Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 184 de 21/09/2015

3. Otras disposiciones

Consejería de Educación

Orden de 27 de julio de 2015, por la que se concede la autorización para su apertura y funcionamiento a la escuela privada de música «Escuela Elemental de Música Ave María» de Málaga. (PP. 2151/2015).

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Visto el expediente tramitado a instancia de don Manuel Jesús Martínez Vílchez, en calidad de Presidente del Patronato Escuelas del Ave María, por el que se solicita la autorización de apertura y funcionamiento para la escuela privada de música «Escuela Elemental de Música Ave María», con domicilio en Avda. Sor Teresa Prat núm. 51, de Málaga, al amparo de lo dispuesto en el Decreto 233/1997, de 7 de octubre, por el que se regulan las Escuelas de Música y Danza.

Resultando que el expediente ha sido tramitado en la debida forma por la Delegación Territorial de Educación, Cultura y Deporte de Málaga.

Resultando que en el expediente de autorización han recaído informes favorables del Servicio de Inspección de Educación de la citada Delegación Territorial y de la Gerencia Provincial de la Agencia Pública Andaluza de Educación y Formación.

Vistas: La Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común; la Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, reguladora del Derecho a la Educación; la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación; la Ley 17/2007, de 10 de diciembre, de Educación de Andalucía; el Real Decreto 303/2010, de 15 de marzo (BOE de 9 de abril), por el que se establecen los requisitos mínimos de los centros que impartan enseñanzas artísticas reguladas en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación; el Real Decreto 389/1992, de 15 de abril (BOE del 28), por el que se establecen los requisitos mínimos de los centros que impartan enseñanzas artísticas; el Decreto 233/1997, de 7 de octubre (BOJA del 11), por el que se regulan las Escuelas de Música y Danza; el Decreto 17/2009, de 20 de enero (BOJA de 4 de febrero), por el que se establece la Ordenación y el Currículo de las Enseñanzas Elementales de Música en Andalucía; el Decreto 140/2011, de 26 de abril (BOJA de 10 de mayo), por el que se modifican varios decretos relativos a la autorización de centros docentes para su adaptación a la Ley 17/2009, de 23 de noviembre, sobre el libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio, y demás disposiciones complementarias.

Considerando que se han cumplido todos los requisitos exigidos por la normativa vigente en esta materia.

En su virtud y en uso de las atribuciones que me han sido conferidas

DISPONGO

Primero. Autorizar la apertura y el funcionamiento de la escuela privada de música «Escuela Elemental de Música Ave María», código 29019022 y domicilio en Avda. Sor Teresa Prat, núm. 51, de Málaga, cuyo titular es Patronato Escuelas del Ave María, y establecer la configuración de enseñanzas que se describe a continuación, en turno de tarde:

Ámbitos formativos de las enseñanzas elementales de iniciación a la música:

- Música y movimiento.

- Práctica instrumental: piano, guitarra, trompeta, trombón, trompa, tuba, flauta, clarinete, saxofón, violín, viola, tambor, bombo, xilófono y timbales.

- Formación musical, complementaria a la práctica de la música.

- Actividades de grupo.

Segundo. Del contenido de la presente Orden se dará traslado al Registro de Centros Docentes, según lo dispuesto en el Decreto 151/1997, de 27 de mayo, por el que se crea y regula el Registro de Centros Docentes.

Tercero. El Servicio de Inspección de Educación de la Delegación Territorial de Educación, Cultura y Deporte de Málaga velará por la adecuación de la escuela de música a lo establecido en los Decretos 233/1997, de 7 de octubre, y 17/2009, de 20 de enero, asesorando al centro para un mejor cumplimiento de sus fines.

Cuarto. La escuela privada de música queda obligada al cumplimiento de la legislación vigente y a solicitar la oportuna revisión en el caso de producirse alguna modificación de los datos que se señalan en la presente Orden.

Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer, potestativamente, recurso de reposición ante la Excma. Sra. Consejera de Educación en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de su notificación, de conformidad con los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, y 115.2 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, o recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo competente del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, conforme a lo establecido en los artículos 10, 14 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Sevilla, 27 de julio de 2015

ADELAIDA DE LA CALLE MARTÍN
Consejera de Educación
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