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La Dirección General de Autónomos y Planificación Económica de la Consejería de Economía y Conocimiento, al haber intentado y no habiendo sido posible practicar la notificación a los requerimientos, resoluciones y acuerdos de inicios de reintegro, relativos a expedientes acogidos a la Orden de 15 de marzo de 2007, por la que se establecen las bases reguladoras de la concesión de ayudas y su convocatoria al amparo de lo establecido en el Decreto 175/2006, de 10 de octubre, por el que se aprueba el Plan de Fomento y Consolidación del Trabajo Autónomo en Andalucía, se procede a la notificación mediante su publicación en este Boletín Oficial, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, haciéndose constar que, con acuerdo a lo previsto en el artículo 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, para conocimiento íntegro de las mismas los interesados podrán comparecer en el Servicio de Proyectos e Iniciativas Emprendedoras de la Dirección General de Autónomos, sito en la C/ Albert Einsten, núm. 4, Edificio World Trade Center, 2 –Isla de la Cartuja– 41092-Sevilla, dentro del plazo de diez días hábiles a partir de la publicación del presente anuncio.
Interesada: María Molina España.
Expediente: MA/TA/04701/2007.
Acto notificado: Acuerdo de inicio de reintegro.
Interesada: María Rosa Álvarez García.
Expediente: MA/TA/10455/2007.
Acto notificado: Resolución de reintegro.
Interesada: María Ángeles Triguero Jiménez.
Expediente: GR/TA/10944/2007.
Acto notificado: Resolución de reintegro.
Interesada: Consolación Jiménez Acosta.
Expediente: SE/TA/05720/2007.
Acto notificado: Resolución de reintegro.
Interesado: Salah Eddine Zouini.
Expediente: GR/TA/07608/2007.
Acto notificado: Resolución de reintegro.
Sevilla, 29 de junio de 2015.- El Director General, Ignacio Pozuelo Meño.
«La presente notificación se hace al amparo de lo dispuesto en el art. 59.5 de la Ley 30/1992, y con carácter previo a su preceptiva publicación en el Boletín Oficial del Estado, que será la determinante a los efectos de su notificación.»
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