Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 48 de 11/03/2015

5. Anuncios5.2 Otros anuncios oficiales

Ayuntamientos

Anuncio de 23 de febrero de 2015, del Ayuntamiento de Albanchez, de bases de la convocatoria para cubrir dos plazas de Operario de Servicios Generales.

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DECRETO DE LA ALCALDÍA (RESOLUCIÓN 13/15)

Don Francisco Martínez García, Alcalde-presidente del Excmo. Ayuntamiento de Albanchez (Almería), en cumplimiento de lo dispuesto en la Resolución de la Alcaldía de fecha 23 de enero de 2015, por la que se aprueba la Oferta de Empleo Público del Excmo. Ayuntamiento de Albanchez, Almería, para 2015, y de conformidad con lo establecido en el artículo 91.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local, así como en los arts. 55 y demás concordantes de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, el Alcalde-presidente del Excmo. Ayuntamiento de Albanchez, Almería, en virtud de las competencias asignadas por el art. 21.1.g) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, por la presente vengo a resolver:

Primero. Convocar pruebas selectivas para la provisión de dos plazas vacantes de personal laboral fijo de nuevo ingreso, grupo de clasificación E, agrupaciones profesionales, categoría de Operario de Servicios Generales, en el Ayuntamiento de Albanchez (Almería).

BASES DE LA CONVOCATORIA

1. Normas generales.

1.1. Se convocan pruebas selectivas para cubrir dos plazas vacantes de personal laboral fijo de nuevo ingreso, grupo de clasificación E, agrupaciones profesionales, categoría de Operario de Servicios Generales. Mediante el sistema de acceso libre y por concurso oposición.

1.2. La adjudicación de las plazas a los aspirantes aprobados se efectuará de acuerdo con la calificación final obtenida, una vez aplicado lo dispuesto en la base 1.3.1.2.

1.3. Las pruebas selectivas constarán de una fase de concurso y otra de oposición.

1.3.1. La Fase de Concurso, con una puntuación máxima de 10 puntos, que no tendrá carácter eliminatorio ni podrá tenerse en cuenta para superar la fase de oposición, se estructura en la valoración de cada uno de los siguientes méritos:

1.3.1.1. Servicios prestados como personal laboral en las distintas administraciones públicas, hasta un máximo de 10 puntos:

A) Por cada mes completo de servicios prestados como personal laboral en la plantilla de una Administración Local: 0,10 puntos, hasta un máximo de 10 puntos.

B) Por cada mes completo de servicios prestados como personal laboral en la plantilla de otra Administración Pública distinta a la Local: 0,05 puntos, hasta un máximo de 2 puntos.

1.3.1.2. Titulación académica. Por estar en posesión de titulación académica superior a la exigida para participar en el presente proceso selectivo: 5 puntos.

1.3.1.3. Cursos de formación relacionados directamente con el puesto al que se opta e impartidos por los órganos o centros de formación de las distintas administraciones públicas, de un mínimo de 20 horas: 0,01 puntos por hora, con un máximo de 2 puntos.

1.3.1.4. La puntuación obtenida en esta fase se añadirá, a fin de determinar la calificación final de cada aspirante, a la obtenida en la fase de oposición, siempre que en este último se haya superado la puntuación mínima necesaria para aprobar.

1.3.2. Fase de Oposición. Consistirá en un ejercicio teórico-práctico, que consistirá en resolver las cuestiones teórico-prácticas sobre el programa de estas pruebas que se incluye como Anexo I. El tiempo máximo para su realización será de sesenta minutos. Se calificará de cero a veinte puntos. Para superar este ejercicio será preciso obtener un mínimo de diez puntos.

1.4. Las pruebas selectivas se desarrollarán con arreglo al siguiente calendario:

1.4.1. La valoración de méritos de la fase de concurso se iniciará a partir del día siguiente a la elevación a definitiva de la lista de aspirantes admitidos.

1.4.2. El ejercicio de la fase de oposición se realizará en la fecha y lugar que se indiquen en la Resolución que se publique en el tablón de anuncios y la página web del Ayuntamiento, según se indica en la base 4.1.

1.5. Se exigirá a los participantes el pago de derechos de examen de 20,00 €, que serán ingresadas en la Entidad Bancaria Cajamar en la Cta. Cte. núm. ES19 3058 0030 6427 3220 0096.

