Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 86 de 07/05/2014

4. Administración de justicia

Juzgados de lo Social

Edicto de 22 de abril de 2014, del Juzgado de lo Social núm. Cuatro de Sevilla, dimanante de autos núm. 213/2013.

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NIG: 4109144S20130002257.

De: Don Tomás Vázquez Domínguez.

Contra: ISS Facility Services, S.A., y Cycle Servicios Integrales, C.E.

EDICTO

Don Alonso Sevillano Zamudio, Secretario/a Judicial del Juzgado de lo Social número Cuatro de Sevilla.

Hace saber: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 213/2013, a instancia de la parte actora. don Tomás Vázquez Domínguez contra ISS Facility Services, S.A., y Cycle Servicios Integrales, C.E., sobre Modificación Sustancial Condiciones Laborales se ha dictado Resolución de fecha del tenor literal siguiente:

PARTE DISPOSITIVA

Acuerdo:

- Tener por desistido a Tomás Vázquez Domínguez de su demanda frente a ISS Facility Services, S.A., y Cycle Servicios Integrales, C.E.

- Archivar las actuaciones una vez que sea firme la presente resolución.

Notifíquese la presente Resolución a las partes.

Modo de impugnación: Podrá interponerse recurso directo de revisión ante quien dicta esta resolución mediante escrito que deberá expresar la infracción cometida a juicio del recurrente, en el plazo de tres días hábiles siguientes a su notificación. (arts. 188 y 189 de la LRJS). El recurrente que no tenga la condición de trabajador o beneficiario de régimen público de la Seguridad Social deberá hacer un depósito para recurrir de 25 euros en la Cuenta de Consignaciones del, debiendo indicar en el campo concepto, la indicación recurso seguida del código «31 Social-Revisión». Si el ingreso se hace mediante transferencia bancaria deberá incluir tras la cuenta referida, separados por un espacio con la indicación recurso seguida del código 31 Social- Revisión. Si efectuare diversos pagos en la misma cuenta deberá especificar un ingreso por cada concepto, incluso si obedecen a otros recursos de la misma o distinta clase indicando en el campo de observaciones la fecha de la resolución recurrida utilizando el formato dd/mm/aaaa. Quedan exentos de su abono en todo caso, el Ministerio Fiscal, el Estado, las Comunidades Autónomas, las Entidades locales y los Organismos Autónomos dependientes de ellos.

Así lo acuerdo y firmo. Doy fe.

Y para que sirva de notificación al demandado ISS Facility Services, S.A., actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el BOJA, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos.

En Sevilla, a veintidós de abril de dos mil catorce.- El/La Secretario/a Judicial.

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