Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 241 de 15/12/2015

4. Administración de justicia

Audiencias Provinciales

Edicto de 30 de noviembre de 2015, de la Sección Quinta de la Audiencia Provincial de Cádiz, dimanante de recurso de Apelación Civil núm. 698/2015.

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NIG: 1100442C20130008340.

Núm. procedimiento: Recurso de Apelación Civil 698/2015.

Asunto: 500728/2015.

Autos de: Juicio Verbal (250.2) 1760/2013.

Juzgado de origen: Juzgado de Primera Instancia núm. Dos de Algeciras.

Negociado: JR.

Apelante: Silvia Sprakes Vázquez.

Procuradora: Montserrat Cárdenas Pérez

Abogada: Rafaela María Caballero Melero.

Apelado: Francisco de Paula González Carrascosa García Duarte.

EDICTO

Audiencia Provincial de Cádiz, Sección 5.

Recurso: Recurso de Apelación Civil 698/2015.

Partes: Silvia Sprakes Vázquez y Francisco de Paula González-Carrascosa García-Duarte.

Sobre: Juicio Verbal (250.2).

En el recurso referenciado se ha dictado la resolución cuyo encabezamiento y parte dispositiva es el siguiente:

AUTO NÚM.: 204/2015

Ilmos. Sres.

Don Carlos Ercilla Labarta.

Magistrados:

Don Ángel L. Sanabria Parejo.

Doña Rosa M.ª Fernández Núñez.

Juzgado: Algeciras núm. Dos.

Juicio Verbal núm. 1760/13.

Rollo Apelación Civil núm.: 698.

Año: 2015.

En la ciudad de Cádiz, a día 30 de noviembre del 2015.

Vistos en trámite de apelación por la Sección Quinta de esta Ilma. Audiencia Provincial de Cádiz los autos del recurso de apelación civil de referencia del margen, seguidos por Juicio Verbal en el que figura como parte apelante doña Silvia Sprakes Vázquez, representada por la Procuradora Sra. Montserrat Cárdenas Pérez, asistida por la Letrada Sra. Rafaela M.ª Caballero Melero, y parte apelada don Francisco de Paula González-Carrascosa García-Duarte, quien no comparece en esta alzada; actuando como Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado don Carlos Ercilla Labarta.

PARTE DISPOSITIVA

Que desestimando el recurso de apelación interpuesto por la representación de doña Silvia Sprakes Vázquez contra el Auto dictado por el Ilmo. Sr. Magistrado-Juez del Juzgado de Primera Instancia núm. Dos de los de Algeciras, en el procedimiento de que este rollo trae causa, debemos confirmar y confirmamos íntegramente el mismo, todo ello con imposición al apelante de las costas de esta alzada.

Notifíquese la presente a las partes haciéndoles saber que la misma es firme, y con certificación de la presente, devuélvanse los autos originales al Juzgado de su procedencia para la ejecución de lo resuelto.

Así por este nuestro Auto, del que se unirá testimonio al rollo de Sala, definitivamente juzgando, lo pronunciamos, mandamos y firmamos.

En atención al desconocimiento del actual domicilio o residencia de la parte apelada por resolución de 30 de noviembre de 2015 el Tribunal, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 156.4 y 164 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil, ha acordado la publicación del presente edicto en el BOJA y en el tablón de anuncios del Tribunal para llevar a efecto la diligencia de notificación de Auto .

En Cádiz, a treinta de noviembre de dos mil quince.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia.

«En relación a los datos de carácter personal, sobre su confidencialidad y prohibición de transmisión o comunicación por cualquier medio o procedimiento, deberán ser tratados exclusivamente para los fines propios de la Administración de Justicia (ex Ley Orgánica 15/99, de 13 de diciembre, de protección de datos de carácter personal).»

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