Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 199 de 13/10/2015

4. Administración de justicia

Juzgados de Violencia sobre la Mujer

Edicto de 14 de enero de 2015, del Juzgado de Violencia sobre la Mujer núm. Dos de Sevilla, dimanante de Divorcio Contencioso núm. 105/2014. (PP. 641/2015).

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NIG: 4109142C20140015354.

Procedimiento: Familia. Divorcio Contencioso 105/2014. Negociado: J.

De: Don Juan Manuel Vela Ruiz.

Procurador: Sr. Manuel Lorenzo Varela Díaz.

Letrada: Sra. M.ª Luisa Cerrato Ruiz.

Contra: Doña Hayat Hassyoua y Ministerio Fiscal.

EDICTO

En el presente procedimiento Familia. Divorcio Contencioso 105/2014 seguido a instancia de Juan Manuel Vela Ruiz frente a Hayat Hassyoua se ha dictado sentencia, cuyo encabezamiento y fallo son del tenor literal es el siguiente:

SENTENCIA NÚM. 2/2015

En Sevilla, a 14 de enero de 2015.

Vistos por Francisco Manuel Gutiérrez Romero, Magistrado-Titular del Juzgado de Violencia sobre la Mujer núm. Dos de Sevilla y su partido judicial, los presentes autos de juicio verbal sobre Divorcio y, seguidos ante este Juzgado bajo el número 105 del año 2014, a instancia de Juan Manuel Vela Ruiz, representado por el Procurador don Manuel Varela Díaz y asistido por la Letrada doña María Luisa Cerrato Ruiz contra doña Hayat Hassyoua, declarada en rebeldía, habiendo intervenido el M. Fiscal.

FALLO

Que estimando la demanda formulada por don Manuel Varga Díaz, decreto la disolución del matrimonio contraído por ambos cónyuges don Juan Manuel Vela Ruiz y doña Hayat Hassyoua, con todas sus consecuencias legales, y elevó a definitiva las medias provisionales acordadas por Auto de fecha 26 de noviembre de 2014 (Autos 105.01/2014).

Todo ello, sin que proceda especial imposición de costas.

Esta sentencia no es firme. Contra la misma cabe interponer recurso de apelación en el plazo de veinte días.

Una vez firme la presente resolución, comuníquese al Registro Civil de Mairena del Aljarafe (Sevilla).

Líbrese testimonio de la presente resolución para su unión a los autos principales y llévese el original al libro de sentencias de este Juzgado.

Así por esta mi sentencia, la acuerdo, mando y firmo.

Y encontrándose la demandada, Hayat Hassyoua, en paradero desconocido, se expide el presente a fin que sirva de notificación en forma a la misma.

En Sevilla, a catorce de enero de dos mil quince.- El Secretario Judicial.

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