Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 187 de 24/09/2015

1. Disposiciones generales

Consejería de Agricultura, Pesca y Desarrollo Rural

Resolución de 17 de septiembre de 2015, del Instituto Andaluz de Investigación y Formación Agraria, Pesquera, Alimentaria y de la Producción Ecológica, por la que se modifican las Resoluciones de 30 de agosto por la que se efectúa convocatoria de becas para la realización de prácticas profesionales (Línea 2) y para la formación de Técnicos de I+D+F (Línea 3) en los centros IFAPA, reguladas por la Orden de 2 de marzo de 2012, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de subvenciones al personal técnico en el IFAPA, cofinanciadas por el Fondo Social Europeo, así como de la Resolución de 5 de junio de 2014, por la que se efectúa la convocatoria del I Programa de Incorporación de Técnicos de I+D+F, financiado por el Fondo Social Europeo.

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Por Orden de la anterior Consejería de Agricultura y Pesca, de 2 de marzo de 2012 (BOJA núm. 61, de 28 de marzo de 2012), se establecieron las bases reguladoras para la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de subvenciones al personal técnico en el Instituto Andaluz de Investigación y Formación Agraria y Pesquera (en adelante IFAPA).

Al amparo de la citada Orden, por Resolución de 30 de agosto de 2013, la persona titular del IFAPA efectuó la convocatoria de becas de la línea 2 y línea 3, correspondientes a becas para la realización de prácticas profesionales en los Centros IFAPA por personal que haya terminado estudios de nivel medio o superior de Formación Profesional, así como para la formación de Técnicos de I+D+F.

Asimismo, de conformidad con el artículo 15.1.a) de la Ley 1/2003, de 10 de abril, de creación del IFAPA, la Resolución de 5 de junio de 2014, de la Presidencia de este Instituto, efectuó la convocatoria de  I Programa de Incorporación de Técnicos de I+D+F.

Ambas convocatorias se efectúan bajo la financiación del Fondo Social Europeo, y en las mismas se limita la duración de las becas o de los contratos según la convocatoria respectiva, a la disponibilidad presupuestaria del Fondo Social Europeo, dentro del Programa Operativo FSE de Andalucía 2007-2013, en el ámbito de actuación prioritario del Eje 3, categoría de gasto 74 «Desarrollar el potencial humano en el ámbito de la investigación y la innovación».

El Reglamento CE núm. 1083/2006 del Consejo, de 11 de julio de 2006, por el que se establecen las disposiciones generales relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo y al Fondo de Cohesión y se deroga el Reglamento (CE) núm. 1260/1999, determina el fin del período de elegibilidad a 31 de diciembre de 2015.

No obstante, teniendo en cuenta que en ambas convocatorias se prevé la posibilidad de la formalización de contratos o prórrogas anuales cuya duración supera el límite que marca la financiación europea, este Instituto de Investigación y Formación Agraria y Pesquera considera conveniente condicionar la financiación de los mismos a las disponibilidades presupuestarias existentes y no exclusivamente a la del FSE, al objeto de permitir la continuidad de los contratos vigentes después del 31 de diciembre de 2015, según lo dispuesto en la convocatoria respectiva.

En su virtud,

RESUELVO

Apartado Único. Modificar las Resoluciones de 30 de agosto de 2013, por la que se efectúa convocatoria de becas para la realización de prácticas profesionales (Línea 2) y para la formación de Técnicos de I+D+F (Línea 3) en los centros IFAPA, reguladas por la Orden de 2 de marzo de 2012, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de subvenciones al personal técnico en el IFAPA, cofinanciadas por el Fondo Social Europeo, así como de la Resolución de 5 de junio de 2014, por la que se efectúa la convocatoria del I Programa de Incorporación de Técnicos de I+D+F, financiado por el Fondo Social Europeo.

1. Todas las menciones hechas en la Resolución de 30 de agosto de 2013, a la financiación única del Fondo Social Europeo, deberá entenderse sustituida en la fase de contrato de la Línea 3, por la financiación a través de la partida presupuestaria correspondiente en el presupuesto de gastos de este Instituto, en los términos establecidos en la Ley del Presupuesto de la Comunidad Autónoma del año correspondiente.

2. El Resuelve Sexto, en su apartado 2, de la Resolución de 5 de junio de 2014, queda redactado como sigue:

«Su duración será hasta 31 de octubre de 2015, con posibilidad de prórrogas anuales, sin que la vigencia total del contrato pueda superar los 3 años, estando sujeta en todo caso a la disponibilidad presupuestaria del Fondo Social Europeo, dentro del Programa Operativo FSE de Andalucía 2007-2013, en el ámbito de actuación prioritario del Eje 3, categoría de gasto 74 “Desarrollar el potencial humano en el ámbito de la investigación y la innovación” o, en su caso, de la partida presupuestaria correspondiente en los términos establecidos en la Ley del Presupuesto de la Comunidad Autónoma del año correspondiente.»

Sevilla, 17 de septiembre de 2015.- El Presidente, Jerónimo J. Pérez Parra.

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