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Vacante el puesto de trabajo de Interventor/a Adjunto, reservado a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, de la Diputación Provincial de Málaga, por dicho Organismo se han aprobado las bases de selección y se ha acordado asimismo su convocatoria con fecha 12 de agosto de 2015, para su provisión mediante el sistema de libre designación, de conformidad con lo previsto en los artículos 27 y 28 del Real Decreto 1732/1994, de 29 de julio, sobre provisión de puestos de trabajo reservados a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, modificado por el Real Decreto 834/2003, de 27 de junio, aplicable en virtud de la disposición transitoria séptima de la Ley 27/2013, de 27 de diciembre, de Racionalización y Sostenibilidad de la Administración Local.
Visto lo anterior, al amparo de la legislación invocada y en virtud de las competencias conferidas por el artículo 92.bis.7 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local, modificado por la Ley 27/2013, de 27 de diciembre, y por el artículo 12.2.d) del Decreto 204/2015, de 14 de julio, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de la Presidencia y Administración Local, esta Dirección General de Administración Local
RESUELVE
Primero. Dar publicidad a las bases y convocatoria para la provisión mediante el sistema de libre designación del puesto de trabajo de Interventor/a Adjunto, con las características que a continuación se indican, en la plantilla de funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional de la Diputación Provincial de Málaga.
a) Corporación: Excma. Diputación Provincial de Málaga.
b) Denominación y clase del puesto: Interventor/a Adjunto.
c) Código del puesto: F00004-S017-2.
d) Nivel de complemento de destino: 30.
e) Complemento específico: 3.419,39 euros/mensual.
f) Grupo: A.
g) Subgrupo: A-1.
h) 002015/A03.
i) Escala: Habilitación de carácter nacional.
j) Subescala: Intervención-Tesorería.
k) Categoría: Superior.
f) Requisitos para su desempeño:
Pertenecer a la Subescala Intervención-Tesorería, Categoría Superior, que no se encuentren en ninguna de las siguientes situaciones:
- Los funcionarios que se encuentren en cualquiera de los supuestos previstos en el artículo 18, apartados a, b y c, del Real Decreto 1732/1994, de 29 de julio.
Los interesados presentarán sus solicitudes dirigidas al Ilmo. Sr. Presidente de la Diputación Provincial de Málaga en el Registro General de entrada de dicho organismo, sito en calle Pacífico, núm. 54, C.P 29004, de Málaga, o en cualquiera de los medios establecidos en el artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, dentro de los quince días naturales siguientes a partir del día siguiente a la publicación de estas bases en el BOE, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 28.3 del Real Decreto 1732/1994, de 29 de julio, sobre provisión de puestos de trabajo reservados a funcionarios con habilitación de carácter nacional. En caso de que la solicitud se presente en un Registro distinto del de la Diputación de Málaga o en las oficinas de Correos, además de figurar en la misma la fecha de presentación, el aspirante deberá simultáneamente remitir aviso de su presentación mediante e-mail al correo electrónico secretariageneraldiputacion@malaga.es o al fax núm. 952 133 755.
El escrito de solicitud deberá contener todos y cada uno de los datos previstos en el artículo 70.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, con indicación del número de Registro Personal, situación administrativa en que se encuentre el solicitante y puesto de trabajo, en su caso, que ocupase.
La instancia solicitando tomar parte en la convocatoria expresará que los candidatos reúnen todos y cada uno de los requisitos exigidos y deberá ir acompañada de una relación detallada de los méritos que se invocan, con la documentación que lo acredite, como son: títulos académicos que se poseen, años de servicio, puestos de trabajo desempeñados en la Administración Pública, estudios, cursos realizados, así como cualquier otro mérito que se estime oportuno poner de manifiesto. Los requisitos, así como los méritos invocados, deberán reunirse en la fecha en la que termine el plazo de presentación de solicitudes.
La Junta de Gobierno, a propuesta del Presidente de la Corporación, procederá, en el plazo de un mes y previa constatación de la concurrencia de los requisitos exigidos en la convocatoria, a resolver la convocatoria. De esta Resolución se dará cuenta a los órganos colegiados de la Corporación y traslado al órgano competente de la Comunidad Autónoma y a la Dirección General de Cooperación Local del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas, para la anotación y publicación en el Boletín Oficial del Estado.
Segundo. Ordenar su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso de reposición ante este órgano, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a aquel en que tenga lugar la notificación del presente acto, o, en su caso, actuar conforme a lo previsto en el artículo 44.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa; o bien, interponer directamente el recurso contencioso-administrativo, ante los correspondientes órganos judiciales de este orden, en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente al de la notificación de este acto, todo ello de conformidad con lo establecido en los artículos 116 y 117 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y en el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio.
Sevilla, 18 de septiembre de 2015.- La Directora General, Isabel Niñoles Ferrández.
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