Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 24 de 05/02/2015

1. Disposiciones generales

Consejería de Administración Local y Relaciones Institucionales

Resolución de 23 de enero de 2015, de la Secretaría General de Consumo, por la que se acuerda la ampliación del plazo de resolución de la convocatoria para el ejercicio 2014 de subvenciones a Entidades Locales de Andalucía para la financiación de actuaciones en materia de protección y defensa de las personas consumidoras y usuarias.

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Examinadas las solicitudes presentadas al amparo de la Orden de 14 de julio de 2010 (BOJA núm. 148, 29 de julio), por la que se establecen las bases reguladoras de la concesión de subvenciones a Entidades Locales de Andalucía para la financiación de actuaciones en materia de protección y defensa de las personas consumidoras y usuarias, y se efectúa convocatoria para 2010, modificada por la Orden de 19 de abril de 2013 (BOJA núm. 83, de 30 de abril), y por la Orden de 18 de septiembre de 2014 (BOJA núm. 188, de 25 de septiembre), se han apreciado los siguientes

La Resolución de 24 de septiembre de 2014 (BOJA núm. 193, de 2 de octubre), de la Secretaría General de Consumo, efectúo convocatoria pública para la concesión de subvenciones a Entidades Locales de Andalucía para la financiación de actuaciones en materia de protección y defensa de las personas consumidoras y usuarias para el año 2014, modificada por la Resolución de 30 de septiembre de 2014 (BOJA núm. 8, de 14 de enero).

HECHOS

1.º El artículo 8.1 de la Orden de 14 de julio de 2010, modificada por la Orden de 19 de abril de 2013 y por la Orden de 18 de septiembre de 2014, establece que el plazo de presentación de las solicitudes será de veinte días contados a partir del día siguiente a la fecha de la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

2.º El artículo 17.4 de la Orden citada, establece que el plazo máximo para la resolución y notificación del procedimiento será de tres meses y se computará a partir del día siguiente a la finalización del plazo para la presentación de solicitudes.

FUNDEMENTOS DE DERECHO

1.º A tenor de lo dispuesto en el artículo 17.4 de la referida Orden de 14 de julio de 2010, modificada por la Orden de 19 de abril de 2013 y por la Orden de 18 de septiembre de 2014, elevada la propuesta de resolución definitiva, la persona titular de la Secretaría General de Consumo, resolverá el procedimiento por delegación de la persona titular de la Consejería de Administración Local y Relaciones Institucionales.

2.º A la vista del estado de tramitación en que se encuentra el procedimiento de concesión de las subvenciones citadas, la modificación en el año 2014 de las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a Entidades de Andalucía para la financiación de actuaciones en materia de protección y defensa de las personas consumidoras y usuarias, así como la publicación de la Orden de 24 de octubre de 2014, sobre cierre del ejercicio presupuestario para 2014 (BOJA núm. 211, de 29 de octubre de 2014), no pudo finalizar el proceso de resolución, pese a encontrarse habilitados los medios personales y técnicos disponibles al efecto y el próximo vencimiento del plazo máximo de resolución y notificación que, salvo posibles suspensiones del mismo dadas de acuerdo con el artículo 42.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, será el 28 de enero de 2015; hacen prever que este plazo no se podrá cumplir.

3.º El artículo 42.6 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, establece que, de manera excepcional, podrá acordarse la ampliación del plazo máximo de resolución y notificación mediante motivación clara de las circunstancias concurrentes. De acordarse finalmente la ampliación del plazo máximo, éste no podrá ser superior al establecido para la tramitación del procedimiento.

Por todo ello, haciendo uso de las competencias que tengo atribuidas,

RESUELVO

Ampliar el plazo para resolver y notificar la convocatoria de subvenciones a Entidades Locales de Andalucía para la financiación de actuaciones en materia de protección y defensa de las personas consumidoras y usuarias, correspondiente al ejercicio 2014, por un plazo máximo de tres meses, a contar desde la finalización del plazo establecido en el artículo 17.4 de la Orden de 14 de julio de 2010, modificada por la Orden de 19 de abril y por la Orden de 18 de septiembre de 2014.

Contra la presente Resolución no cabe recurso alguno, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 42.6 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Sevilla, 23 de enero de 2015.- La Secretaria General, Dolores Muñoz Carrasco.

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