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Procedimiento: 632/2014.
Ejecución de títulos no judiciales: 121.1/2015. Negociado: B3.
NIG: 2906744S20140009210.
De: Don Miguel Presa Soto.
Contra: Velezauto, S.A.
EDICTO
Don Juan Carlos Ruiz Zamora, Letrado/a de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Social núm. Siete de Málaga.
Hace saber: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 121.1/2015 a instancia de la parte actora don Miguel Presa Soto contra Velezauto, S.A., sobre Ejecución de títulos no judiciales se ha dictado Auto de fecha 3.9.2015, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:
PARTE DISPOSITIVA
S.S.ª Ilma. dijo: Procede y así por este auto se dicta orden general de ejecución, así como despachar la misma en los siguiente términos:
1. A favor de don Miguel Presa Soto, contra Velezauto, S.A.
2. El principal de la ejecución es por 18.000 €, más la cantidad de 2.880 presupuestada para intereses y costas, lo que hace un total de 20.880 .
Notifiquese la presente resolución a las partes.
Contra la misma cabe recurso de reposición ante este Juzgado de lo Social, no obstante lo cual, se llevará a efecto lo acordado. El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de tres días hábiles contados desde el siguiente de la notificación, con expresión de la infracción que a juicio del recurrente contiene la misma, sin que la interposición del recurso tenga efectos suspensivos con respecto a la resolución recurrida.
Así por este Auto, lo acuerdo, mando y firma el Ilmo./a. Sr./Sra. don Gonzalo Alonso Sierra, Magistrado Juez del Juzgado de lo Social núm. Siete de Málaga. Doy fe. El/La Magistrado/Juez. El/La Secretario/a.
Y se ha dictado Decreto de fecha 3.9.2015, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:
PARTE DISPOSITIVA
Acuerdo: Procédase a la ejecución de la conciliación por la suma de 18.000 euros en concepto de principal, más la de 2.880 euros calculadas para intereses y gastos y habiendo sido declarada la ejecutada en insolvencia provisional por el Juzgado de lo Social núm. Diez en Decreto de fecha 17.2.2015 en el procedimiento de ejecución 173/2014 y en Decreto de fecha 7.5.2015 en el procedimiento de ejecución 59/2015 y por el Juzgado de lo Social núm. Cinco en Decreto de fecha 10.2.2015 en el procedimiento de ejecución 122.1/2014, dése audiencia a la parte actora y al Fondo de Garantía Salarial a fin de que en el plazo de quince días insten la práctica de la diligencia que a su derecho convenga, conforme a lo dispuesto en el artículo 276 de la LRJS, y ello previo al dictado de decreto de insolvencia de la parte ejecutada Velezauto, S.A.
Notifíquese la presente resolución a las partes.
Modo de impugnación: Mediante recurso directo de revisión a interponer ante quien dicta esta resolución, en el plazo de tres días hábiles siguientes a su notificación con expresión de la infracción que a juicio del recurrente contiene la misma, sin que la interposición del recurso tenga efectos suspensivos con respecto a la resolución recurrida. El/La Secretario Judicial.
Y para que sirva de notificación al demandado Velezauto, S.A., actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el BOJA, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos.
En Málaga, a trece de octubre de dos mil quince.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia.
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