Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 236 de 04/12/2015

4. Administración de justicia

Juzgados de lo Social

Edicto de 12 de noviembre de 2015, del Juzgado de lo Social núm. Seis de Málaga, dimanante de autos núm. 43.1/2015.

Atención: El texto que se muestra a continuación ha sido extraído de los mismos ficheros que se han utilizado para obtener el fichero PDF correspondiente del BOJA oficial y auténtico, habiéndose suprimido todas las imágenes, ciertas tablas y algunos textos de la versión oficial al existir dificultades de edición. Para consultar la versión oficial y auténtica de esta disposición puede descargarse el fichero PDF firmado de la disposición desde la sede electrónica del BOJA o utilizar el servicio de Verificación de autenticidad con CVE 00081194.

Procedimiento: Ejecución de títulos judiciales 43.1/2015. Negociado: M.

NIG: 2906744S20130013304.

De: Don José Fernando Baren Loor.

Contra: Proicar Promotora Inmobiliaria Cárdenas, S.L.U.

EDICTO

Doña Luciana Rubio Bayo, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Social número Seis de Málaga.

Hace saber: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 43.1/2015 a instancia de la parte actora, don José Fernando Baren Loor, contra Proicar Promotora Inmobiliaria Cárdenas, S.L.U., sobre Ejecución de títulos Judiciales, se ha dictado Decreto de Insolvencia de fecha 12.11.2015 del tenor literal siguiente en su parte dispositiva:

Declarar al ejecutado Proicar Promotora Inmobiliaria Cárdenas, S.L.U., en situación de Insolvencia total por importe de 3.241,93 euros de principal más 325,00 euros presupuestados provisionalmente para intereses y costas de la ejecución, insolvencia que se entenderá a todos los efectos como provisional.

Si no manifiesta alegación alguna, archívese el presente procedimiento y dése de baja en los libros correspondientes y aplicaciones correspondientes

Notifíquese la presente Resolución a las partes.

Contra la presente resolución cabe recurso directo de revisión, que deberá interponerse ante quien dicta la resolución en el plazo de tres días hábiles siguientes a la notificación de la misma con expresión de la infracción cometida en la misma a juicio del recurrente, art. 186 LPL. El recurrente que no tenga la condición de trabajador o beneficiario de régimen público de la Seguridad Social deberá hacer un depósito para recurrir de 25 euros, en la cuenta de consignaciones y depósitos núm. 2954000031004315 debiendo indicar en el campo concepto, la indicación recurso seguida del código «31 Social-Revisión». Si el ingreso se hace mediante transferencia bancaria deberá hacerlo en la cuenta IBAN ES55 0049 3569 92 000 5001274, Concepto: 2954000031004315 y deberá incluir tras la cuenta referida, separados por un espacio con la indicación recurso Social-Revisión. Quedan exentos de su abono, en todo caso, el Ministerio Fiscal, el Estado, las Comunidades Autónomas, las Entidades locales y los Organismos Autónomos dependientes de ellos.

Así por este Decreto, lo acuerdo y firmo, Luciana Rubio Bayo, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Social número Seis de Málaga.

Lda. Admón. Justicia.

Y para que sirva de notificación al demandado Proicar Promotora Inmobiliaria Cárdenas, S.L.U., actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos.

En Málaga, a doce de noviembre de dos mil quince.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia

«En relación a los datos de carácter personal, sobre su confidencialidad y prohibición de transmisión o comunicación por culquier medio o procedimiento, deberán ser tratados exclusivamente para fines propios de la Administración de Justicia (ex Ley Orgánica 15/99, de 13 de diciembre, de protección de datos de carácter personal).»

Descargar PDF