Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 228 de 24/11/2015

4. Administración de justicia

Otros Tribunales Superiores de Justicia

Edicto de 13 de noviembre de 2015, del T.S.X. Galicia Sala do Social A Coruña, dimanante de recurso de suplicación núm. 0003384/2014.

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NIG: 32054 44 4 2014 0000241 N28150.

Tipo y núm. de recurso: RSU Recurso Suplicación 0003384/2014.

Juzgado de origen/Autos: Procedimiento Ordinario 0000075/2014. Jdo. de lo Social núm. Dos de Ourense.

Recurrentes: UTE Túnel de La Canda (Comsa, S.A.U., y Anchelergues e Asociados, S.L.).

Abogada: Eva López Cutillas.

Recurridos: Copersa Estructuras SVQ, S.L., Francisco Senen Fernández Carballal.

Abogada: Begoña Alonso Santamarina.

EDICTO

Doña María Isabel Freire Corzo, Letrada de la Administración de Justicia de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, hago saber:

Que en el procedimiento Recurso Suplicación 0003384/2014 de esta Sección, seguidos a instancia de UTE Túnel de La Canda (Comsa, S.A.U., y Anchelergues e Asociados, S.L.), contra la empresa Copersa Estructuras SVQ, S.L., y Francisco Senen Fernández Carballal, sobre reclamación cantidad, se ha dictado resolución, cuya parte dispositiva es la siguiente:

«Fallamos: Estimando parcialmente el recurso de suplicación interpuesto por la Entidad Mercantil Unión Temporal de Empresas Canal de La Canda (Comsa Sociedad Anónima Unipersonal y Anchelergues y asociados Sociedad Limitada) contra la Sentencia de 28 de abril de 2014, del Juzgado de lo Social número Dos de Ourense, dictada en juicio seguido a instancia de don Francisco Senen Fernández Carballal contra la recurrente y contra la Entidad Mercantil Copersa Estructuras SVQ Sociedad Limitada, la Sala la confirma sustancialmente, salvo en orden a la cuantía de la condena de la que responde solidariamente la empresa recurrente, que se reduce en 545,59 euros, con devolución íntegra del depósito y devolución en esa cuantía de consignaciones y aseguramientos. Sin imposición de costas.

Notifíquese esta resolución a las partes y a la Fiscalía del Tribunal Superior de Justicia de Galicia.

Modo de impugnación: Se hace saber a las partes que contra esta sentencia cabe interponer recurso de casación para unificación de doctrina que ha de prepararse mediante escrito presentado ante esta Sala dentro del improrrogable plazo de diez días hábiles inmediatos siguientes a la fecha de notificación’ de la sentencia. Si el recurrente no tuviera la condición de trabajador o beneficiario del régimen público de seguridad social deberá efectuar:

- El depósito de 600 € en la cuenta de 16 dígitos de esta Sala, abierta en el Banco de Santander (Banesto) con el núm. 1552 0000 37 seguida de cuatro dígitos correspondientes al núm. del recurso y dos dígitos del año del mismo.

- Asimismo si hay cantidad de condena deberá consignarla en la misma cuenta, pero con el código 80 en vez del 37 o bien presentar aval bancario solidario en forma.

- Si el ingreso se hace mediante transferencia bancaria desde una cuenta abierta en cualquier entidad bancaria distinta, habrá que emitirla a la cuenta de veinte dígitos 0049 3569 92 0005001274 y hacer constar en el campo «Observaciones o Concepto de la transferencia» los 16 dígitos que corresponden al procedimiento (1552 0000 80 o 37 **** ++).

Así por esta nuestra sentencia, lo pronunciamos, mandamos y firmamos.»

Y para que sirva de notificación en legal forma a Copersa Estructuras SVQ, S.L., en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la Oficina Judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

En A Coruña, a trece de noviembre de dos mil quince.- La Letrada de la Administración de Justicia.

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