Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 93 de 16/05/2014

4. Administración de justicia

Juzgados de lo Social

Edicto de 30 de abril de 2014, del Juzgado de lo Social núm. Catorce de Madrid, dimanante de procedimiento núm. 8/2013.

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NIG: 28.079.00.4-2012/0031927.

Procedimiento: Procedimiento Ordinario 8/2013.

Materia: Reclamación de cantidad.

Demandante: Don Cándido Montes Pizarro.

Demandado: Esabe Vigilancia, S.A.

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña María Angeles Charriel Ardebol Secretario Judicial del Juzgado de lo Social núm. Catorce de Madrid, hago saber:

Que en el procedimiento 8/2013 de este Juzgado de lo Social, seguido a instancia de don Cándido Montes Pizarro frente a Esabe Vigilancia, S.A., sobre Procedimiento Ordinario se ha dictado la siguiente resolución:

Diligencia. En Madrid, a treinta de abril de dos mil catorce.

La extiendo yo, el/la Secretario Judicial, para hacer constar que en el día señalado para los actos de conciliación y/o juicio y llamado el demandante no ha comparecido, no obstante estar citado en legal forma. Paso a dar cuenta, doy fe.

Número Resolución: 278/2014

DECRETO

En Madrid, a treinta de abril de dos mil catorce.

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero. La presente demanda ha sido promovido por don Cándido Montes Pizarro, figurando como parte contraria Esabe Vigilancia, S.A.

Segundo. La parte demandante que ha sido citada en legal forma, no ha comparecido el día y a la hora que estaba señalada, ni ha alegado causa para justificar su inasistencia.

RAZONAMIENTOS JURÍDICOS

Único. Dispone el artículo 83.2.º de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social que, si el actor citado en forma no compareciese ni alegase justa causa que motive la suspensión del juicio, se le tendrá por desistido de su demanda, por lo que procede tener por desistido al solicitante del procedimiento planteado.

PARTE DISPOSITIVA

Se acuerda tener por desistida a la parte actora don Cándido Montes Pizarro de la acción ejercitada en este procedimiento y ordenar el archivo de las presentes actuaciones, previa baja en el libro correspondiente.

Notifíquese la presente resolución a las partes.

Modo de impugnación: Contra el presente Decreto cabe recurso directo de revisión, en el plazo de tres días desde su notificación, debiendo el recurrente que no sea trabajador o beneficiario de la Seguridad Social, ingresar la cantidad de 25 euros, dicho depósito habrá de realizarse mediante el ingreso de su importe en la Cuenta de Depósitos y Consignaciones de este Juzgado en la entidad Santander número 2512-0000-60-0008-13.

Así lo acuerdo y firmo. Doy fe.

El/La Secretario Judicial, doña María Angeles Charriel Ardebol.

Diligencia. Seguidamente se cumple lo acordado, y se procede a su notificación a los interesados por los medios y con los requisitos establecidos en los artículos 55 a 60 LRJS. Doy fe.

Y para que sirva de notificación en legal forma a Esabe Vigilancia, S.A., en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a treinta de abril de dos mil catorce.- El/La Secretario Judicial

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