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Que mediante oficio emitido por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo núm. Ocho de Sevilla en el procedimiento ordinario 531/2014, interpuesto por la entidad Confederacion Sindical de Comisiones Obreras de Andalucía contra la Resolución de 8 de septiembre de 2014 de la Dirección General de Políticas Activas de Empleo, por la que se desestima el recurso de reposición interpuesto contra la Resolución de 25 de abril de 2014, se ordena al Servicio Andaluz de Empleo que proceda a notificar la resolución que acuerde la remisión del expediente administrativo y a emplazar a cuantos resulten interesados en el procedimiento para que puedan personarse como demandados.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero. El artículo 48 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa (LJCA), dispone que el expediente deberá ser remitido al órgano jurisdiccional en el plazo improrrogable de veinte días a contar desde que la comunicación judicial tenga entrada en el registro general del órgano requerido.
Segundo. La administración demandada deberá proceder a notificar en los cinco días siguientes a su adopción, a cuantos aparezcan como interesados en el mismo, emplazándoles para que puedan comparecer y personarse en el plazo de nueve dias.
En virtud de cuanto antecede, esta Secretaría General, en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 20 del Decreto 149/2012, de 5 de junio, por el que se regula la estructura orgánica de la Consejería de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo (BOJA núm. 115, de 13 de junio de 2012), y el artículo 15 bis) de los Estatutos del Servicio Andaluz de Empleo, aprobado por Decreto 96/2011, de 19 de abril (BOJA núm. 83, de 29 abril 2011).
RESUELVE
Primero. La remisión del expediente administrativo SC/OCO/00031/2011 de la entidad Confederación Sindical de Comisiones Obreras de Andalucía al Juzgado de lo Contencioso-Administrativo núm. Ocho de Sevilla.
Segundo. Notificar la presente Resolución a cuantos aparezcan como interesados en el procedimiento ordinario 531/2014, para que puedan personarse como demandados en el plazo de nueve días ante el Juzgado en legal forma, haciéndoles saber que de personarse fuera del indicado plazo, se les tendrá por parte, sin que por ello deba retrotraerse ni interrumpirse el curso del procedimiento, y si no se personaren oportunamente, continuará el procedimiento por sus trámites, sin que haya lugar a practicarles notificación de clase alguna, según lo previsto en el artículo 50.3 de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Tercero. Publicar la presente resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, a efectos de notificación a los interesados.
Sevilla, 28 de enero de 2015.- La Secretaria General, M.ª Luz Fernández Sacristán.
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