Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 103 de 01/06/2015

4. Administración de justicia

Juzgados de lo Social

Edicto de 18 de mayo de 2015, del Juzgado de lo Social núm. Siete de Málaga, dimanante de autos núm. 100/2015.

Atención: El texto que se muestra a continuación ha sido extraído de los mismos ficheros que se han utilizado para obtener el fichero PDF correspondiente del BOJA oficial y auténtico, habiéndose suprimido todas las imágenes, ciertas tablas y algunos textos de la versión oficial al existir dificultades de edición. Para consultar la versión oficial y auténtica de esta disposición puede descargarse el fichero PDF firmado de la disposición desde la sede electrónica del BOJA o utilizar el servicio de Verificación de autenticidad con CVE 00070722.

Procedimiento: Despidos/Ceses en general 100/2015. Negociado: A1.

NIG: 2906744S20150000669.

De: Don José Carlos Portillo García.

Contra: Fondo de Garantía Salarial y Lauro Control, S.L.

EDICTO

Don Juan Carlos Ruiz Zamora, Secretario Judicial del Juzgado de lo Social núm. Siete de Málaga.

Hace saber: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 100/2015 a instancia de la parte actora don José Carlos Portillo García contra Fondo de Garantía Salarial y Lauro Control, S.L., sobre Despidos/ Ceses en general se ha dictado Resolución de fecha 18.5.15 del tenor literal siguiente:

PARTE DISPOSITIVA

Se rectifica el punto segundo del fallo de la Sentencia de fecha 27 de abril de 2015 en el sentido de que donde dice «Condenar a Lauro Control, S.L., a que, a su opción, readmita al trabajador en las mismas condiciones que regían antes de producirse el despido con abono de los salarios de tramitación a razón de veintiocho euros con ochenta y cinco céntimos de euro diarios (39,2 €) desde el 30 de noviembre de 2014 hasta la notificación de esta Sentencia a la empresa demandada; o al abono de una indemnización de trescientos veintitrés euros con cuarenta céntimos de euro (323,4 )»; debe decir Condenar a Lauro Control, S.L., a que, a su opción, readmita al trabajador en las mismas condiciones que regían antes de producirse el despido con abono de los salarios de tramitación a razón de treinta y nueve euros con veinte céntimos de euro diarios (39,2 , manteniéndose inalterable el resto de la resolución.

Notifíquese la presente resolución a las partes y hágaseles saber que contra ella no cabe recurso alguno.

Así por este Auto, lo acuerdo mando y firma la Iltma. Sra. doña Lidia Bermúdez Martín, Magistrada Juez de Adscripción Territorial destinada como refuerzo a los Juzgados de lo Social de Málaga y su partido. Doy fe.

La Magistrada Juez. El Secretario Judicial.

Diligencia. Seguidamente se cumple lo mandado. Doy fe.

Y para que sirva de notificación al demandado Lauro Control, S.L., actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos.

En Málaga, a dieciocho de mayo de dos mil quince.- El/La Secretario/a Judicial.

«En relación a los datos de carácter personal, sobre su confidencialidad y prohibición de transmisión o comunicación por cualquier medio o procedimiento, deberán ser tratados exclusivamente para los fines propios de la Administración de Justicia (ex Ley Orgánica 15/99, de 13 de diciembre, de protección de datos de carácter personal).»

Descargar PDF