Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 18 de 28/01/2015

3. Otras disposiciones

Consejería de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo

Resolución de 21 de enero de 2015, de la Secretaría General de Universidades, Investigación y Tecnología, por la que se publica el acuerdo de modificación del convenio que se cita.

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Con fecha 30 de diciembre de 2014 se ha suscrito un Acuerdo entre el Ministerio de Economía y Competitividad, la Consejería de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo y la Centro Tecnológico Acuicultura de Andalucía, para colaborar en las actuaciones de investigación y desarrollo a través de la construcción y equipamiento de dicho centro tecnológico firmado el 28 de mayo de 2008.

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 8.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, esta Secretaría General de Universidades, Investigación y Tecnología dispone su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 21 de enero de 2015.- El Secretario General, Francisco Triguero Ruiz.

ACUERDO ENTRE EL MINISTERIO DE ECONOMÍA Y COMPETITIVIDAD, LA CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, INNOVACIÓN, CIENCIA Y EMPLEO Y LA FUNDACIÓN CENTRO TECNOLÓGICO ACUICULTURA DE ANDALUCÍA, POR EL QUE SE MODIFICA EL CONVENIO ENTRE EL MINISTERIO DE CIENCIA E INNOVACIÓN, LA CONSEJERÍA DE INNOVACIÓN, CIENCIA Y EMPRESA Y LA FUNDACIÓN CENTRO TECNOLÓGICO ACUICULTURA DE ANDALUCÍA, PARA COLABORAR EN LAS ACTUACIONES DE INVESTIGACIÓN Y DESARROLLO A TRAVÉS DE LA CONSTRUCCIÓN Y EQUIPAMIENTO DE DICHO CENTRO TECNOLÓGICO FIRMADO EL 28 DE MAYO DE 2008

En Madrid, a 30 de diciembre de 2014

Reunidos

De una parte el Sr. don Luis de Guindos Jurado, Ministro de Economía y Competitividad, nombrado por Real Decreto 1826/2011, de 21 de diciembre, actuando en virtud del artículo 13.3 de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado y la disposición adicional decimotercera de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

De otra parte, el Excmo. Sr. don José Sánchez Maldonado, en calidad de Consejero de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo de la Junta de Andalucía, cargo para el que fue nombrado mediante Decreto de la Presidenta 6/2013, de 9 de septiembre, por el que se designan los Consejeros y las Consejeras de la Junta de Andalucía, de acuerdo con el Decreto de la Presidenta 4/2013, de 9 de septiembre, de la Vicepresidencia y sobre reestructuración de Consejerías, y el Decreto 149/2012, de 5 de junio, por el que se regula la estructura orgánica de la Consejería de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo, y en uso de las atribuciones que le confieren los artículos 9.2 y 26.2.i de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía.

Y de otra parte don Antonio Concepción Toscano, en su calidad de Presidente de la Fundación Centro Tecnológico Acuicultura de Andalucía (CTAQUA), con CIF G-72094444, domiciliada en Muelle Comercial, s/n, edificio CTAQUA, C.P. 11500, en el Puerto de Santa María (Cádiz), constituida con fecha 2 de octubre de 2007, e inscrita con el núm. SE-1115 en el Registro de Fundaciones de Andalucía, interviene en virtud de los poderes que tiene conferidos por los estatutos de la entidad, y de acuerdo con su nombramiento efectuado en la reunión del Patronato de la Fundación de fecha 22 de mayo de 2013.

Reconociéndose mutuamente plena capacidad para otorgar este acto.

Exponen

Uno. Que con fecha 28 de mayo de 2008 el Ministerio de Ciencia e Innovación, la Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa y la Fundación Centro Tecnológico Acuicultura de Andalucía, suscribieron un Convenio para colaborar en las actuaciones de investigación y desarrollo a través de la «Construcción y Equipamiento de dicho Centro Tecnológico», cofinanciado por el FEDER.

Dos. Que el Real Decreto 1823/2011, de 21 de diciembre, por el que se reestructuran los departamentos ministeriales establece que corresponde al Ministerio de Economía y Competitividad la propuesta y ejecución de la política del Gobierno en investigación científica, desarrollo tecnológico e innovación en todos los sectores.

