Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 23 de 04/02/2015

2. Autoridades y personal2.2 Oposiciones, concursos y otras convocatorias

Consejería de Hacienda y Administración Pública

Resolución de 29 de enero de 2015, de la Dirección General de Recursos Humanos y Función Pública, por la que en ejecución de sentencias recaídas en relación con las pruebas selectivas, por el sistema de acceso libre, para ingreso en el Cuerpo Superior Facultativo, opción Ciencias Sociales y del Trabajo, correspondiente a la Oferta de Empleo Público de 2005, se ofertan vacantes al personal relacionado en el apartado primero de la presente Resolución.

Atención: El texto que se muestra a continuación ha sido extraído de los mismos ficheros que se han utilizado para obtener el fichero PDF correspondiente del BOJA oficial y auténtico, habiéndose suprimido todas las imágenes, ciertas tablas y algunos textos de la versión oficial al existir dificultades de edición. Para consultar la versión oficial y auténtica de esta disposición puede descargarse el fichero PDF firmado de la disposición desde la sede electrónica del BOJA o utilizar el servicio de Verificación de autenticidad con CVE 00063070.

Esta disposición incluye elementos no textuales, que no se muestran en esta página. Para visualizarlos, consulte la versión en PDF.

ANTECEDENTES

Primero. Mediante Orden de 11 de enero de 2006, de la entonces Consejería de Justicia y Administración Pública (BOJA núm. 21, de 1 de febrero), se convocaron pruebas selectivas para ingreso, por el sistema de acceso libre, en el Cuerpo Superior Facultativo, opción Ciencias Sociales y del Trabajo (A1.2028), correspondientes a la Oferta de Empleo Público de 2005, publicándose la relación definitiva de aprobados mediante Resolución de 11 de junio de 2007, de la Comisión de Selección, y realizándose la oferta de vacantes a los aspirantes seleccionados, por Resolución de 29 de junio de 2007, de la Secretaría General para la Administración Pública (BOJA núm. 139, de 16 de julio); modificada por Resolución de 25 de julio de 2007, de la Secretaría General para la Administración Pública (BOJA núm. 153, de 3 de agosto). Finalmente, por Orden de 18 de septiembre de 2007 (BOJA núm. 193, de 1 de octubre), se procede al nombramiento como funcionarios de carrera de dicho Cuerpo y opción al personal relacionado en el Anexo a la misma.

Segundo. Frente a la Resolución de 11 de junio de 2007, por la que se hace pública la relación definitiva de aprobados, fueron interpuestos recursos contenciosos-administrativos ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía con sede en Granada. Dicha Sala ha estimado parcialmente las pretensiones de algunos de los recurrentes, disponiendo en los respectivos fallos judiciales que se lleve a cabo una nueva valoración en los méritos reconocidos, con las consecuencias legales que en el proceso selectivo se deriven de la nueva puntuación concedida. En cumplimiento de los pronunciamientos judiciales firmes recaídos, la Comisión de Selección ha procedido a realizar una nueva baremación de los méritos reconocidos a los recurrentes.

Tercero. La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, sede de Granada, ha dictado diversos Autos, en relación con otros procesos selectivos, entre los que podemos citar el Auto de fecha 21 de julio de 2014, seguido en la ejecutoria núm. 245.4/2013, que establece lo siguiente: «Para asegurar tal efectividad, la Administración deberá partir de los efectos ejecutivos de los actos administrativos y de la incidencia que las sentencias firmes hubieran podido tener sobre los mismos; y en particular, en el caso que nos ocupa, de las listas de aprobados y la nota de corte cuya superación permita al aspirante tener por superado el proceso de selección. Tal nota de corte o lista de aprobados no resulta condicionada en su efectividad a las modificaciones que, respecto de la misma puedan tener futuros pronunciamientos judiciales, sino que, como acto administrativo debe desplegar la totalidad de sus efectos (incorporando las modificaciones producidas por sentencias ya dictadas y cuya firmeza se hubiera declarado) de forma inmediata. Ciertamente que la posibilidad de que la referida lista de aprobados pueda sufrir correcciones en el futuro por el dictado de sentencias que reconozcan a un determinado aspirante una concreta puntuación, puede dar lugar a variaciones en la nota de corte que podrán originar a su vez modificaciones en la lista de aspirantes que superan el proceso selectivo. Sin embargo, tal posibilidad de modificación futura no ha de suponer un obstáculo a la ejecutividad inmediata de la lista de aprobados con las modificaciones que hubiese experimentado, ni debe suponer por ello dilación en la ejecución del fallo que reconozca a los aspirantes una puntuación determinada, sin perjuicio de las conclusiones que la misma Administración deba extraer en orden a la revisión de oficio de la situación de los aspirantes a quien la nueva baremación pudiese alterar sus derechos a tener por superado el proceso de selección».

