Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 4 de 08/01/2015

4. Administración de justicia

Juzgados de lo Social

Edicto de 18 de diciembre de 2014, del Juzgado de lo Social Núm. Cuatro de Palma de Mallorca, dimanante de autos núm. 0000849/2013

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NIG: 07040 44 4 2013 0003203 074100.

Procedimiento ordinario: 0000849/2013.

Procedimiento origen: /

Sobre: Ordinario.

Demandante: Fundación Laboral de la Construcción.

Demandado: GVJ Ferralla, S.L.

EDICTO

Doña Francisca María Reus Barceló, Secretario del Juzgado de lo Social número Cuatro de Palma de Mallorca.

Hago saber: Que por resolución dictada en el dia de la fecha, en el proceso seguido a instancia de Fundación Laboral de la Construcción contra GVJ Ferralla, S.L., en reclamación por Ordinario, registrado con el núm. Procedimiento Ordinario 0000849/2013, se ha acordado, en GVJ Ferralla, S.L., en ignorado paradero, a fin de que comparezca el día 5.3.2015, a las 12,45 horas, en C/ Travessa den Ballester, Sala 008, para la celebración de los actos de conciliación y en su caso juicio, pudiendo comparecer personalmente o mediante persona legalmente apoderada, y que deberá acudir con todos los medios de prueba de que intente valerse, con la advertencia de que es única convocatoria y que dichos actos no se suspenderán por falta injustificada de asistencia.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

En caso de que pretenda comparecer al acto del juicio asistido de Abogado o representado técnicamente por Graduado Social colegiado, o representado por Procurador, pondrá esta circunstancia en conocimiento del Juzgado o Tribunal por escrito, dentro de los dos días siguientes al de su citación para el juicio, con objeto de que, trasladada tal intención al actor, pueda éste estar representado técnicamente por Graduado Social colegiado, o representado por Procurador, designar Abogado en otro plazo igual o solicitar su designación a través del turno de oficio. La falta de cumplimiento de estos requisitos supone la renuncia de la parte al derecho de valerse en el acto de juicio de Abogado, Procurador o Graduado Social colegiado.

Y para que sirva de citación, se expide la presente cédula para su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Illes Balears y Sevilla y colocación en el tablón de anuncios.

En Palma de Mallorca, a dieciocho de diciembre de dos mil catorce.- El/La Secretario Judicial.

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