2. Requisitos de los aspirantes.

2.1. Los aspirantes deberán cumplir los requisitos indicados a continuación en el momento de finalizar el plazo de presentación de solicitudes y mantenerlos hasta el momento de la toma de posesión:

2.1.1. Poseer la nacionalidad española o de cualquier país miembro de la Unión Europea, o en caso de ser extranjero cumplir los requisitos del art. 10 de la La Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social, modificada por la Ley Orgánica 8/2000, de 22 de diciembre, y de acuerdo con el Real Decreto 864/2001, de 20 de julio, por el que se aprueba el reglamento de ejecución de la Ley Orgánica 4/2000.

2.1.2. Tener cumplidos los dieciséis años.

2.1.3. Estar en posesión de Título de Enseñanza Secundaria Obligatoria o equivalente.

2.1.4. No padecer enfermedad ni estar afectado por limitación física o psíquica que sea incompatible con el desempeño de las correspondientes funciones.

2.1.5. No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas.

3. Solicitudes.

3.1. La solicitud para tomar parte en estas pruebas selectivas, cuyo modelo se reproduce en el Anexo II de esta convocatoria, serán facilitadas en las Oficinas de Registro General del Excmo. Ayuntamiento de Albanchez.

3.2. A la solicitud, que deberá contener domicilio, teléfono y correo electrónico en su caso, del aspirante, se acompañarán los siguientes documentos:

3.2.1. Fotocopia compulsada del DNI.

3.2.2. Fotocopia compulsada o Certificado de los Títulos Académicos, cursos, y demás méritos que pretendan acreditar en la fase de concurso según la base 1.3.1. de la presente convocatoria, y en definitiva acreditación de toda la puntuación adicional que aleguen.

3.2.3. Justificante de pago de los derechos de examen.

3.3. Las solicitudes se dirigirán al Alcalde-Presidente del Excmo. Ayuntamiento de Albanchez.

3.4. El plazo de presentación de solicitudes será de veinte días a partir del día siguiente de la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial del Estado o Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

3.5. La presentación de solicitudes podrá efectuarse en el Registro General del Excmo. Ayuntamiento de Albanchez, o en la forma que establece el art. 38.4 de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

3.6. Los aspirantes quedan vinculados a los datos que hayan hecho constar en su solicitud. El domicilio que figura en la solicitud se considerará el único válido a efectos de notificaciones, siendo responsabilidad exclusiva del concursante, tanto los errores en la consignación del mismo como la falta de comunicación de cualquier cambio de domicilio.

3.7. De acuerdo con lo establecido en el art. 71 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, si la solicitud no reuniera los datos exigidos o no se aportaran los documentos previstos en estas Bases, se requerirá al interesado para que, en el plazo de diez días, subsane la falta.

4. Admisión de solicitudes.

4.1. Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, el Alcalde-Presidente del Excmo. Ayuntamiento de Albanchez publicará en los tablones de anuncios y en la página web de este Ayuntamiento, Resolución por la que se aprueba la lista provisional de concursantes admitidos y excluidos, con expresión, en su caso, de las causas de la exclusión.

4.2. Se concederá un plazo de diez días a efectos de reclamación ante el Alcalde-Presidente del Excmo. Ayuntamiento de Albanchez. Transcurrido dicho plazo, se publicará la lista definitiva de admitidos y excluidos, en la que se resolverán las reclamaciones presentadas contra la lista provisional. La publicación se realizará igualmente en los tablones de anuncios y en la página web del Ayuntamiento de Albanchez.

4.3. Contra dicha Resolución podrá interponerse recurso de alzada ante el Alcalde-Presidente del Excmo. Ayuntamiento de Albanchez en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de su publicación, que no tendrá efectos suspensivos.

5. Tribunal.

5.1. El Tribunal calificador de estas pruebas estará formado por cinco miembros titulares, que deberán tener designado también un suplente cada uno y cuya identidad deberá ser publicada en los tablones de anuncios y en la página web del Ayuntamiento de Albanchez con carácter previo al inicio de las pruebas selectivas.

5.2. Con independencia del personal colaborador que será nombrado por resolución de la Alcaldía, el Presidente del Tribunal podrá disponer la incorporación al mismo de asesores especialistas (con voz pero sin voto) para las pruebas correspondientes a los ejercicios que estime pertinentes, limitándose dichos asesores a prestar su colaboración en sus especialidades técnicas. La designación de dichos Asesores deberá comunicarse a la Alcaldía.

5.3. Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de intervenir cuando concurran en ellos circunstancias de las previstas en el artículo 28 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, o si se hubiesen realizado tareas de preparación de aspirantes a pruebas selectivas en los cinco años anteriores a la publicación de esta convocatoria.

