Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 243 de 17/12/2015

3. Otras disposiciones

Consejería de Educación

Resolución de 10 de diciembre de 2015, de la Delegación Territorial de Educación en Córdoba, para la concesión de subvenciones a asociaciones sin ánimo de lucro para el desarrollo de programas de prevención, seguimiento y control del absentismo escolar para el curso escolar 2015/2016.

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Resolución de la Delegación Territorial de Educación en Córdoba, para la concesión de subvenciones a asociaciones sin ánimo de lucro para el desarrollo de programas de prevención, seguimiento y control del absentismo escolar para el curso escolar 2015/2016, al amparo de la Orden de 15 de abril de 2011, así como de la Resolución de 23 de marzo de 2015.

La Ley 9/1999, de 18 de noviembre, de Solidaridad en la Educación, establece que la Consejería de Educación garantizará el desarrollo de programas de compensación educativa y social de lucha contra el absentismo escolar, así como consolidar el compromiso con la igualdad de oportunidades para todos los ciudadanos y ciudadanas, la universalización del derecho a la educación y la inclusión social de los sectores de población más desfavorecidos. Asimismo, en su artículo 4.2, establece que la Consejería de Educación garantizará el desarrollo de programas de seguimiento escolar de lucha contra el absentismo para garantizar la continuidad del proceso educativo; y en su artículo 19 determina que la Administración de la Comunidad Autónoma de Andalucía adoptará medidas que faciliten que el alumnado cuyas familias se dediquen a tareas agrícolas de temporada o profesiones itinerantes permanezca escolarizado en los centros docentes de su localidad de origen para favorecer un proceso educativo sin interrupciones y, finalmente, en su artículo 24 contempla que las Administraciones Locales colaborarán con la Administración de la Junta de Andalucía en el desarrollo de los programas y actuaciones de compensación educativa contemplados en la Ley, específicamente, en los programas de seguimiento del absentismo escolar.

La Resolución de 23 de marzo de 2015, de la Dirección General de Participación y Equidad, efectuó la convocatoria pública para la concesión de subvenciones a entidades públicas, asociaciones y otras entidades privadas en materia de equidad, participación, voluntariado, coeducación, mediación intercultural y absentismo escolar en Andalucía para el curso 2015/2016.

Estas subvenciones se rigen por lo previsto en las bases reguladoras y en las siguientes normas: La Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, de acuerdo con lo establecido en su disposición final primera; el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba su reglamento; la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común; el Título VII del Texto Refundido de la Ley General de Hacienda Pública de la Junta de Andalucía, aprobado por el Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de marzo; la vigente Ley del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía; el Decreto 282/2010, de 4 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de los procedimientos para la concesión de subvenciones de la Junta de Andalucía; la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía; la Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico a los ciudadanos a los servicios públicos; la Ley 12/2007, de 26 de noviembre, para la promoción de la igualdad de género en Andalucía; y, el Decreto 183/2003, de 24 de junio, por el que se regula la información y atención al ciudadano y la tramitación de procedimientos administrativos por medios electrónicos.

Vista la Propuesta Provisional de Resolución de 26 de junio de 2015, habiéndose concedido diez días para que las entidades pudieran reformular sus respectivos proyectos, aportar la documentación necesaria y, en su caso, aceptar o renunciar a dicha propuesta provisional, esta Delegación Territorial, teniendo en cuenta la disponibilidad presupuestaria comunicada por la Dirección General de Participación y Equidad.

HA RESUELTO

Primero. Relacionar las entidades solicitantes que han obtenido puntuación suficiente para tener la consideración de beneficiarias, por orden de puntuación, con la cuantía de la subvención otorgable, y que figuran como Anexo I.

Segundo. Relacionar las entidades solicitantes que no han obtenido puntuación suficiente, que son consideradas beneficiarias suplentes, con la cuantía de la subvención otorgable en el supuesto de que acabaran resultando beneficiarias definitivas, y que figuran como Anexo II.

Tercero. La cuantía de las subvenciones son las indicadas en el Anexo I. Estas ayudas tienen carácter de subvención mediante régimen de concurrencia competitiva y su financiación se efectuará con cargo a la aplicación presupuestaria G/42F/48100/14, siendo la cuantía destinada para la provincia de Córdoba de 21.816 euros.

Cuarto. Obligaciones de las entidades beneficiarias.

Las entidades beneficiarias tendrán las obligaciones previstas en el artículo 14 de la Ley General de Subvenciones y en el artículo 24 de la Orden de 15 de abril de 2011.

Quinto. Justificación de la subvención.

Las entidades beneficiarias destinatarias de estas ayudas, de conformidad con lo establecido en el artículo 27 de la Orden de 15 de abril de 2011 justificarán la subvención en la forma y plazos indicados. El plazo máximo para la presentación de la justificación será el establecido en el apartado 26.b) del cuadro resumen.

Córdoba, 10 de diciembre de 2015.- La Delegada, Esther Ruiz Córdoba

ANEXO I

Relación de asociaciones que han resultado beneficiarias

ASOCIACIÓN SUBVENCIÓN OTORGABLE (euros)
ADSAM 4700
CRUZ ROJA ESPAÑOLA 4200
FUNDACIÓN PROYECTO DON BOSCO 3000
ASOCIACIÓN ALDILÁ 2900
AYUMEN 1800
DOLMEN 1750
AUNAR 1750
APOYO, CULTURA Y MEDIACIÓN 1716

ANEXO II

Relación de asociaciones que han resultado beneficiarias suplentes.

ASOCIACIÓN SUBVENCIÓN OTORGABLE EN EL SUPUESTO DE QUE RESULTARA BENEFICIARIA DEFINITIVA (euros)
FAKALI- MUJERES GITANAS DE ANDALUCÍA 1000
ACUARELA DE BARRIOS 1000
BAENA SOLIDARIA 1000
ESTRELLA AZAHARA 900
AMPA ALTOGUADALQUIVIR 900
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