Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 228 de 24/11/2015

4. Administración de justicia

Juzgados de Primera Instancia

Edicto de 26 de mayo de 2015, del Juzgado de Primera Instancia núm. Veintiuno de Sevilla, dimanante de autos núm. 915/2012. (PP. 2857/2015).

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NIG: 4109142C20120027114.

Procedimiento: Procedimiento Ordinario 915/2012. Negociado: 8D.

De: Dian Wagen, S.L.

Procurador: Sr. Antonio Candil del Olmo.

Contra: Servicios de Propiedad Inmobiliaria Carlos Caro, S.L.

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

En el Procedimiento Ordinario 915/2012, seguido en el Juzgado de Primera Instancia núm. Veintiuno de Sevilla, a instancia de Dian Wagen, S.L., contra Servicios de Propiedad Inmobiliaria Carlos Caro, S.L., sobre, se ha dictado la sentencia que copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue:

La Sra. llma. doña María Rosario Navarro Rodríguez, Magistrado-Juez del Juzgado de Primera Instancia núm. Veintiuno de Sevilla y su partido, habiendo visto los presentes autos de Procedimiento Ordinario 915/2012, seguidos ante este Juzgado, entre partes, de una como demandante Dian Wagen, S.L., con Procurador don Antonio Candil del Olmo y Letrado/a D/Dña.; y de otra como demandado Servicios de Propiedad Inmobiliaria Carlos Caro, S.L., en rebeldía.

Estimada parcialmente la demanda interpuesta por Dian Wagen, S.L., con Procurador don Antonio Candil del Olmo contra Servicios de Propiedad Inmobiliaria Carlos Caro, S.L., en rebeldía, se acuerda la resolución de los contratos de compraventa firmados entre ambas partes con fecha 17.4.2006 por incumplimiento de las condiciones particulares segundo y de las generales cuarta, falta de entrega de las viviendas, plazas de aparcamiento y trasteros, y falta de constitución de la garantía de las cantidades entregadas a cuenta por parte de la entidad demandada.

No hay pronunciamiento sobre las costas.

Esta resolución no es firme y contra la misma cabe interponer, en el plazo de veinte días a contar a partir de su notificación, recurso de apelación que será resuelto por la llma. Audiencia Provincial de Sevilla.

Y con el fin de que sirva de notificación en forma a la demandada, Servicios de Propiedad Inmobiliaria Carlos Caro, S.L., extiendo y firmo la presente en Sevilla, a veintiséis de mayo de dos mil quince.- El/La Secretario/a.

«En relación a los datos de carácter personal, sobre su confidencialidad y prohibición de transmisión o comunicación por cualquier medio o procedimiento, deberán ser tratados exclusivamente para los fines propios de la Administración de Justicia (ex Ley Orgánica 15/99, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal).»

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