Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 232 de 30/11/2015

4. Administración de justicia

Juzgados de lo Social

Edicto de 18 de noviembre de 2015, del Juzgado de lo Social núm. Cinco de Sevilla, dimanante de autos núm. 214/2015.

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Procedimiento: 597/12 Ejecución de títulos judiciales 214/2015. Negociado: 2E.

NIG: 4109144S20120006696.

De: Doña Milagrosa Bascón Jiménez.

Contra: Asociación para el Desarrollo Local de la Comarca de Écija.

EDICTO

Doña María Amparo Atares Calavia, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Social número Cinco de Sevilla.

Hace saber: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 214/2015 a instancia de la parte actora doña Milagrosa Bascón Jiménez contra Asociación para el desarrollo local de la comarca de Écija sobre Ejecución de títulos judiciales, se ha dictado Resolución de fecha 18.11.15 del tenor literal siguiente:

DECRETO núm. 821/15

Letrada de la Administración de Justicia, doña María Amparo Atares Calavia.

En Sevilla, a dieciocho de noviembre de dos mil quince.

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero. Milagrosa Bascón Jiménez ha presentado demanda de ejecución frente a Asociación para el Desarrollo Local de la Comarca de Écija.

Segundo. Se ha dictado auto despachando ejecución en fecha 10.9.15 por un total de 15.939,45 € de principal más la de 3.188 presupuestados para intereses y costas.

Tercero. No se han encontrado bienes susceptibles de traba y se ha dado la preceptiva audiencia al Fondo de Garantía Salarial.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Único. Disponen los arts. 250 y 276 de la LRJS que de no tenerse conocimiento de la existencia de bienes suficientes del ejecutado en los que hacer traba y embargo, se practicarán las averiguaciones procedentes y de ser infructuosas, total o parcialmente, el/la Letrado/a de la Administración de Justicia de la ejecución dictará decreto de insolvencia tras oír al Fondo de Garantía Salarial y a la parte actora.

Vistos los preceptos legales citados y demás de general y pertinente aplicación,

PARTE DISPOSITIVA

ACUERDO:

Declarar al/a los ejecutado/s Asociación para el Desarrollo Local de la Comarca de Écija en situación de insolvencia total por importe de 15.939,45 € de principal más la de 3.188 presupuestados para intereses y costas, insolvencia que se entenderá a todos los efectos como provisional. Archívese el presente procedimiento y dése de baja en los libros correspondientes.

Notifíquese la presente Resolución.

Modo de impugnación: Contra la presente Resolución cabe recurso directo de revisión que deberá interponerse ante quien dicta la resolución en el plazo de tres días hábiles siguientes a la notificación de la misma, con expresión de la infracción cometida en la misma a juicio del recurrente, art. 188 LRJS.

El/La Letrado/a de la Administración de Justicia.

Y para que sirva de notificación al demandado Asociación para el Desarrollo Local de la Comarca de Écija, actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos.

En Sevilla, a dieciocho de noviembre de dos mil quince.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia.

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