Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 127 de 02/07/2015

4. Administración de justicia

Juzgados de Primera Instancia e Instrucción

Edicto de 6 de marzo de 2015, del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción núm. Dos de Vélez-Málaga, dimanante de procedimiento ordinario núm. 326/2012. (PP. 1357/2015).

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NIG: 2909442C20120002027.

Procedimiento: Procedimiento Ordinario 326/2012. Negociado: CR.

De: Garde Electrodomésticos Andalucía, S.L.

Procuradora: Sra. Remedios E. Peláez Salido.

Contra: Don José Vicente Bueno Verdejo.

Edicto

En el presente procedimiento Procedimiento Ordinario 326/2012, seguido a instancia de Garde Electrodomésticos Andalucía, S.L., frente a don José Vicente Bueno Verdejo se ha dictado sentencia, cuyo encabezamiento y fallo es el siguiente:

SENTENCIA

En Vélez-Málaga, a 18 de febrero de 2014.

Visto por don Miguel Ángel Torres García, Juez del Juzgado de Primera Instancia núm. Dos de esta ciudad y su partido, los autos de Juicio Ordinario núm. 326/12, seguidos a instancia de Garde Electrodomésticos Andalucía S.L., representada por la Procuradora Sra. Remedios Peláez Salido y dirigido por el Letrado Sr. Luis Ruiz Franquelo, contra don José Vicente Bueno Verdejo, en rebeldía procesal. En reclamación de cantidad, intereses y costas.

FALLO

Que estimando la demanda promovida por la Procuradora Sra. Remedios Peláez Salido, en nombre y representación de Garde Electrodomésticos Andalucía, S.L., contra don José Vicente Bueno Verdejo, debo condenar y condeno a este último a que abone al primero la cantidad de veinticuatro mil seiscientos ochenta y dos euros con ochenta y dos céntimos de euro (24.682,82 €), en concepto de principal, más los intereses legales establecidos en el fundamento cuarto de esta sentencia.

Con imposición de costas a la parte demandada.

Insértese el original de esta resolución en el Libro de Sentencias, dejando en los autos certificación literal.

Notifíquese esta resolución a las partes, informándoles de que contra la misma cabe recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Málaga que se deberá interponer en el plazo de 20 días en este juzgado, conforme el artículo 458 de la Ley de Enjuiciamiento Civil.

Así por esta mi sentencia que se notificará a las partes en legal forma, definitivamente juzgado en la instancia lo pronuncio, mando, y firmo.

Y encontrándose dicho demandado, don José Vicente Bueno Verdejo, en paradero desconocido, se expide el presente a fin que sirva de notificación en forma al mismo.

En Vélez-Málaga, a seis de marzo de dos mil quince.- El/La Secretario/a Judicial.

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