Por lo tanto, a la vista de los distintos Autos dictados por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, con sede de Granada, en los que se desestima la petición de la Administración en orden a considerar la fijación de una nueva nota de corte y de acuerdo con el informe HPPI0337/14, de 18 de noviembre de 2014, de la Asesoría Jurídica de la Consejería de Hacienda y Administración Pública, teniendo en cuenta tanto las Actas de la Comisión de Selección, como los Informes del Servicio de Selección del Instituto Andaluz de Administración Pública en ejecución de resoluciones judiciales firmes recaídas, procede realizar una oferta de vacantes conjunta para todos aquellos recurrentes con sentencia firme a los que habiéndoles diferido las consecuencias de la nueva baremación efectuada, les ha sido reconocida una puntuación superior a la nota de corte obtenida por el último opositor que superó el proceso selectivo.

Cuarto. De la documentación inscrita en el Registro General de Personal se constata que doña María Amparo Rivera Gallardo tiene inscrito los títulos de Licenciada en Derecho y en Ciencias del Trabajo y que doña María de los Reyes López Velasco, el título de Licenciada en Derecho, que les habilitan para el acceso al Cuerpo Superior Facultativo, opción Ciencias Sociales y del Trabajo.

En aplicación de lo dispuesto en el artículo 23 del Decreto 2/2002, de 9 de enero, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso, Promoción Interna, Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los funcionarios de la Administración General de la Junta de Andalucía, y el Decreto 156/2012, de 12 de junio, por el que se regula la estructura orgánica de la Consejería de Hacienda y Administración Pública, en relación con el artículo 19 de la Orden de 26 de noviembre de 2012, de la Consejería de Hacienda y Administración Pública, por la que se delegan y se atribuyen competencias en diversas materias en órganos de la Consejería de Hacienda y Administración Pública y de sus entidades instrumentales, modificado por la Orden de 29 de abril de 2013, la competencia para disponer el cumplimiento y, en su caso, la publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, de las resoluciones dictadas por los tribunales y juzgados en aquellos procedimientos en que sea parte la Consejería de Hacienda y Administración Pública, en materia general de función pública y que afecten al ámbito funcional de competencias de la Dirección General de Recursos Humanos y Función Pública, se encuentra delegada en la persona titular de la citada Dirección General, por lo que en uso de la delegación efectuada,

SE RESUELVE

Primero. Ofertar vacantes a las aspirantes que, en relación a las pruebas selectivas para ingreso, por el sistema de acceso libre, en el Cuerpo Superior Facultativo, opción Ciencias Sociales y del Trabajo (A1.2028), correspondiente a la Oferta de Empleo Público para 2005, convocadas mediante Orden de 11 de enero de 2006, de la Consejería de Justicia y Administración Pública (BOJA núm. 21, de 1 de febrero de 2006), se relacionan a continuación, todo ello en los términos establecidos en el Antecedente Tercero de la presente Resolución:

ASPIRANTE DNI PUNTUACIÓN RECONOCIDA
MARÍA AMPARO RIVERA GALLARDO 48.876.250-P 97,1958
MARÍA DE LOS REYES LÓPEZ VELASCO 75.444.992-R 95,9902

Segundo. 1. Con el fin de favorecer la celeridad de la gestión del proceso, los trámites de oferta de vacantes, presentación de documentación preceptiva y petición de destinos se sustituirán por un acto único, que se celebrará el día 19 de febrero de 2015, a las 12:00 horas, en la sede de la Dirección General de Recursos Humanos y Función Pública, sita en calle Alberto Lista, número 16, de la ciudad de Sevilla.

2. Al acto deberán comparecer las aspirantes, una vez comprobada la documentación que obra en poder de esta Administración, provistas del Documento Nacional de Identidad o Pasaporte, así como de la petición de destino, conforme al modelo que se publica como Anexo II de la presente Resolución.

Tercero. En atención a las prioridades funcionales y organizativas de los servicios de esta Administración, y teniendo en cuenta los números de orden obtenidos en el proceso selectivo, las vacantes ofertadas son las que figuran en el Anexo I de la presente Resolución.

Cuarto. La adjudicación de destinos se efectuará, a la vista de las peticiones presentadas por las aspirantes, según la puntuación obtenida en el proceso selectivo, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 25 del Decreto 2/2002, de 9 de enero.

En el supuesto de que las aspirantes convocadas no soliciten suficientes puestos de trabajo en relación con la oferta de plazas publicada, se les adjudicará destino en alguno de los puestos de trabajo que resulten vacantes del Anexo I.

Asimismo, en el caso de que, en la fecha fijada en el apartado segundo, y salvo los casos de fuerza mayor debidamente acreditada, no presentasen la documentación, o del examen de la misma se dedujera que carece de alguno de los requisitos señalados en la base segunda de la Orden de convocatoria, no podrán ser nombradas personal funcionario de carrera del Cuerpo Superior Facultativo, Opción Ciencias Sociales y del Trabajo, quedando anuladas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que pudieran haber incurrido por falsedad en la solicitud inicial.

Sevilla, 29 de enero de 2015.- La Directora General, Isabel Mayo López.

Descargar PDF