Asimismo, los aspirantes podrán recusar a los miembros del Tribunal en los casos y formas que establece el art. 29 de la Ley 30/1.992 de 26 de noviembre, así como en el resto de los casos previstos en el párrafo anterior.

5.4. Previa convocatoria del Presidente, se constituirá el Tribunal, con asistencia de la mayoría de sus miembros, titulares o suplentes.

En dicha sesión, el Tribunal acordará todas las decisiones que le correspondan en orden al correcto desarrollo de las pruebas selectivas.

5.5. A partir de su constitución, el Tribunal, para actuar válidamente, requerirá presencia de la mayoría de sus miembros, titulares o suplentes y, en todo caso, la del Presidente titular o suplente.

5.6. El Presidente del Tribunal adoptará las medidas para garantizar que el ejercicio escrito de la fase de oposición, sea corregido sin que se conozca la identidad de los aspirantes.

El Tribunal excluirá aquellos candidatos en cuyos ejercicios figuren nombres, rasgos, marcas o signos que permitan conocer la identidad del opositor.

5.7. A efectos de comunicaciones y demás incidencias, el Tribunal tendrá su sede en la del Excmo. Ayuntamiento de Albanchez, Plaza de la Constitución, núm. 1.

6. El desarrollo de las pruebas.

6.1. El ejercicio de las presentes pruebas se celebrarán en Albanchez, Almería.

6.2. En cualquier momento, los aspirantes podrán ser requeridos por miembros del Tribunal con la finalidad de acreditar su identidad.

6.3. Si en el transcurso del procedimiento selectivo el Tribunal tuviese conocimiento de que alguno de los aspirantes no cumple uno o varios de los requisitos exigidos por la presente convocatoria, previa audiencia del interesado, deberá proponer su exclusión al Alcalde-Presidente del Excmo. Ayuntamiento de Albanchez, comunicándole asimismo las inexactitudes o falsedades formuladas por el aspirante en la solicitud de admisión, a los efectos procedentes. Contra la exclusión del aspirante podrá interponerse recurso de alzada ante el Alcalde-Presidente.

6.4. Los aspirantes serán convocados para el ejercicio escrito en único llamamiento, siendo excluidos de la fase de oposición quienes no comparezcan, salvo en los casos de fuerza mayor, debidamente justificados y motivadamente apreciados por el Tribunal.

6.5. La publicación del anuncio de la celebración del ejercicio escrito, se efectuará por el Tribunal en los tablones de anuncios y en la página web del Ayuntamiento de Albanchez, con cuarenta y ocho horas, al menos, de antelación a la señalada para la realización o iniciación del mismo.

7. Lista de aprobados.

7.1. Concluida la valoración de los méritos de la fase de concurso correspondiente a estas pruebas selectivas, el Tribunal hará pública, en los lugares indicados en la base 4.1, la relación de aspirantes, con indicación de la puntuación obtenida y del documento nacional de identidad.

7.2. Realizado el ejercicio escrito de la fase de oposición, el Tribunal elevará a la Alcaldía-Presidencia del Excmo. Ayuntamiento de Albanchez, la relación definitiva con los aspirantes aprobados, en la que constarán las calificaciones de cada una de las fases de concurso y de oposición, y la suma total, siendo vinculante para la Administración, salvo que se hubiera incurrido en defectos esenciales de procedimiento. Esta relación será hecha pública en los lugares indicados en la base 4.1.

7.3. El Tribunal no podrá aprobar ni declarar que han superado las pruebas selectivas un número superior de aspirantes al de plazas convocadas por el presente Acuerdo de convocatoria. Cualquier propuesta de aprobados que contravenga lo establecido será nula de pleno derecho.

8. Presentación de documentos.

8.1. En el plazo de veinte días naturales, a contar desde el día siguiente a aquel en que se hicieran públicas en los lugares indicados en la base 4.1, la relación definitiva con los aspirantes aprobados, éstos deberán presentar ante el Excmo. Ayuntamiento de Albanchez, en Plaza de la Constitución, núm. 1, la documentación acreditativa de los requisitos establecidos que no hubiesen presentado con anterioridad: certificado médico acreditativo de no padecer enfermedad ni estar afectado por limitación física o psíquica que sea incompatible con el desempeño de las correspondientes funciones; y declaración jurada de no haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas.

8.2. Si dentro del plazo fijado y salvo los casos de fuerza mayor, no presentaren la documentación, o del examen de la misma se dedujera que carecen de alguno de los requisitos señalados en la base 2, no podrán ser contratados como personal laboral fijo de plantilla y quedarán anuladas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que hubiere incurrido por falsedad en la solicitud inicial.

