Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 9 de 15/01/2014

5. Anuncios5.2 Otros anuncios oficiales

Ayuntamientos

Anuncio de 9 de enero de 2014, del Ayuntamiento de Aljaraque, de bases para la funcionarización de plazas por promoción interna.

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BASES GENERALES QUE HAN DE REGIR EL PROCESO DE FUNCIONARIZACIÓN PARA PROVEER DIVERSAS PLAZAS DEL AYUNTAMIENTO DE ALJARAQUE POR PROMOCIÓN INTERNA, MEDIANTE SISTEMA CONCURSO-OPOSICIÓN, AFECTADAS POR LA DISPOSICIÓN TRANSITORIA SEGUNDA DE LA LEY 7/2007, DE 12 DE ABRIL, DEL ESTATUTO BÁSICO DEL EMPLEADO PÚBLICO

1. Objeto de la convocatoria, plazas que se convocan y dotación.

Es objeto de la presente convocatoria la provisión, mediante el sistema de concurso-oposición, de las plazas que se especifican en el cuadro siguiente, encuadradas en las Escalas, Subescalas, Clases y Subgrupo que, así mismo se detalla, dentro del marco legal establecido por la Disposición Transitoria Segunda de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público; cuyas funciones y requisitos están previstos en el RPT recientemente aprobada y sus retribuciones conforme al Régimen Retributivo vigente.

Denominación Plaza Cantidad Escala Subescala Clase Subgrupo
Técnico Cultura 1 Adm. General Gestión T. Medio A2
Técnico R. Laborales 1 Adm. General Gestión T. Medio A2
Técnico D. Local 1 Adm. General Gestión T. Medio A2
Gerente P.M.D 1 Adm. General Gestión T. Medio A2
Administrativo 1 Adm. General Administrativa ---- C1
Auxiliares 5 Adm. General Auxiliar ---- C2

2. Marco normativo.

El marco normativo de aplicación, en los aspectos no regulados en las presentes bases, será la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local; Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el texto refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de régimen local; Ley 30/1984 de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública; Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado; Real Decreto 896/1991, de 7 de junio, por el que se establecen las reglas básicas y los programas mínimos a que debe de ajustarse el procedimiento de selección de los funcionarios de la Administración Local.

3. Requisitos de los/as aspirantes.

Podrá tomar parte en el proceso selectivo el personal que a la entrada en vigor del Estatuto Básico del Empleado Público se encontrará prestando sus servicios en este Ayuntamiento, ostente en la actualidad la condición de laboral fijo y esté desempeñando en ese momento el puesto de trabajo que se pretende funcionarizar, clasificado para ser desempeñado por personal funcionario en la vigente RPT, de acuerdo con lo regulado en la citada Disposición Transitoria Segunda, y en cumplimiento de lo establecido en el Plan de Ordenación de Recursos Humanos y en lo pactado en la Mesa General de Negociación sobre funcionarización.

4. Instancias y documentos a presentar.

Los aspirantes a cada uno de los procesos, presentarán instancia, dirigida al Alcalde-Presidente en la que deberán manifestar que reúnen todas y cada una de las condiciones exigidas en la base tercera, referido a la fecha en que termine el plazo de presentación de instancias y se entregarán en el Registro General del Ayuntamiento, o en la forma prevista en la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, durante el plazo de 20 días naturales contados a partir del siguiente al de la publicación del anuncio de esta convocatoria en el Boletín oficial de la Provincia de Huelva, prorrogándose hasta el primer día hábil siguiente si el plazo terminase en un día inhábil.

Junto con la instancia presentarán fotocopia compulsada o certificación acreditativa de los méritos que aleguen, no teniéndose en cuenta los presentados y obtenidos una vez concluido el plazo de presentación de instancias. No se tendrán en cuenta los no acreditados en la forma antedicha.

Los derechos de examen serán los establecidos en el artículo 5 de la Ordenanza Fiscal reguladora de la Tasa por Derechos de Examen del Ayuntamiento de Aljaraque en función a la plaza convocada y serán satisfechos por los aspirantes en la cuenta (21007144192200069940), debiendo adjuntarse a la instancia el resguardo acreditativo de su pago, donde se haga constar el nombre del aspirante y la prueba selectiva a la que se presenta, identificándola específicamente.

