE 00046883.

Doña María Luisa Fernández Camacho, Secretaria de la Sección Primera de la Sala de lo Contencioso- Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía con sede en Sevilla,

Hago saber: Que en la Sección Primera de esta Sala se tramita el recurso contencioso-administrativo núm. 200/2013, seguido a instancia de CSI-CSIF, en el que se ha dictado Sentencia de fecha 4 de marzo de 2014, cuyo Fundamento de Derecho Primero y parte dispositiva son del tenor literal siguiente:

«Primero. Se interpone el presente recurso contra la desestimación presunta del recurso de reposición formulado contra la aprobación definitiva del Presupuesto, Plantilla de Personal y RPT del Servicio de Gestión Tributaria de Huelva, publicada en el BOP de Huelva el 24 de enero de 2013.

Se fundamenta el recurso en que la función de recaudación tributaria, en cuanto supone el ejercicio funciones publica, debe ser desarrollado por funcionario públicos.

La Diputación mantiene la falta de legitimación activa del Sindicato y la conformidad a derecho de la resolución recurrida, por cunto debe flexibilizarse el régimen en el empleo público y solo las funciones que participen de las potestades públicas deben quedar reservadas a funcionarios.

Fallamos: Que debemos estimar el recurso contencioso-administrativo interpuesto por Central Sindical Independiente de Funcionarios (CSI-CSIF) contra la resolución citada en el Fundamento de Derecho Primero, y anulamos la Plantilla de Personal y RPT del Servicio de Gestión Tributaria de Huelva. Con imposición de costas a la Administración demandada hasta un importe máximo de 600 euros.

Notifíquese a las partes la presente resolución indicándoles que contra la misma cabe interponer recurso de casación.»

Lo que ,en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 107 de la Ley 29/98, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, se hace público para general conocimiento.

Sevilla, 16 de abril de 2014.- La Secretaria Judicial.

Descargar PDF