Atención: El texto que se muestra a continuación ha sido extraído de los mismos ficheros que se han utilizado para obtener el fichero PDF correspondiente del BOJA oficial y auténtico, habiéndose suprimido todas las imágenes, ciertas tablas y algunos textos de la versión oficial al existir dificultades de edición. Para consultar la versión oficial y auténtica de esta disposición puede descargarse el fichero PDF firmado de la disposición desde la sede electrónica del BOJA o utilizar el servicio de Verificación de autenticidad con CVE 00079457.
Procedimiento: Despido objetivo individual 1068/2014. Negociado: 4.
NIG: 4109144S20140011573.
De: Don Antonio Jiménez Monge.
Contra: Don Miguel Valdés Cruces y San Telmo Integral, S.L.
EDICTO
Don Alejandro Cuadra García, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Social núm. Cuatro de Sevilla.
Hace saber: Que en virtud de proveído dictado en esta fecha en los autos número 1068/2014 se ha acordado citar a San Telmo Integral, S.L., como parte demandada por tener ignorado paradero para que comparezcan el próximo día 4 de noviembre de 2015, a las 10,40, para asistir a los actos de conciliación y juicio en su caso, que tendrán lugar en este Juzgado de lo Social, sito en Avda. La Buhaira, núm. 26, Edif. Noga, 5.ª planta, 41018 Sevilla, debiendo comparecer personalmente o por persona legalmente apoderada y con los medios de prueba de que intente valerse, con la advertencia de que es única convocatoria y que no se suspenderán por falta injustificada de asistencia.
Igualmente, se le cita para que en el mismo día y hora, la referida parte realice prueba de confesión judicial.
Se pone en conocimiento de dicha parte, que tiene a su disposición en la Secretaría de este Juzgado de lo Social copia de la demanda presentada.
Y para que sirva de citación a San Telmo Integral, S.L.
Se expide la presente cédula de citación para su publicación el BOJA y para su colocación en el tablón de anuncios.
En Sevilla, a veintisiete de octubre de dos mil quince.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia.
«En relación a los datos de carácter personal, sobre su confidencialidad y prohibición de transmisión o comunicación por cualquier medio o procedimiento, deberán ser tratados exclusivamente para los fines propios de la Administración de Justicia (ex Ley Orgánica 15/99, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal).»
Descargar PDF