Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 236 de 04/12/2015

3. Otras disposiciones

Consejería de Agricultura, Pesca y Desarrollo Rural

Resolución de 26 de noviembre de 2015, de la Secretaría General de Fondos Europeos Agrarios, por la que se delegan funciones en la Secretaría General de Medio Ambiente y Cambio Climático de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio para la ejecución del Programa de Desarrollo Rural de Andalucía 2007-2013, con cargo al Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural.

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El Reglamento (UE) núm. 1306/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, sobre la financiación, gestión y seguimiento de la Política Agrícola Común, y el Reglamento Delegado (UE) núm. 907/2014 de la Comisión, de 11 de marzo de 2014, que completa el Reglamento (UE) núm. 1306/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, en lo relativo a los organismos pagadores y otros órganos, la gestión financiera, la liquidación de cuentas, las garantías y el uso del euro, prevén una serie de requisitos, denominados criterios de autorización, que deben cumplir los organismos pagadores en lo que concierne a la liquidación de cuentas para que puedan actuar como tales.

El apartado C) Delegación, dentro del punto 1, Entorno interior, del Anexo I del citado Reglamento Delegado (UE) núm. 907/2014 de la Comisión, de 11 de marzo de 2014, contempla que, en virtud del artículo 7.1 del Reglamento (UE) núm. 1306/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, el Organismo Pagador puede delegar cualquiera de sus funciones principales excepto la relativa a la ejecución del pago.

Asimismo, el Consejo de Gobierno, mediante Acuerdo de 24 de octubre de 2006, designó y autorizó a la Consejería de Agricultura y Pesca, actual Consejería de Agricultura, Pesca y Desarrollo Rural, como Organismo Pagador en Andalucía de los gastos financiados con cargo a los Fondos Europeos Agrícolas.

Por su parte, el Decreto 38/2007, de 13 de febrero, por el que se regula el Organismo Pagador y se designan el Organismo de Certificación y la Autoridad de Gestión de los Fondos Europeos Agrícolas en la Comunidad Autónoma de Andalucía, atribuye a la persona titular de la Dirección General de Fondos Agrarios de la Consejería competente en materia de Agricultura y Pesca el ejercicio de las funciones de dirección del Organismo Pagador.

El mencionado Decreto 38/2007, de 13 de febrero, establece como función del Organismo Pagador la autorización y control de los pagos con el fin de determinar la cantidad que debe ser pagada, garantizando que las solicitudes cumplen los requisitos establecidos en la normativa comunitaria y, en el caso de las ayudas al desarrollo rural, verificando que éstas se han otorgado según el procedimiento de concesión establecido antes de la ejecución del pago. Además dispone, el citado Decreto, que las unidades administrativas de la Junta de Andalucía competentes en la ejecución del Programa de Desarrollo Rural de Andalucía integran el Área de Gestión Técnica del FEADER que ejercerá, entre otras, las funciones de autorizar los pagos y verificar que el procedimiento se ajusta a la normativa comunitaria.

El Decreto 142/2013, de 1 de octubre, por el que se establecía la estructura orgánica de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, atribuye a la Secretaría General de Gestión Integral del Medio Ambiente y Agua, entre otras funciones, las de planificación, coordinación, gestión y seguimiento de subvenciones y otros incentivos económicos en el área de Medio Ambiente, sin perjuicio de las competencias en materia de coordinación y seguimiento de programas financiados con fondos europeos que corresponden a la Viceconsejería.

En consecuencia mediante Resolución de 8 de noviembre de 2013 se delegan en la Secretaría General de Gestión Integral del Medio Ambiente y Agua la autorización y competencia para la resolución de los expedientes y control de los pagos que se correspondan con las actuaciones contempladas en las medidas 111, 122, 123, 125, 223, 225, 226, 227, 312, 313, 321, 322, 323, 331 y 511, no así respecto de las medidas 311 y 341, las cuales quedaron desprogramadas tras la quinta modificación del Programa de Desarrollo Rural (2007-2013).