9. Contratación e incorporación.

9.1. El Alcalde-Presidente del Excmo. Ayuntamiento de Albanchez, en el plazo de un mes y mediante Resolución que se publicará en el lugar y en la forma previstos en la base 4.1, citará a los aspirantes seleccionados a la firma de contrato laboral fijo, con expresión del destino concreto adjudicado en su caso.

9.2. En el plazo improrrogable de un mes, contado a partir del día siguiente a la publicación de la resolución, deberá el interesado firmar el contrato laboral fijo e incorporarse a su destino, perdiendo los derechos de las pruebas selectivas si dejara pasar el plazo para firmar e incorporarse, salvo los casos de fuerza mayor.

9.3. La firma del contrato y la incorporación de los interesados se realizará previa presentación por escrito de la declaración de no encontrarse en situación de incompatibilidad para el desempeño de la plaza, o bien haber efectuado la opción regulada por el artículo 10 de la Ley 53/1984, de 26 de diciembre.

10. Norma final.

10.1. La convocatoria y sus bases y cuantos actos administrativos se deriven de esta y de las actuaciones del Tribunal, podrán ser impugnadas por los interesados en los casos y en las formas establecidos en la Ley 30/1992 de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

10.2. Asimismo, la Administración podrá, en su caso, proceder a la revisión de las resoluciones del Tribunal, conforme a lo previsto en la misma norma.

ANEXO I. PROGRAMA

OPERARIO DE SERVICIOS GENERALES

Grupo I. Oficios

Tema 1. Albañilería: tareas desarrolladas por el peón u operario. Útiles y herramientas manuales. Aglomerantes (yeso, cemento, cal: definición). Áridos, ladrillos: definición y tipos. Aglomerados (morteros simples, hormigones en masa y hormigones armados).

Tema 2. Electricidad: tareas desarrolladas por el peón u operario. Útiles y herramientas manuales.

Tema 3. Jardinería: tareas desarrolladas por el peón u operario. Útiles y herramientas manuales. Partes básicas de las plantas: tallo, raíz, hojas y flor. Procesos básicos de las plantas (respiración, fotosíntesis, transpiración). Conocimientos básicos de tipos de injertos, acodos y esquejes.

Tema 4. Limpieza: tareas desarrolladas por el peón u operario. Útiles, productos y herramientas manuales para la limpieza.

Tema 5. Pintura: tareas desarrolladas por el peón u operario. Útiles y herramientas manuales.

Tema 6. Carpintería: tareas desarrolladas por el peón u operario. Útiles y herramientas manuales.

Tema 7. Fontanería: tareas desarrolladas por el peón u operario. Útiles y herramientas manuales.

Tema 8. Herrería: tareas desarrolladas por el peón u operario. Útiles y herramientas manuales.

Grupo II. Normativa

Tema 1. Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales. Definiciones (art. 4). Derecho a la protección frente a riesgos laborales. Principios de la acción preventiva (arts. 14 y 15).

Tema 2. Derechos de los Empleados Públicos. Derechos individuales. Derechos individuales ejercidos colectivamente (arts. 14 y 15 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del EBEP).

Tema 3. Derecho a la Negociación Colectiva, Representación y Participación Institucional. Derecho de reunión: Principios Generales, Negociación Colectiva y Participación del Personal Laboral (arts. 31 y 32 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del EBEP).

Tema 4. Deberes de los Empleados Públicos. Código de conducta. Principios éticos. Principios de conducta (arts. 52, 53 y 54 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del EBEP).

ANEXO II

S O L I C I T U D

AL ALCALDE PRESIDENTE

EXCMO. AYUNTAMIENTO DE ALBANCHEZ

SOLICITUD DE PARTICIPACIÓN

PRUEBAS SELECTIVAS ACCESO

OPERARIO DE SERVICIOS GENERALES

GRUPO DE CLASIFICACIÓN E, AGRUPACIONES PROFESIONALES

Apellidos: .................................................................................................................................................................

Nombre: ..................................................................................................................................................................

DNI: ..........................................................................................................................................................................

Domicilio: ................................................................................................................................................................

Teléfono: ..................................................................................................................................................................

Correo electrónico: .................................................................................................................................................

Documentos que acompaña:

□ Fotocopia del DNI.

□ Título de ESO o equivalente.

□ Justificante de abono de los derechos de examen.

□ Justificantes de méritos: (relacionados).

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Albanchez, a veintitrés de febrero de dos mil quince.- El Alcalde, Francisco Martínez García.

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