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Por el Pleno del Ayuntamiento de Cártama (Málaga), en sesión celebrada el 23 de mayo de 2013, se ha acordado la cesión gratuita de la propiedad de una parcela de titularidad municipal a favor de la Comunidad Autónoma de Andalucía, con destino a la construcción del Centro Hospitalario de Alta Resolución Valle de Guadalhorce de Cártama (Málaga).
Por la Consejería competente en materia de salud se consideró de interés la aceptación de la referida cesión de la propiedad para fines sanitarios.
En su virtud, a propuesta de la Consejera de Hacienda y Administración Pública y previa deliberación del Consejo de Gobierno, en reunión celebrada el 17 de noviembre de 2015,
DISPONGO
Primero. De conformidad con lo previsto en el artículo 80, y concordantes, de la Ley 4/1986, de 5 de mayo, del Patrimonio de la Comunidad Autónoma de Andalucía, se acepta la cesión gratuita de la propiedad acordada por el Ayuntamiento de Cártama (Málaga), de una parcela de titularidad municipal de dicha localidad, con destino a la construcción del Centro Hospitalario de Alta Resolución Valle de Guadalhorce de Cártama (Málaga).
Consta inscrita en el Registro de la Propiedad de Álora, al tomo 1103, Libro 288, Folio 3, con el número 19.575, con la siguiente descripción:
Rústica: Hacienda del Campo llamada Manguarra y San José, situada en el término de la villa de Cártama, de cabida de cuarenta y cuatro mil ciento veintinueve metros cuadrados.
Linda: Norte, con tierras de Rafael Díaz y otras de doña Dolores Salcedo; Este, con finca matriz de la que se segrega; Oeste, con tierras de Rafael Díaz y otras de doña Dolores Salcedo; por el Sur, con el Río Fahala y el camino de Los Sotos de la Dehesa Alta, hoy carretera Cártama-Campillos; o A-357 Campillos-Málaga.
Referencia catastral número: 29038A027002440000KD y 29038A027002450000KX.
Segundo. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 27.4 de la Ley 7/1999, de 29 de septiembre, de Bienes de Entidades Locales, y artículo 50 y siguientes del Reglamento de Bienes de las Entidades Locales de Andalucía, aprobado por Decreto 18/2006, de 24 de enero, la cesión gratuita de la propiedad se formalizará mediante el oportuno documento administrativo y se inscribirá en el Registro de la Propiedad correspondiente.
Tercero. En cumplimiento de lo previsto por el artículo 14 de la Ley 4/1986, de 5 de mayo, se tomará razón en el Inventario General de Bienes y Derechos de la Comunidad Autónoma de Andalucía de la transmisión de la propiedad de la parcela descrita en el apartado primero, que se adscribe a la Consejería de Salud, con destino a uso sanitario.
Cuarto. Por la Consejería de Hacienda y Administración Pública, a través de la Dirección General de Patrimonio, se llevarán a cabo los trámites necesarios para la efectividad de cuanto dispone el presente Decreto.
Sevilla, 17 de noviembre de 2015
Susana Díaz Pacheco | |
Presidenta de la Junta de Andalucía | |
MARÍA JESÚS MONTERO CUADRADO | |
Consejera de Hacienda y Administración Pública |