Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 125 de 30/06/2015

3. Otras disposiciones

Consejería de Educación, Cultura y Deporte

Orden de 3 de junio de 2015, por la que se concede la autorización administrativa de apertura y funcionamiento al centro de educación infantil «Lourdes», por segregación del centro docente privado de educación infantil Nuestra Señora de Lourdes, ambos de Coín (Málaga). (PP. 1627/2015).

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Examinado el expediente incoado a instancia de doña María José Vázquez Presencio, representante de «S.C.A. de Enseñanza de Profesores Nuestra Señora de Lourdes», entidad titular del centro docente privado de educación infantil Nuestra Señora de Lourdes, en solicitud de autorización administrativa de apertura y funcionamiento de un centro de educación infantil, por segregación de aquél, con 6 unidades del primer ciclo.

Resultando que el centro docente privado de educación infantil «Nuestra Señora de Lourdes», con código 29002289, tiene autorización administrativa para 6 unidades de educación infantil de primer ciclo con 80 puestos escolares y para 6 unidades de educación infantil de segundo ciclo con 145 puestos escolares.

Resultando que en el mencionado expediente han recaído informes favorables del correspondiente Servicio de Inspección de Educación de la Delegación Territorial de Educación, Cultura y Deporte de Málaga y de la Gerencia Provincial de la Agencia Pública Andaluza de Educación y Formación en dicha provincia.

Vistos la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (BOE de 27 de noviembre); la Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, reguladora del Derecho a la Educación (BOE de 4 de julio); la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación (BOE de 4 de mayo); la Ley 17/2007, de 10 de diciembre, de Educación de Andalucía (BOJA de 26 de diciembre); el Real Decreto 132/2010, de 12 de febrero, por el que se establecen los requisitos mínimos de los centros que impartan las enseñanzas del segundo ciclo de la educación infantil, la educación primaria y la educación secundaria (BOE de 12 de marzo); el Decreto 149/2009, de 12 de mayo, por el que se regulan los centros que imparten el primer ciclo de la educación infantil (BOJA de 15 de mayo); el Decreto 109/1992, de 9 de junio, sobre autorizaciones de Centros Docentes Privados para impartir Enseñanzas de Régimen General (BOJA de 20 de junio); el Decreto 140/2011, de 26 de abril, por el que se modifican varios decretos relativos a la autorización de centros docentes para su adaptación a la Ley 17/2009, de 23 de noviembre, sobre el libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio (BOJA de 10 de mayo), y demás disposiciones aplicables.

Considerando que se han cumplido en el presente expediente todos los requisitos exigidos por la normativa vigente en esta materia.

En su virtud y en uso de las atribuciones que me han sido conferidas,

DISPONGO

Primero. Conceder la autorización administrativa de apertura y funcionamiento al centro de educación infantil «Lourdes», promovido por S.C.A. de Enseñanza de Profesores Nuestra Señora de , como entidad titular del mismo, con código 29018832, ubicado en c/ José Barroso, 2, de Coín (Málaga), por segregación del centro docente privado de educación infantil Nuestra Señora de Lourdes, quedando configurado con 6 unidades de primer ciclo para 94 puestos escolares.

Segundo. Conceder una modificación de la autorización administrativa por supresión de las unidades de educación infantil de primer ciclo al centro docente privado de educación infantil «Nuestra Señora de Lourdes», con código 29002289 y domicilio en Urbanización Miravalle, s/n, de Coín (Málaga), cuya titularidad la ostenta S.C.A de Enseñanza de Profesores Nuestra Señora de Lourdes, quedando configurado con 6 unidades de educación infantil de segundo ciclo para 145 puestos escolares.

Tercero. La entidad titular de los centros remitirá a la Delegación Territorial de Educación, Cultura y Deporte de Málaga la relación del profesorado del centro de educación infantil, con indicación de su titulación respectiva.

Contra la presente Orden que pone fin a la vía administrativa cabe interponer, potestativamente, recurso de reposición ante el Excmo. Sr. Consejero de Educación, Cultura y Deporte, en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente al de su notificación, de conformidad con los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, y 115.2 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía, o recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo competente del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, conforme a lo establecido en los artículos 10 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Sevilla, 3 de junio de 2015

LUCIANO ALONSO ALONSO

Consejero de Educación, Cultura y Deporte,
en funciones
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