Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 108 de 08/06/2015

4. Administración de justicia

Juzgados de Primera Instancia e Instrucción

Edicto de 26 de mayo de 2015, del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción núm. Dos de  La Línea de la Concepción, dimanante de autos núm. 529/2013.

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NIG: 1102242C20130002045.

Procedimiento: Familia.Guarda/custod/alim.menor no matr.nocons 529/2013. Negociado: PP.

De: Doña Vanesa Mena Valle.

Procurador: Sr. Juan Manuel Aldana Ríos.

Contra: Don Kipros Nicolaou.

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

En el procedimiento Familia. Guarda/custod/alim. menor no matr.noconsens 529/2013 seguido en el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número Dos de La Línea de la Concepción a instancia de Vanesa Mena Valle contra don Kipros Nicolaou sobre Guarda y Custodia en supuesto contencioso, se ha dictado la sentencia que, copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue:

SENTENCIA NÚM. 55/15

En La Línea, a 25 de mayo de 2015. Vistos por doña Marta Pérez-Rubio Villalobos, Juez Sustituta del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número Dos de esta ciudad, los presentes autos de Juicio para la Adopción de Medidas de Guarda, custodia, régimen de visitas, patria potestad y pensión alimenticia, seguidos en este Juzgado con el núm. 529/13 a instancias del Procurador de los Tribunales don Juan Manuel Aldana Ríos en nombre y representación de doña Vanesa Mena Valle contra don Kipros Nicolaou, en los que ha intervenido el Ministerio Fiscal.

FALLO

Que estimando la demanda interpuesta por el Procurador don Juan Manuel Aldana Ríos, en nombre y representación de doña Vanesa Mena Valle, contra don Kipros Nicolaou, debo declarar y declaro que la guarda y custodia del hijo menor de ambos, la atribución del domicilio y ajuar familiar, el régimen de visitas y los alimentos recogidos será el que se recoge en el Fundamento de Derecho Segundo de la presente resolución. Y todo ello sin hacer especial pronunciamiento en materia de costas.

Contra esta Resolución cabe interponer por escrito recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Cádiz (455 LECivil). El recurso se habrá de interponer ante este Juzgado en el plazo de veinte días, contados desde el día siguiente a la notificación.

Y con el fin de que sirva de notificación en forma al demandado don Kipros Nicolaou, extiendo y firmo la presente en La Línea, a veintiséis de mayo de dos mil quince.- El/La Secretario.

«En relación a los datos de carácter personal, sobre su confidencialidad y prohibición de transmisión o comunicación por cualquier medio o procedimiento, deberán ser tratados exclusivamente para los fines propios de la Administración de Justicia (ex Ley Orgánica 15/99, de 13 de diciembre, de protección de datos de carácter personal).»

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