Posteriormente, en virtud del Decreto 216/2015, de 14 de julio, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, desaparece la Secretaría General de Gestión Integral del Medio Ambiente y Agua, atribuyéndose las competencias en materia de coordinación de la gestión y ejecución de los programas financiados con fondos europeos en el ámbito de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, incluidos la coordinación, tramitación y seguimiento de subvenciones, a la Secretaría General de Medio Ambiente y Cambio Climático.

El Decreto 215/2015, de 14 de julio, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Agricultura, Pesca y Desarrollo Rural, en su artículo 7, asigna a la Secretaria General de Fondos Europeos Agrarios la dirección del Organismo Pagador de Andalucía de los Fondos Europeos Agrarios.

Ante el volumen y especificidad de las mencionadas medidas, el cambio de estructura orgánica y en aras de la agilidad administrativa, procede delegar las funciones de autorización y control de los pagos de subvenciones que se correspondan con las actuaciones incluidas en las medidas 111, 122, 123, 125, 223, 226, 227, 312, 313, 321, 322, 323, 331 y 511 del Programa de Desarrollo Rural de Andalucía 2007/2013 que en el ámbito de las competencias de la Secretaría General de Medio Ambiente y Cambio Climático se gestionen al amparo de las medidas recogidas en el Reglamento (CE)1698/2005 del Consejo, de 20 de septiembre de 2005, relativo a la ayuda al desarrollo rural a través del Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER).

En su virtud, y en uso de competencias que me vienen atribuidas por la legislación vigente, y, en particular, el artículo 7 del Decreto 38/2007, de 13 de febrero, y el artículo 7 del Decreto 215/2015, de 14 de julio,

RESUELVO

Primero. Se delega en la persona titular de la Secretaría General de Medio Ambiente y Cambio Climático las funciones de autorización y control de los pagos de las subvenciones a las que se refiere el Reglamento (CE) 1698/2005 del Consejo, de 20 de septiembre de 2005, relativo a la ayuda al desarrollo rural a través del Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural, que se correspondan con las actuaciones contempladas en las medidas 111, 122, 123, 125, 223, 226, 227, 312, 313, 321, 322, 323, 331 y 511 del Programa de Desarrollo Rural 2007/2013 de Andalucía y con cargo al Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER).

Segundo. Con objeto de evitar cualquier conflicto de intereses en la autorización de los pagos, por la persona titular de la Secretaría General de Medio Ambiente y Cambio Climático se garantizará la no participación de la unidad responsable de la ejecución de las operaciones con beneficiario Junta de Andalucía en los sistemas de gestión y control que garantizan el cumplimiento de la legislación que regula los regímenes de ayuda de la UE, cuyos principios generales de control se establecen en el artículo 59 del Reglamento (UE) núm. 1306/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, sobre la financiación, gestión y seguimiento de la Política Agrícola Común.

Tercero. A efectos de coordinar las actuaciones para una eficiente gestión y control de los pagos de las citadas ayudas y articular el ejercicio de las funciones delegadas, así como para especificar las exigencias procedimentales contempladas en el Reglamento (UE) 1306/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, por la Secretaría General de Medio Ambiente y Cambio Climático y la Secretaría General de Fondos Europeos Agrarios se dictarán las correspondientes instrucciones conjuntas que se estimen pertinentes.

Cuarto. En los actos y resoluciones que se adopten en virtud de esta delegación se hará constar expresamente esta circunstancia, con mención de la fecha de aprobación de la presente Resolución y su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Quinto. Queda sin efecto la Resolución de 8 de noviembre de 2013, de la Dirección General de Fondos Agrarios, por la que se delegan competencias y funciones en la Secretaría General de Gestión Integral del Medio Ambiente y Agua de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio para la ejecución del Programa de Desarrollo Rural de Andalucía con cargo al Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural.

Sevilla, 26 de noviembre de 2015.- La Secretaria General, Concepción Cobo González.

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