Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 207 de 23/10/2015

4. Administración de justicia

Juzgados de Violencia sobre la Mujer

Edicto de 23 de marzo de 2015, del Juzgado de Violencia sobre la Mujer núm. Uno de Jaén, dimanante de Procedimiento núm. 106/2014.

Atención: El texto que se muestra a continuación ha sido extraído de los mismos ficheros que se han utilizado para obtener el fichero PDF correspondiente del BOJA oficial y auténtico, habiéndose suprimido todas las imágenes, ciertas tablas y algunos textos de la versión oficial al existir dificultades de edición. Para consultar la versión oficial y auténtica de esta disposición puede descargarse el fichero PDF firmado de la disposición desde la sede electrónica del BOJA o utilizar el servicio de Verificación de autenticidad con CVE 00078364.

NIG: 2305042C20140005539.

Procedimiento: Familia. Modificación medidas supuesto contencioso 106/2014. Negociado: AR.

Procuradora: Sra. María del Mar Carazo Calatayud.

Letrado: Sra. María Dolores Pérez Jaraba.

Contra: don Julious Osemwegie.

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

En el procedimiento Familia. Modificación medidas supuesto contencioso 106/2014, seguido en el Juzgado de Violencia sobre la mujer núm. Uno de Jaén, a instancia de doña Joy Uyi contra don Julious Osemwegie, se ha dictado la sentencia que copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue:

SENTENCIA núm. 155/2014

Causa civil de modificación medidas acordadas en resolución anterior, seguida al número 106/2014.

En la ciudad de Jaén a 26 de diciembre de 2014, yo, don Miguel Sánchez Gasea, Juez de Violencia Sobre la Mujer de Jaén y su Partido Judicial, hallándome en el despacho del Juzgado, habiendo visto las presentes actuaciones seguidas en este Juzgado, en las que constan las siguientes partes procesales;

Demandante: Doña Yoy Uyi.

Procurador de los Tribunales: doña María del Mar Carozo Calatayud.

Letrado: Doña María Dolores Pérez Jaraba.

Demandado: Don Julious Osemwegie

FALLO

Que estimando la demanda interpuesta en las presentes actuaciones, acuerdo la modificación de las medidas acordadas en sentencia de fecha 29 de junio de 2011, del Juzgado de Primera Instancia núm. Dos de Parla (Madrid) confirmada parcialmente por sentencia de la Audiencia Provincial de Madrid, Sección núm. 22, de fecha 12 de noviembre de 2012, en la siguiente forma:

- Acuerdo la privación de la patria potestad de don Julious Osemwegie respecto de sus hijos Nathaniel Ehiwenma Osemwegie, nacido el 18 de febrero de 2008 y Natasha Oghomen Uyi nacida el 27 de octubre de 2009.

- Acuerdo la suspensión del régimen de visitas de tales hijos.

- Acuerdo que don Julious Osemwegie deberá satisfacer a doña Uyi Joy en concepto de pensión de alimentos para sus hijos, la cantidad de de 150 euros/mes para cada uno, en la cuenta bancaria o forma que designe la madre, en los cinco primeros días de cada mes. Siendo revisable anualmente conforme la variación del IPC, nunca a menos. Los gastos extraordinarios deberán ser asumidos por partes iguales por ambos progenitores.

Notifíquese a las partes personadas en la presente causa, haciéndoles saber que la misma no es firme, y que puede ser recurrida en apelación ante la Ilustrísima Audiencia Provincial de Jaén, por medio de escrito presentado en este Juzgado en el plazo de veinte días hábiles a contar desde su notificación.

Líbrese y únase certificación de esta resolución a las actuaciones con inclusión de la original en el libro de Sentencias.

Así lo pronuncia, manda y firma, Juzgando en primera instancia, don Miguel Sánchez Gasca, Juez de Violencia Sobre la Mujer de Jaén y su Partido.

Doy fe.

Publicación. Leída y publicada fue la anterior sentencia por el Sr. Juez que la suscribe, estando celebrando audiencia pública en el día de su fecha, doy fe.

Y con el fin de que sirva de notificación en forma al demandado don Julious Osemwegie, extiendo y firmo la presente.

En Jaén, a veintitrés de marzo de dos mil quince.- El/La Secretario.

Descargar PDF