Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 175 de 08/09/2015

4. Administración de justicia

Juzgados de lo Social

Edicto de 14 de julio de 2015, del Juzgado de lo Social núm. Cinco de Sevilla, dimanante de autos núm. 112/2015.

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Procedimiento: 1402/11. Ejecución de títulos no judiciales 112/2015. Negociado: 2E.

NIG: 4109144S20110016718.

De: Fundación Laboral de la Construcción.

Contra: Construcciones Palenciana, S.L.

EDICTO

Doña María Amparo Atares Calavia, Secretario/a Judicial del Juzgado de lo Social núm. Cinco de Sevilla.

Hace saber: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 112/2015 a instancia de la parte actora Fundación Laboral de la Construcción contra Construcciones Palenciana, S.L., sobre Ejecución de títulos no judiciales se ha dictado Resolución de fecha 14.7.15 del tenor literal siguiente:

DECRETO NÚM. 547/15

Secretario Judicial: Doña María Amparo Atares Calavia.

En Sevilla, a catorce de julio de dos mil quince.

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero. Fundación Laboral de la Construcción ha presentado demanda de ejecución frente a Construcciones Palenciana, S.L.

Segundo. Se ha dictado auto despachando ejecución en fecha 28.5.15 por un total de 467,45 € de principal mas la de 140 presupuestados para intereses y costas.

Tercero. No se han encontrado bienes susceptibles de traba y se ha dado la preceptiva audiencia al Fondo de Garantía Salarial.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Único. Disponen los arts. 250 y 276 de la LRJS que de no tenerse conocimiento de la existencia de bienes suficientes del ejecutado en los que hacer traba y embargo, se practicarán las averiguaciones procedentes y de ser infructuosas, total o parcialmente, el Secretario Judicial de la ejecución dictará decreto de insolvencia tras oír al Fondo de Garantía Salarial y a la parte actora.

Vistos los preceptos legales citados y demás de general y pertinente aplicación,

ACUERDO

Declarar al/a los ejecutado/s Construcciones Palenciana, S.L., en situación de insolvencia total por importe de 467,45 € de principal más la de 140 presupuestados para intereses y costas euros, insolvencia que se entenderá a todos los efectos como provisional. Archívese el presente procedimiento y dése de baja en los libros correspondientes.

Notifíquese la presente resolución.

Modo de impugnación: Contra la presente resolución cabe recurso directo de revisión que deberá interponerse ante quien dicta la resolución en el plazo de tres días hábiles siguientes a la notificación de la misma con expresión de la infracción cometida en la misma a juicio del recurrente, art. 188 LRJS.

El/La Secretario Judicial.

Y para que sirva de notificación al demandado Construcciones Palenciana, S.L., actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia o se trate de emplazamientos.

En Sevilla, a catorce de julio de dos mil quince.- El/La Secretario/a Judicial.

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