5. Admisión de los/as candidatos/as.

Terminado el plazo de presentación de instancias, el Alcalde-Presidente dictará resolución, en el plazo máximo de diez días naturales declarando aprobada la lista provisional de los aspirantes admitidos y excluidos a cada una de las plazas convocadas, que se harán públicas en el Tablón de Anuncios de este Ayuntamiento.

En la Resolución se hará constar el plazo de subsanación de defectos que, en los términos establecidos en la Ley de Régimen Jurídicos de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se conceda a los aspirantes excluidos en cualquiera de las convocatorias.

Los errores de hecho podrán subsanarse en cualquier momento de oficio o a petición del interesado. Así, mismo se determinará el lugar y fecha de comienzo de los ejercicios, la composición del Tribunal y, en su caso, el orden de actuación de los aspirantes.

En caso de que no existieran reclamaciones contra la lista publicada se entenderá elevada a definitiva sin necesidad de nueva publicación.

6. Composición del tribunal.

El Órgano de Selección, de acuerdo con lo establecido en la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, será colegiado y su composición se ajustará a los principios de imparcialidad y profesionalidad de sus miembros, así como a la paridad entre mujer y hombre.

El Órgano de Selección estará integrado por un presidente, un secretario y tres vocales, todos ellos con voz y voto, designados por el Alcalde-Presidente. La designación de los miembros del Tribunal incluirá la de los respectivos suplentes.

El Tribunal podrá disponer la incorporación de Asesores externos, los cuales en todo caso se limitarán al ejercicio de sus especialidades, en base exclusivamente a las cuales colaborarán con el Tribunal, con voz y sin voto.

El Tribunal no podrá constituirse ni actuar sin la asistencia de más de la mitad de los miembros, titulares o suplentes, indistintamente, siendo necesaria la presencia del presidente y del secretario. Las decisiones se adoptarán por mayoría de votos de los miembros presentes, resolviendo en caso de empate el voto de calidad del Presidente del Tribunal.

Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de formar parte del mismo cuando concurran las circunstancias previstas en el artículo 28 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y artículo 13 del R.D. 364/1995, de 10 de marzo, notificándolo a la autoridad convocante, quien resolverá lo procedente. Por estas mismas causas, podrán promoverse recusación por los aspirantes en cualquier momento de la tramitación del procedimiento.

7. Procedimiento de selección.

La realización de las pruebas comenzará en la fecha que indique la Resolución referida en la Base quinta. El sistema de selección será el de Concurso-Oposición. Por tanto, el proceso selectivo constará de dos fases: Concurso y Oposición.

A) Fase de Concurso:

La fase de concurso se realizará en primer lugar, y en ella se valorarán los méritos que a continuación se relacionan, con arreglo al baremo que así mismo se especifica. Los méritos deberán presentarlos y acreditarlos en la forma establecida en la Base cuarta.

Baremo de Méritos: Igual para todas las plazas convocadas.

a) Antigüedad:

- Por cada mes completo de servicios prestados en el Ayuntamiento de Aljaraque ostentando la condición de personal laboral fijo: 0.08 puntos por mes hasta un máximo de 8 puntos.

b) Pruebas selectivas superadas:

- Por cada ejercicio superado para el acceso a la condición de personal laboral fijo: 1 punto; siendo la puntuación total por este apartado como máximo de 2 puntos.

Los puntos de la fase de Concurso no tendrán carácter eliminatorio y ni podrán ser aplicados para superar el ejercicio de la fase de Oposición.

B) Fase de Oposición:

B.1. La fase de oposición, para las plazas que a continuación se especifican, consistirá:

Denominación Plaza Cantidad Escala Subescala Clase Subgrupo
Técnico Cultura 1 Adm. General Gestión T. Medio A2
Técnico R. Laborales 1 Adm. General Gestión T. Medio A2
Técnico D. Local 1 Adm. General Gestión T. Medio A2
Gerente P.M.D 1 Adm. General Gestión T. Medio A2

a) Primera Prueba: Consistirá en la elección a juicio del Tribunal y durante el tiempo que éste determine en función de la Escala, Subescala, Categoría y en su caso, Clase de las plazas convocadas de alguna de las siguientes modalidades de prueba teórica:

1) Desarrollar por escrito temas de la materia propuesta extraídos al azar.

2) Responder a un cuestionario de preguntas de tipo test por escrito sobre el temario propuesto.

3) Contestar por escrito el desarrollo de epígrafes del temario elegidos al azar.

