Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 10 de 16/01/2015

3. Otras disposiciones

Consejería de Hacienda y Administración Pública

Resolución de 15 de diciembre de 2014, de la Dirección General de Relaciones Financieras con las Corporaciones Locales, por la que se autorizan las tarifas de suministro de agua potable del municipio de Córdoba (Córdoba). (PP. 3709/2014).

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De acuerdo con la propuesta de resolución emitida al efecto y en virtud de lo dispuesto en los artículos 42 y 43 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común, y artículos 4 y 9 del Decreto 365/2009, de 3 de noviembre, por el que se regulan los procedimientos administrativos en materia de precios autorizados de ámbito local en Andalucía, en relación con el artículo 12.4 del Decreto 156/2012, de 12 de junio, por el que se regula la estructura orgánica de la Consejería de Hacienda y Administración Pública,

RESUELVO

Primero. Autorizar las tarifas de abastecimiento de agua potable que a continuación se relacionan, ordenando su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

TARIFAS APROBADAS

A) Cuota variable (IVA no incluido)

Tipos y bloques de consumoeuros/m3

1. Domésticos:

Bloque I: Hasta 18 m3 vvda/bimestre0,7930

Bloque II: Más de 18 m3 hasta 36 m3 vvda/bimestre1,0309

Bloque III: Exceso de 36 m3 vvda/bimestre1,2292

Para los consumos domésticos que no sobrepasen los 6 m³/vivienda/bimestre

se les reducirá en 0,2310 euros/m3

2. Industriales/Comerciales:

Cualquier consumo1,0547

3. Organismos Oficiales:

Cualquier consumo1,0547

4. Otros usuarios:

Cualquier consumo benéfico0,7382

Reducción para familias numerosas

A las familias numerosas que cumplan con las siguientes condiciones:

1. Estar en posesión del correspondiente título de familia numerosa.

2. Tener un único suministro a su nombre siendo éste el domicilio habitual.

3. Estar al corriente de pago del suministro,

Les aplicará las siguientes reducciones:

a) Reducción del 50% de la cuota unitaria del primer bloque, aplicado sobre la totalidad del consumo facturado en ese bloque.

b) Reducción del 50% de la cuota unitaria del segundo bloque, aplicado sobre la totalidad del consumo facturado en ese bloque.

c) La reducción estará vigente hasta la caducidad del título de familia numerosa.

Para acreditar su situación deberán presentar la siguiente documentación

- DNI del titular del suministro

- Título en vigor de familia numerosa

- Certificado de empadronamiento

Reducción a jubilados o pensionistas del sistema público de pensiones

A los titulares del servicio que ostenten la situación de pensionistas o jubilados, y que cumplan las siguientes condiciones:

1. La unidad familiar que constituyan no supere unos ingresos anuales equivalentes a 1,5 veces el Indicador Público de Rentas de Efectos Múltiples (IPREM).

2. Tener un único suministro a su nombre siendo éste el domicilio habitual.

3. Estar al corriente de pago del suministro.

Les aplicará las siguientes reducciones:

a) 50% del precio de la cuota unitaria del primer bloque, aplicado sobre la totalidad del consumo facturado en ese bloque.

b) 50% de la cuota unitaria del segundo bloque, aplicado sobre la totalidad del consumo facturado en ese bloque.

c) Periodo de vigencia tres años.

Para acreditar su situación deberán presentar la siguiente documentación

- DNI del titular del suministro

- Certificado de ingresos

- Justificante de la pensión

- Certificado de empadronamiento

Reducción a familias con todos sus miembros en situación de desempleo y Plan Prepara.

A los titulares del suministro en cuya unidad familiar todos sus miembros se encuentren en situación de desempleo o sean beneficiarios de la ayuda del Plan Prepara, y cumplan los siguientes requisitos:

1. Tener un único suministro a su nombre siendo éste el domicilio habitual.

2. Formar parte de una unidad familiar en la que todos sus miembros están en situación de desempleo, entendiendo por tal situación no tener la condición de pensionista y no realizar actividad laboral alguna por cuenta propia o ajena, o ser beneficiarios del Plan Prepara.

3. Estar al corriente de pago del suministro.

4. No superar los ingresos anuales de la unidad familiar 1,5 veces el Indicador Público de Rentas Múltiples (IPREM).

Esta reducción que se cuantifica en:

a) 50% de la cuota unitaria del primer bloque, aplicado sobre la totalidad del consumo facturado en ese bloque.

b) 50% de la cuota unitaria del segundo bloque, aplicado sobre la totalidad del consumo facturado en ese bloque.

c) Periodo de vigencia anual.

Para acreditar su situación deberán presentar la siguiente documentación

- DNI del titular del suministro

- Certificado de empadronamiento con lista de empadronados en el domicilio

- Fotocopia del libro de familia en caso de unidades familiares de dos o más miembros

- Documento acreditativo de la situación de desempleo de todos los miembros mayores de edad de la unidad familiar, o documento acreditativo del Plan Prepara

Nota: Las reducciones citadas anteriormente no se podrán aplicar de manera simultánea, es decir, aquellos abonados que tengan derecho a más de una deberán optar por alguna de ellas.

B) Cuota de servicio (IVA no incluido)

Diámetro contador en mmCuota unitaria bimestral euros

Hasta 158,32

2030,45

2542,68

3061,07

40121,89

50182,96

60224,22

65244,03

80305,01

100426,98

125671,01

1501.644,45

2002.927,89

2504.587,07

En caso de que varias viviendas se sirvan de un mismo contador, si el valor que corresponda aplicar según la tabla, es menor que el resultado de multiplicar el número de viviendas por 8,32 euros/bimestre, se tomará este último resultado.

Quedan excluidos los suministros a dependencias y servicios municipales.

C) Derechos de acometida (IVA no incluido)

Parámetro A19,88 euros /mm

Parámetro B 141,07 euros/litro/seg.

D) Cuota de contratación (IVA no incluido)

Diámetro contador en mm.euros

Hasta 1533,30

2058,54

2576,57

3094,60

40130,66

50 166,72

65220,82

80 274,91

100 y superiores347,03

E) Reconexión de suministro (IVA no incluido)

Diámetro contador en mm.euros

Hasta 1533,30

2058,54

2576,57

3094,60

40 130,66

50166,72

65220,82

80274,91

100 y superiores347,03

F) Fianzas de suministro

Diámetro contador en mm.euros

Hasta 156,00

2024,00

2534,00

30170,00

40500,00

50 y mayores 600,00

Segundo. Las tarifas aprobadas entrarán en vigor el día 1 de enero de 2015, conforme la solicitud de la entidad, independientemente de la fecha de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía como requisito de publicidad previsto en el artículo 10 del Decreto 365/2009 citado, con expresa mención del deber de informar de estas tarifas expresamente por parte de la empresa suministradora a los usuarios del servicio hasta tanto no se produzca dicha publicación.

Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante la titular de esta Consejería en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de su notificación o, en su caso, publicación, de conformidad con lo establecido en los artículos 114 y 115, en relación con el 48, de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y 115 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 15 de diciembre de 2014.- La Directora General, Eva María Vidal Rodríguez.

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