Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 177 de 10/09/2015

3. Otras disposiciones

Consejería de Educación

Orden de 9 de julio de 2015, por la que se concede la autorización para su apertura y funcionamiento al centro autorizado de enseñanzas artísticas profesionales de artes plásticas y diseño «Estación Diseño. Centro Autorizado de Enseñanzas Profesionales» de Armilla (Granada). (PP. 1975/2015).

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Visto el expediente tramitado a instancia de don Ildefonso Moreno Riestra, como representante de la entidad Escuela Diseño Granada, S.L., por el que se solicita autorización para la apertura y funcionamiento del centro autorizado de enseñanzas artísticas profesionales «Estación Diseño. Centro Autorizado de Enseñanzas Profesionales», con domicilio en C/ Benjamín Franklin, 1, de Armilla (Granada) para impartir cuatro ciclos formativos de grado superior de artes plásticas y diseño: uno de Gráfica audiovisual, uno de Gráfica interactiva, uno de Ilustración y uno de Cómic, al amparo de lo dispuesto en el Decreto 193/1997, de 29 de julio, sobre autorizaciones de centros docentes privados, para impartir Enseñanzas Artísticas.

Resultando que en el expediente de autorización han recaído informes favorables del Servicio de Inspección de Educación de la Delegación Territorial de Educación, Cultura y Deporte de Granada y de la Gerencia Provincial de la Agencia Pública Andaluza de Educación y Formación.

Vistas: La Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio (BOE del 4), reguladora del Derecho a la Educación; la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo (BOE del 4), de Educación; la Ley 17/2007, de 10 de diciembre (BOJA del 26), de Educación de Andalucía; la Ley 30/1992, de 26 de noviembre (BOE del 27), de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común; el Real Decreto 303/2010, de 15 de marzo (BOE de 9 de abril), por el que se establecen los requisitos mínimos de los centros que impartan enseñanzas artísticas reguladas en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación; el Real Decreto 596/2007, de 4 de mayo (BOE del 25), por el que se establece la ordenación general de las enseñanzas profesionales de artes plásticas y diseño; el Real Decreto 1430/2012, de 11 de octubre (BOE de 3 de noviembre), por el que se establece el título de Técnico Superior de Artes Plásticas y Diseño en Gráfica Audiovisual perteneciente a la familia profesional artística de Comunicación Gráfica y Audiovisual y se aprueban las correspondientes enseñanzas mínimas; el Real Decreto 1428/2012, de 11 de octubre (BOE de 3 de noviembre), por el que se establece el título de Técnico Superior de Artes Plásticas y Diseño en Gráfica Interactiva perteneciente a la familia profesional artística de Comunicación Gráfica y Audiovisual y se aprueban las correspondientes enseñanzas mínimas; el Real Decreto 1433/2012, de 11 de octubre (BOE de 3 de noviembre), por el que se establece el título de Técnico Superior de Artes Plásticas y Diseño en Ilustración perteneciente a la familia profesional artística de Comunicación Gráfica y Audiovisual y se aprueban las correspondientes enseñanzas mínimas; el Real Decreto 1434/2012, de 11 de octubre (BOE de 3 de noviembre), por el que se establece el título de Técnico Superior de Artes Plásticas y Diseño en Cómic perteneciente a la familia profesional artística de Comunicación Gráfica y Audiovisual y se aprueban las correspondientes enseñanzas mínimas; el Decreto 193/1997, de 29 de julio (BOJA de 9 de agosto), sobre autorizaciones de Centros docentes privados para impartir Enseñanzas Artísticas; el Decreto 140/2011, de 26 de abril (BOJA de 10 de mayo), por el que se modifican varios decretos relativos a la autorización de centros docentes para su adaptación a la Ley 17/2009, de 23 de noviembre, sobre el libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio, y demás disposiciones complementarias.

En su virtud y en uso de las atribuciones que me han sido conferidas

DISPONGO

Primero. Autorizar la apertura y el funcionamiento del centro autorizado de enseñanzas artísticas profesionales de artes plásticas y diseño «Estación Diseño. Centro Autorizado de Enseñanzas Profesionales», código 18014671 y domicilio en C/ Benjamín Franklin, 1, de Armilla (Granada), cuyo titular es Escuela Diseño Granada S.L., quedando con la configuración que se describe a continuación:

Ciclos formativos de grado superior de artes plástícas y diseño (en turno de tarde):

Gráfica audiovisual:

Grupos: 2.

Puestos escolares: 60.

Gráfica interactiva:

Grupos: 2.

Puestos escolares: 60.

Ilustración:

Grupos: 2.

Puestos escolares: 60.

Cómic:

Grupos: 2.

Puestos escolares: 60.

Segundo. El centro no podrá superar el número de puestos escolares fijados para el mismo.

Tercero. La autorización surtirá efectos de la forma que previene el artículo 15 del Decreto 193/1997, de 29 de julio.

Cuarto. El centro, a efectos administrativos, queda adscrito a la Escuela de Arte, código 18004501, de Granada.

Quinto. Del contenido de la presente Orden se dará traslado al Registro de Centros Docentes, según lo dispuesto en el Decreto 151/1997, de 27 de mayo, por el que se crea y regula el Registro de Centros Docentes.

Sexto. La entidad titular del centro remitirá a la Delegación Territorial de Educación, Cultura y Deporte de Granada la relación del profesorado del mismo con indicación de su titulación respectiva.

Séptimo. Dicho centro queda obligado al cumplimiento de la legislación vigente y a solicitar la oportuna revisión cuando haya de modificarse cualquiera de los datos que señala la presente Orden.

Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer, potestativamente, recurso de reposición ante la Excma. Sra. Consejera de Educación, en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente al de su notificación, de conformidad con los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, y 115.2 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía, o recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo competente del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, conforme a lo establecido en los artículos 10, 14 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Sevilla, 9 de julio de 2015

ADELAIDA DE LA CALLE MARTÍN
Consejera de Educación
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