Se valorará hasta un máximo de 10 puntos para esta primera prueba.

b) Segunda Prueba: Consistirá en la realización de un proyecto técnico ajustado a las siguientes pautas: el proyecto debe poner de manifiesto los conocimientos que sobre análisis, programación, pruebas, documentación, normativa de aplicación y evaluación en intervenciones municipales –según la plaza a la que se opte–. Todo ello, en base a: el título, las líneas generales, la extensión que señale el Tribunal y el plazo que éste otorgue a los aspirantes al efecto.

Para ello, el contenido y objetivos del proyecto estarán relacionados con los ámbitos de actuación que tiene establecidos y estructurados actualmente el Ayuntamiento de Aljaraque, siendo susceptibles de ser realizados con los medios disponibles. Además, el proyecto debe de ser original y tendrá una utilidad directa permitiendo su aplicación a corto y medio plazo.

El plazo para la elaboración del citado proyecto no podrá ser inferior a 1 mes a contar desde el día en que el Tribunal comunique a los aspirantes las bases mencionadas. Los aspirantes entregarán el proyecto al Tribunal para su estudio inicial en soporte informático y en papel.

Posteriormente, a la elaboración del proyecto técnico se procederá a su exposición oral en el tiempo que determine el Tribunal. Los miembros del Tribunal valorarán fundamentalmente: Justificación y argumentación. Aplicabilidad al entorno. Creatividad e innovación. Viabilidad económica. Aspectos de integración del proyecto en el conjunto del Municipio. Metodología aplicada en el diseño del proyecto. Incorporación de instrumentos y técnicas. Calidad formal del proyecto. Procesos de evaluación. Conocimiento y adecuada interpretación de la normativa aplicable.

Se valorará hasta un máximo de 10 puntos para esta segunda prueba.

B.2. La fase de oposición, para las plazas que a continuación se especifican, consistirá:

Denominación Plaza Cantidad Escala Subescala Clase Subgrupo
Administrativo 1 Adm. General Administrativa ---- C1
Auxiliares 5 Adm. General Auxiliar ---- C2

a) Primera Prueba: Consistirá en la elección a juicio del Tribunal y durante el tiempo que éste determine en función de la Escala, Subescala, Categoría y en su caso, Clase de las plazas convocadas de alguna de las siguientes modalidades de prueba teórica:

1) Desarrollar por escrito temas de la materia propuesta extraídos al azar.

2) Responder a un cuestionario de preguntas de tipo test por escrito sobre el temario propuesto.

3) Contestar por escrito el desarrollo de epígrafes del temario elegidos al azar.

Se valorará hasta un máximo de 10 puntos para esta primera prueba.

b) Segunda Prueba: Consistirá en la realización de una prueba práctica en la que se demuestre su destreza con el ordenador y los programas ofimáticos más habituales en su puesto de trabajo en función de la Escala, Subescala, Categoría y en su caso, Clase de las plazas convocadas. El contenido de la prueba y el tiempo de duración serán determinados por el Tribunal antes del comienzo de la prueba.

Se valorará hasta un máximo de 10 puntos para esta segunda prueba.

Las dos pruebas de todas las plazas convocadas tendrán carácter de eliminatorias, siendo necesario obtener un mínimo de 5 puntos para superarlas, quedando eliminados los/las aspirantes que no obtengan tal puntuación.

La calificación final de la fase de Oposición, resultará de la suma de las puntuaciones obtenidas en cada uno de los ejercicios de que consta, dividida entre el número de éstos.

8. Calificación de las pruebas.

En la totalidad de los procesos, la calificación final vendrá dada por la suma de las puntuaciones obtenidas en ambas fases, Concurso y Oposición, a los efectos de establecer los aspirantes seleccionados.

El Tribunal no podrá aprobar ni declarar que han superado las pruebas un número superior de aspirantes al de las plazas convocadas.

9. Relación de aprobados, presentación de documentos y nombramiento.

Terminada la calificación de los aspirantes, el Tribunal publicará resolución final con el nombre del aprobado y puntuación en los tablones de anuncios de las dependencias municipales, elevando dicha resolución a la Presidencia de la Corporación para que formule el nombramiento.

Si la plaza no pudiera ser cubierta por ningún aspirante al no haber superado las pruebas, quedará desierta la misma.

El aspirante nombrado estará exento de justificar documentalmente las condiciones y requisitos ya demostrados para acceder a la condición de laboral fijo.