Tres. Que el Decreto 149/2012, de 5 de junio de 2012, por el que se regula la estructura orgánica de la Consejería de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo establece que corresponden a dicha Consejería la coordinación y el fomento de la investigación científica y técnica y la transferencia de tecnología en el Sistema Andaluz de Ciencia, Tecnología y Empresa.

Cuatro. Que el Real Decreto 345/2012, de 10 de febrero, por el que se desarrolla la estructura orgánica del Ministerio de Economía y Competitividad, establece que corresponde a la Dirección General de Investigación y Técnica la función de desarrollo de actuaciones destinadas a la dotación y potenciación de infraestructuras y equipamiento científicos y tecnológicos, y otras actuaciones de investigación científica y técnica financiadas con fondos europeos.

Cinco. Que la Cláusula Segunda.1 del convenio preveía que el proyecto seleccionado se cofinanciaría con cargo al Programa Operativo FEDER 2007-2013 de Investigación, Desarrollo e Innovación por y para beneficio de las empresas –Fondo Tecnológico– en una cuantía del 70% del importe del gasto total elegible, de acuerdo a la tasa de cofinanciación que establecía la Decisión de la Comisión Europea C (2007)6316, por la que se adoptó el programa operativo Investigación, Desarrollo e Innovación por y para beneficio de las empresas.

Seis. Que con el fin de garantizar la ejecución del proyecto y evitar la posible pérdida de recursos comunitarios, el Ministerio de Ciencia e Innovación anticipó 3.115.973,04 euros a la Fundación Centro Tecnológico Acuicultura de Andalucía, de ellos, 2.181.181,13 euros en concepto de anticipo de la ayuda FEDER y 934.791,91 euros en concepto de préstamo a 10 años para completar el 100% del coste total elegible del proyecto.

Siete. Que el 21 de diciembre de 2011, la Comisión Europea aprobó la Decisión C(2011)9764 por la que se modifica la Decisión C(2007)6316 por la que se adoptó el programa operativo Investigación, Desarrollo e Innovación por y para beneficio de las empresas, aumentando la tasa de cofinanciación del FEDER a las Comunidades Autónomas incluidas en el objetivo de Convergencia, al 80% del gasto subvencionable.

Ocho. Que según lo previsto en la Decisión C(2011)9764, es necesario adecuar a la nueva tasa de cofinanciación las cláusulas del convenio que determinaban la aportación del FEDER y la aportación nacional y las que articulaban el flujo de fondos FEDER.

Nueve. Que según se establece en la cláusula sexta del convenio, su vigencia finalizará cuando se hayan cumplido totalmente las obligaciones de las partes.

Diez. Que, según lo previsto en la cláusula octava del Convenio, la Comisión de Seguimiento, autorizó prorrogar el plazo de ejecución de los proyectos, hasta el 30 de junio de 2012.

Once. Que el convenio firmado el 28 de mayo de 2008, fijaba el plazo de amortización del anticipo FEDER el 31 de diciembre de 2015. Dicha fecha se estableció en la previsión de que el proyecto finalizaría su ejecución antes del 31 de diciembre de 2010. Una vez que se prorrogó el plazo de ejecución, de conformidad con la Cláusula Octava, es preciso adecuar el plazo de amortización del anticipo FEDER, a la fecha en que previsiblemente se recibirán las ayudas del Fondo Estructural.

Por todo lo expuesto, las partes acuerdan suscribir el presente Acuerdo, que se regirá por las siguientes

Cláusulas

Primera. Se modifica la cláusula Segunda.1 del convenio de fecha 28 de mayo de 2008, en relación con el porcentaje de cofinanciación del FEDER que aumenta del 70% al 80% del importe del gasto total elegible, por lo tanto la aportación del FEDER será 2.492.778,43 euros.

Segunda. Se modifica la cláusula Segunda.3 del convenio de fecha 28 de mayo de 2008, en relación con la aportación correspondiente a la cofinanciación nacional, que disminuye del 30% al 20% del coste total elegible.

