Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 116 de 17/06/2015

4. Administración de justicia

Juzgados de Primera Instancia

Edicto de 4 de marzo de 2013, del Juzgado de Primera Instancia núm. Cuatro de Málaga, dimanante de Procedimiento Ordinario núm. 362/2005. (PP. 1251/2015).

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NIG: 2906742C20050007490.

Procedimiento: Procedimiento Ordinario 362/2005. Negociado: 02.

Sobre: Reclamación de cantidad.

De: Asesoría Oryx, S.L.

Procurador: Sr. Jesús Olmedo Cheli.

Contra: Leaseport, S.L., y Goldcharter.

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

En el procedimiento Procedimiento Ordinario 362/2005 seguido en el Juzgado de Primera Instancia núm. Cuatro de Málaga a instancia de Asesoría Oryx, S.L., contra Leaseport, S.L., y Goldcharter, sobre reclamación de cantidad, se ha dictado la sentencia que copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue:

Que estimando la demanda formulada por la mercantil Asesoría Oryx, S.L, representada por el Procurador don Jesús Olmedo Cheli, contra las mercantiles Goldcharter, S.L., y Leaseport, S.L., debo condenar y condeno a que abonen a la actora las siguientes cantidades:

- Leaseport, S.L., pagará al actor la cantidad de 2,880,05 euros, más 298,73 euros por intereses devengados.

- Goldcharter, S.L., pagará al actor la cantidad de 6.342,24 euros, más el importe de 750,59 euros por intereses devengados.

Asimismo, procede la condena a los demandados al pago de los intereses legales devengados desde la fecha de interposición de la demanda.

Procede la condena de la parte demandada al pago de las costas causadas.

Contra la presente sentencia cabe recurso de apelación, que en su caso deberá prepararse por escrito manifestando la voluntad de recurrir con expresión de los pronunciamientos que se impugnan ante este Juzgado en el plazo de cinco días, contados a partir del siguiente al de su notificación, y para su resolución por la Audiencia Provincial de Málaga. Con carácter previo a su admisión, deberá depositarse el importe de 50 euros en la cuenta de consignaciones de este Juzgado a los efectos legales correspondientes.

Y con el fin de que sirva de notificación en forma a las demandadas, Leaseport, S.L., y Goldcharter, ambos en ignorado paradero, extiendo y firmo la presente en Málaga, a cuatro de marzo de dos mil trece.- El/La Secretario/a.

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