Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 231 de 27/11/2015

4. Administración de justicia

Juzgados de lo Social

Edicto de 18 de noviembre de 2015, del Juzgado de lo Social núm. Cinco de Sevilla, dimanante de autos núm. 1477/2012.

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Procedimiento: Social Ordinario 1477/2012. Negociado: 1i.

NIG: 4109144S20120016174.

De: Doña Rosario Amodeo Ruiz.

Abogado: Juan Antonio Quirós Castillo.

Contra: Eurosur Centros de Estudios, S.L.

EDICTO

Doña María Amparo Atares Calavia, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Social Núm. Cinco de Sevilla.

Hace saber: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 1477/2012 a instancia de la parte actora, doña Rosario Amodeo Ruiz, contra Eurosur Centros de Estudios, S.L., sobre Social Ordinario, se ha dictado Decreto de fecha 18 de noviembre de 2015 del tenor literal siguiente:

DECRETO NÚM. 824/15

Letrada de la Administración de Justicia, doña María Amparo Atares Calavia.

En Sevilla, a dieciocho de noviembre de dos mil quince.

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero. El 18 de diciembre de 2012 tuvo entrada en este Juzgado de lo Social núm. Cinco de Sevilla demanda presentada por Rosario Amodeo Ruiz frente a Eurosur Centros de Estudios, S.L., siendo citadas las partes para el acto de conciliación/juicio el día 30 de noviembre de 2015.

Segundo. En fecha 18 de noviembre de 2015 la parte actora doña Rosario Amodeo Ruiz ha presentado escrito manifestando que desiste de la acción entablada.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Único. Declarada por el actor su voluntad de abandonar el proceso y al no solicitar el demandado la continuación del procedimiento, procede tener al demandante por desistido de su demanda.

Vistos los preceptos legales citados y demás de general y pertimente aplicación,

PARTE dispositiva

ACUERDO:

- Tener por desistida a Rosario Amodeo Ruiz de su demanda frente a Eurosur Centros de Estudios, S.L.

- Archivar las actuaciones una vez que sea firme la presente resolución.

Notifíquese la presente resolución.

Modo de impugnacion: Podrá interponerse recurso directo de revisión ante quien dicta esta resolución, mediante escrito que deberá expresar la infracción cometida a juicio del recurrente, en el plazo de tres días hábiles siguientes a su notificación (arts. 188 y 189 de la LRJS). El recurrente que no tenga la condición de trabajador o beneficiario de régimen público de la Seguridad Social deberá hacer un depósito para recurrir de 25 euros en la Cuenta de Consignaciones de este Juzgado número abierta en Banco Santander, debiendo indicar en el campo concepto la indicación recurso seguida del código «31 Social-Revisión». Si el ingreso se hace mediante transferencia bancaria deberá incluir tras la cuenta referida, separados por un espacio con la indicación recurso seguida del código 31 Social-Revisión. Si efectuare diversos pagos en la misma cuenta deberá especificar un ingreso por cada concepto, incluso si obedecen a otros recursos de la misma o distinta clase indicando en el campo de observaciones la fecha de la resolución recurrida utilizando el formato dd/mm/aaaa. Quedan exentos de su abono, en todo caso, el Ministerio Fiscal, el Estado, las Comunidades Autónomas, las Entidades Locales y los Organismos Autónomos dependientes de ellos.

La Letrada de la Administración de Justicia.

Y para que sirva de notificación a la demandada, Eurosur Centros de Estudios, S.L., actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos.

En Sevilla, a dieciocho de noviembre de dos mil quince.- La Letrada de la Administración de Justicia.

«En relación a los datos de carácter personal, sobre su confidencialidad y prohibición de transmisión o comunicación por cualquier medio o procedimiento, deberán ser tratados exclusivamente para los fines propios de la Administración de Justicia (ex Ley Orgánica 15/99, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal).»

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