Tercera. Se modifica el «Resumen del Plan de Actuaciones y de las aportaciones del FEDER» incluido en la Cláusula Segunda del convenio de fecha 28 de mayo de 2008, que queda redactado según el siguiente cuadro:

Actuación Presupuesto (€ ) Aportación MCINN-DGI (FEDER) Aportación Junta de Andalucía
Construcción del Centro Tecnológico Acuicultura de Andalucía 2.016.573,04 80% a través de la categoría 02 del Programa Operativo FEDER 2007-2013 de Investigación, Desarrollo e Innovación por y para beneficio de las empresas – Fondo Tecnológico, 20% (Ver cláusulas 2.3 y 4.1 del Convenio modificadas por el Acuerdo)
Equipamiento del Centro Tecnológico Acuicultura de Andalucía 1.099.400,00 80% a través de la categoría 02 del Programa Operativo FEDER 2007-2013 de Investigación, Desarrollo e Innovación por y para beneficio de las empresas – Fondo Tecnológico, 20% (Ver cláusulas 2.3 y 4.1 del Convenio modificadas por el Acuerdo)
Total 3.115.973,04 2.492.778,43 623.194,61

Cuarta. Se modifica la Cláusula Tercera del convenio de fecha 28 de mayo de 2008, en lo relativo a la cofinanciación máxima del FEDER, que no podrá superar el 80% del total.

Quinta. Se modifica la Cláusula Cuarta del convenio de fecha 28 de mayo de 2008 en relación con las cuantías correspondientes a la cofinanciación nacional anticipada por el Ministerio de Ciencia e Innovación, cuyo importe se actualiza a 623.194,61 euros y en relación con la cuantía de la cofinanciación FEDER anticipada por el Ministerio de Ciencia e Innovación, que se actualiza a 2.492.778,43 euros.

Sexta. Se modifica el apartado 2) de la Cláusula Cuarta del convenio, en cuanto al plazo de devolución de la aportación del FEDER anticipada por el Ministerio de Ciencia e Innovación que queda redactado como sigue:

«2) Devolución aportación FEDER anticipada por el Ministerio de Ciencia e Innovación (2.492.778,43 euros): El libramiento de la ayuda proveniente del FEDER se realizará en formalización, sin salida física de fondos, aplicándose a la amortización del anticipo reembolsable. Si los fondos FEDER percibidos no fueran suficientes para amortizar los fondos anticipados, el beneficiario ingresará la diferencia en el Tesoro Público antes del transcurso de dos años contados desde el pago del saldo final del Programa Operativo previsto en el Artículo 76 del Reglamento (CE) núm. 1083/2006 del Consejo de 11 de julio de 2006.»

Séptima. Se modifica el Anexo II del convenio de fecha 28 de mayo de 2008, que queda redactado en los términos establecidos en el Anexo II al presente Acuerdo.

Octava. El presente Acuerdo entrará en vigor el día de la fecha de su firma.

En prueba de conformidad, las Partes firman el presente Acuerdo por triplicado ejemplar y a un solo efecto en el lugar y fecha arriba indicados.

En Madrid, a 30 de diciembre de 2014.

Por el Ministerio de Economía y Competitividad

Luis de Guindos Jurado

Ministro de Economía y Competitividad

Por la Junta de Andalucía

José Sanchez Maldonado

Consejero de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo

Por la Fundación Centro Tecnológico de Acuicultura de Andalucía

D. Antonio Concepción Toscano

Presidente de la Fundación Centro Tecnológico Acuicultura de Andalucía

Anexo II

Cuadro de amortización.

Organismo: Fundación Centro Tecnológico Acuicultura de Andalucía.

Título: Construcción y Equipamiento del Centro Tecnológico de Acuicultura de Andalucía.

Anticipo total concedido (euros): 3.115.973,04.

Anticipo concedido-Aportación nacional (euros): 623.194,61.

Plazo de amortización: 10 años.

Interés: Cero.

Fecha de vencimiento Cuota de amortización (euros)
2.02.2012 93.479,20
2.02.2013 93.479,19
2.02.2014 93.479,19
2.02.2015 48.965,29
2.02.2016 48.965,29
2.02.2017 48.965,29
2.02.2018 48.965,29
2.02.2019 48.965,29
2.02.2020 48.965,29
2.02.2021 48.965,29
Total 623.194,61

Anticipo concedido-Aportación FEDER (euros): 2.492.778,43.

Plazo de amortización: El establecido en la cláusula 6.ª del Acuerdo de modificación.

Interés: Cero.

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