Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 22 de 03/02/2015

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Ayuntamientos

Corrección de errores del Anuncio de 15 de diciembre de 2014, del Ayuntamiento de Baeza, de bases generales del proceso selectivo para cubrir en propiedad una plaza de Auxiliar Administrativo/a de la plantilla de personal funcionario del OOAA Patronato de Juventud y Deportes (BOJA núm. 253, de 29.12.2014).

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Aprobadas las bases generales del proceso selectivo para cubrir en propiedad una plaza de Auxiliar Administrativo/a de la plantilla de personal funcionario del OOAA Patronato de Juventud y Deportes del Ayuntamiento de Baeza, publicadas en el Boletín Oficial de la Provincia de Jaén número 3, de 7 de enero de 2015, y en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía número 253, de 29 de diciembre de 2014; la Alcaldía de esta Corporación, por Decreto de fecha 20 de enero de 2015, ha resuelto corregir las citadas bases reguladoras, en el sentido siguiente:

En la base 1:

1.º Donde dice:

«La presente convocatoria se realiza al amparo de la Oferta de Empleo Público de 2014, aprobada por Resolución de Alcaldía de fecha 18 de julio de 2014, para personal laboral fijo del OOAA Patronato de Juventud y Deportes que se halle desempeñando puestos clasificados como reservados a funcionarios en la Plantilla de Personal.»

Debe decir:

«La presente convocatoria se realiza al amparo de la Oferta de Empleo Público de 2014, aprobada por Resolución de Alcaldía de fecha 18 de julio de 2014, para personal laboral fijo del OOAA Patronato de Juventud y Deportes que se halle desempeñando puestos clasificados como reservados a funcionarios en la Plantilla de Personal y para personal funcionario del grupo C2 del OOAA Patronato de Juventud y Deportes.»

2.º Donde dice:

«De conformidad con el artículo 80.3 del R.D. 364/1995, de 10 de marzo, en esta convocatoria se establece la exención de pruebas encaminadas a acreditar conocimientos ya exigidos para el ingreso como personal laboral fijo en el grupo profesional perteneciente al Cuerpo o Escala de origen. Ello encuentra su justificación en el hecho de que el personal laboral fijo, para acceder al grupo y categoría profesional perteneciente al Cuerpo o Escala de origen, superó un proceso selectivo con un programa mínimo que, de acuerdo con el artículo 8.3 del R.D. 896/1991, de 7 junio, fue de 20 temas.»

Debe decir:

«De conformidad con el artículo 80.3 del R.D. 364/1995, de 10 de marzo, en esta convocatoria se establece la exención de pruebas encaminadas a acreditar conocimientos ya exigidos para el ingreso como personal laboral fijo y personal funcionario en el grupo profesional perteneciente al Cuerpo o Escala de origen. Ello encuentra su justificación en el hecho de que el personal laboral fijo y el personal funcionario, para acceder al grupo y categoría profesional perteneciente al Cuerpo o Escala de origen, superó un proceso selectivo con un programa mínimo que, de acuerdo con el artículo 8.3 del R.D. 896/1991, de 7 junio, fue de 20 temas.»

En la base 7:

Donde dice:

«a) Estar incluido/a, a efectos de promoción interna, en lo previsto en la Disposición Transitoria Segunda de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, y en puesto/plaza previsto al citado fin en la Oferta de Empleo Público de 2014 aprobada por Resolución de Alcaldía de fecha 18 de julio de 2014 (plazas del grupo C2 de Personal Laboral Fijo del OOAA Patronato de Juventud y Deportes de la escala Administración Especial, subescala técnica, categoría Monitor Deportivo).

b) Pertenecer como personal laboral fijo a grupo y categoría profesionales equivalentes al grupo de titulación correspondiente al cuerpo o escala al que se pretende acceder, y desempeñar funciones sustancialmente coincidentes o análogas en su contenido profesional y en su nivel técnico a las que son propias de la plaza convocada por la que se opta, de acuerdo con lo establecido en la Oferta de Empleo Público de 2014 del OOAA Patronato de Juventud y Deportes.

c) Estar vinculado/a con el OOAA Patronato de Juventud y Deportes por relación laboral de carácter fija, con la titulación que se indica a continuación para la plaza convocada y haber prestado servicios efectivos durante al menos dos años en dicha plaza.

Titulación requerida: Graduado escolar, FP1 o equivalente.

d) Estar desempeñando funciones de personal funcionario a la entrada en vigor del Estatuto Básico del Empleado Público o haber pasado a desempeñarlas en virtud de pruebas de selección o promoción convocadas antes de dicha fecha.

e) No estar incurso en causa de incompatibilidad según lo dispuesto en la Ley 53/1984, de 26 de diciembre.

f) Comprometerse a prestar juramento o promesa conforme a lo previsto en el Real Decreto 707/1979, de 5 de abril.»

Debe decir:

«a) Estar incluido/a, a efectos de promoción interna, en lo previsto en la Disposición Transitoria Segunda de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, y en puesto/plaza previsto al citado fin en la Oferta de Empleo Público de 2014 aprobada por Resolución de Alcaldía de fecha 18 de julio de 2014 (plazas del grupo C2 de Personal Laboral Fijo del OOAA Patronato de Juventud y Deportes de la escala Administración Especial, subescala técnica, categoría Monitor Deportivo) o ser funcionario de carrera del grupo C2 del OOAA Patronato de Juventud y Deportes.

b) En el caso de personal laboral fijo:

b.1) Pertenecer como personal laboral fijo a grupo y categoría profesionales equivalentes al grupo de titulación correspondiente al cuerpo o escala al que se pretende acceder, y desempeñar funciones sustancialmente coincidentes o análogas en su contenido profesional y en su nivel técnico a las que son propias de la plaza convocada por la que se opta, de acuerdo con lo establecido en la Oferta de Empleo Público de 2014 del OOAA Patronato de Juventud y Deportes.

b.2) Estar vinculado/a con el OOAA Patronato de Juventud y Deportes por relación laboral de carácter fija, con la titulación que se indica a continuación para la plaza convocada y haber prestado servicios efectivos durante al menos dos años en dicha plaza.

Titulación requerida: Graduado escolar, FP1 o equivalente.

c) Estar desempeñando funciones de personal funcionario a la entrada en vigor del Estatuto Básico del Empleado Público o haber pasado a desempeñarlas en virtud de pruebas de selección o promoción convocadas antes de dicha fecha.

d) No estar incurso en causa de incompatibilidad según lo dispuesto en la Ley 53/1984, de 26 de diciembre.

e) Comprometerse a prestar juramento o promesa conforme a lo previsto en el Real Decreto 707/1979, de 5 de abril.»

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