Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 248 de 24/12/2015

4. Administración de justicia

Juzgados de Primera Instancia

Edicto de 11 de diciembre de 2015, del Juzgado de Primera Instancia núm. Cinco de Málaga, dimanante de divorcio contencioso núm. 202/2015.

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NIG: 2906742C20150004293.

Procedimiento: Familia. Divorcio Contencioso 202/2015. Negociado: IA.

De: Don José Antonio del Castillo Cobos.

Procurador: Sr. Jesús Raúl Pérez Segura.

Letrada: Sra. Carmen Domínguez Aguilar.

Contra: Don/Doña Rie Aoki.

EDICTO

En el presente procedimiento Familia. Divorcio Contencioso 202/2015, seguido a instancia de don José Antonio del Castillo Cobos frente a don/doña Rie Aoki se ha dictado sentencia, cuyo tenor literal es el siguiente:

FALLO

Estimar la demanda de divorcio interpuesta por don José Antonio del Castillo Cobos contra don/doña Rie Aoki, y en consecuencia debo acordar y acuerdo la disolución del matrimonio por divorcio de los expresados con todos los efectos legales, abonando cada parte sus propias costas.

Notifíquese la presente a las partes y a través de edictos que se publicará en el BOJA a la demandada rebelde, dada su situación de paradero desconocido.

Contra esta resolución cabe recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Málaga (artículo 455 LEC). El recurso se interpondrá por medio de escrito presentado en este Juzgado en el plazo de veinte días hábiles contados desde el día siguiente de la notificación, limitado a citar la resolución apelada, con expresión de los pronunciamientos que impugna (artículo 458 LEC).

Y encontrándose dicho demandado, Rie Aoki, en paradero desconocido, se expide el presente a fin que sirva de notificación en forma al mismo.

En Málaga, a once de diciembre de dos mil quince.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia.

«En relación a los datos de carácter personal, sobre su confidencialidad y prohibición de transmisión o comunicación por cualquier medio o procedimiento, deberán ser tratados exclusivamente para los fines propios de la Administración de Justicia (ex Ley Orgánica 15/99, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal).»

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