El aspirante nombrado deberá tomar posesión en el plazo de veinte días naturales a contar desde el siguiente a aquel en que le sea notificado el nombramiento; si no tomara posesión en el plazo indicado sin causa justificada, se entenderá que renuncia a la plaza.

La toma de posesión como funcionario de carrera conllevará la finalización de la relación de carácter laboral con el Ayuntamiento de Aljaraque por mutuo acuerdo, siéndole desde ese momento de aplicación y a todos los efectos la normativa general en materia de Función Pública. Igualmente, el Acuerdo de condiciones de trabajo del personal funcionario.

10. Recursos.

La presente convocatoria, sus bases y cuantos actos administrativos se deriven de la misma y de las actuaciones del Tribunal, podrán ser impugnados por los interesados en los casos, plazos y en la forma establecida en la Ley de Procedimiento Administrativo.

El Tribunal queda autorizado para resolver las dudas que se le presenten y para adoptar los acuerdos necesarios para el buen desarrollo de la oposición. Para lo no previsto en las presentes Bases será de aplicación la legislación vigente en esta materia.

Temario

Materias Comunes para todas las plazas convocadas

Tema 1. Contratación pública: delimitación, normativa aplicable y principios informadores. Ámbitos de aplicación subjetivo y objetivo. Especialidades de contratación de las Entidades Locales.

Tema 2. La Administración electrónica: normativa reguladora. Instrumentos técnicos. La información y los derechos de las personas.

Tema 3. El personal al servicio de las Entidades Locales: antecedentes. El Estatuto Básico del Empleado Público. Clases de personal.

Tema 4. La Autonomía Local de Andalucía: antecedentes. Las Comunidades políticas en Andalucía. Competencias de los municipios. Estatuto jurídico de las provincias. Relaciones entre la Comunidad Autónoma de Andalucía y las Entidades Locales.

Materias Específicas para Administrativo y Técnicos

Tema 5. La estabilidad presupuestaria: antecedentes. Aspectos más relevantes de la estabilidad. La regla de gasto y la sostenibilidad financiera. Mecanismos de prevención y corrección.

Materias Específicas Técnico de Cultura

Tema 6. Evolución histórica y demográfica de Aljaraque desde sus orígenes hasta la actualidad. Especial énfasis en el desarrollo del municipio en la etapa 2002-2014. Expectativas de futuro.

Tema 7. Realidad cultural de Aljaraque en la etapa 2002-2014. Expectativas de futuro.

Materias Específicas Técnico en Relaciones Laborales

Tema 6. Los procedimientos de despidos colectivos del personal laboral al servicio de los entes, organismos y entidades que conforman parte del sector público: introducción y objeto del procedimiento. Iniciación del procedimiento. Desarrollo del proceso de consulta, interlocución durante el período de consulta y comunicación de la decisión del despido colectivo.

Tema 7. Las políticas de fomento del empleo: la Ley 35/2010, de 17 de septiembre. La Ley 3/2012, de 6 de julio. Medidas para favorecer la flexibilidad interna en las empresas.

Materias Específicas Técnico de Desarrollo Local

Tema 6. Áreas territoriales de empleo en Andalucía: antecedentes, objeto, ordenación territorial, tipología y finalidad de la ordenación territorial de las oficinas del Servicio Andaluz de Empleo y su relación con otros recursos de empleo. Áreas territoriales: estructura orgánica. Áreas territoriales: funcionamiento, coordinación, colaboración, participación, recursos y medios.

Tema 7. Nuevos yacimientos de empleo en Andalucía: antecedentes, objeto y objetivos, nuevos yacimientos de empleo y normativa. Entidades beneficiarias, personal técnico, colectivos beneficiarios, régimen de concesión, cuantía de la ayuda y gastos subvencionables. Diagnóstico previo del territorio, fases y duración de los proyectos.

Materias Específicas Gerente del Patronato Municipal de Deportes

Tema 6. Los valores educativos del deporte: introducción. Concepto de valor. Los valores educativos y el deporte. Los valores educativos que se pueden fomentar y sus estrategias (ejemplos).

Tema 7. La fidelización del usuario/a y estrategias: introducción y filosofía de trabajo. Normas básicas de funcionamiento y prácticas incorrectas. Gestión de los recursos humanos y estrategias para fidelizar a los usuarios y mantener su satisfacción.

Aljaraque, 9 de enero de 2014.- El Alcalde, David Toscano Contreras.

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