Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 49 de 12/03/2015

3. Otras disposiciones

Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio

Orden de 2 de marzo de 2015, de rectificación de la Orden de 5 de febrero de 2009, por la que se aprueba el deslinde parcial de la agrupación de Montes Públicos «Sierras de Baza», con código de la Junta de Andalucía que se cita, propiedad de la Comunidad Autónoma de Andalucía y sito en el término municipal de Baza, provincia de Granada.

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Expte. MO/00006/2006.

Una vez aprobado el deslinde parcial de la agrupación de montes públicos Sierras de Baza, con código de la Junta de Andalucía GR-11017-JA, propiedad de la Comunidad Autónoma de Andalucía, y situado en el término municipal de Baza, provincia de Granada, mediante Orden de 5 de febrero de 2009, de la Consejería de Medio Ambiente (publicada en el BOJA núm. 44, de 5 de marzo de 2009), se han advertido los siguientes errores y omisiones de hecho:

Primero. Existe un error en el código de la Junta de Andalucía asignado a la agrupación de montes, ya que aparece el código GR-11011-JA, siendo el código correcto de la agrupación el GR-11017-JA. Dicho error aparece en tres ocasiones.

Segundo. En el punto segundo del apartado resolutorio de la Orden se omite una de las tres fincas registrales afectadas por el deslinde. Las fincas registrales de titularidad pública afectadas por el deslinde eran la finca 3 909 relativa al monte público «Calar de Casa Heredia» y las fincas 2 135 y 13 380 relativas al monte público «Fuente del Pino y Mimbreras», si bien esta última, la 13 380, se omitió por error.

Tercero. Como resultado de esta omisión no se contabilizó la superficie inscrita en el Registro de la Propiedad de dicha finca, contabilizándose solamente la superficie de la finca registral 2 135, por lo que la superficie escriturada correcta es de 783,00 hectáreas, y no de 354,42 hectáreas, como aparece en la Orden.

Por ello, en virtud de lo dispuesto en el artículo 105.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y conforme a lo establecido en el artículo 116.4 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía, se procede a la siguiente rectificación:

1. En el titulo de la Orden, donde dice:

ORDEN DE 5 DE FEBRERO DE 2009, DE LA CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, POR LA QUE SE APRUEBA EL DESLINDE PARCIAL DE LA AGRUPACIÓN DE MONTES PÚBLICOS «SIERRA DE BAZA», CON CÓDIGO DE LA JUNTA DE ANDALUCÍA GR-11001-JA, PROPIEDAD DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE ANDALUCÍA Y SITO EN EL TÉRMINO MUNICIPAL DE BAZA, PROVINCIA DE GRANADA

Debe decir:

ORDEN DE 5 DE FEBRERO DE 2009, DE LA CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, POR LA QUE SE APRUEBA EL DESLINDE PARCIAL DE LA AGRUPACIÓN DE MONTES PÚBLICOS «SIERRAS DE BAZA», CON CÓDIGO DE LA JUNTA DE ANDALUCÍA GR-11017-JA, PROPIEDAD DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE ANDALUCÍA Y SITO EN EL TÉRMINO MUNICIPAL DE BAZA, PROVINCIA DE GRANADA

2. En el primer párrafo de la Orden, donde dice:

Visto el expediente núm. MO/00006/2006 de deslinde parcial de la Agrupación Montes Públicos «Sierra de Baza», con Código de la Junta de Andalucía GR-11001-JA, propiedad de la Comunidad Autónoma de Andalucía…

Debe decir:

Visto el expediente núm. MO/00006/2006 de deslinde parcial de la Agrupación Montes Públicos «Sierras de Baza», con Código de la Junta de Andalucía GR-11017-JA, propiedad de la Comunidad Autónoma de Andalucía…

3. En el punto primero del apartado resolutorio de la Orden, donde dice:

1.º Aprobar el expediente de deslinde parcial de la Agrupación de Montes Públicos «Sierra de Baza» relativo al perímetro exterior de los montes públicos «Calar de Casa Heredia» y «Fuente del Pino y Mimbreras», Código de la Junta de Andalucía GR- 11001-JA, propiedad de la Comunidad Autónoma de Andalucía…

Debe decir:

1.º Aprobar el expediente de deslinde parcial de la Agrupación de Montes Públicos «Sierras de Baza» relativo al perímetro exterior de los montes públicos «Calar de Casa Heredia» y «Fuente del Pino y Mimbreras», Código de la Junta de Andalucía GR- 11017-JA, propiedad de la Comunidad Autónoma de Andalucía…

4. En el punto segundo del apartado resolutorio de la Orden, donde dice:

2.º Que estando inscrito los montes públicos en el Registro de la Propiedad de Baza con los siguientes datos registrales:

Monte Público TOMO LIBRO FOLIO FINCA INSCRIPCIÓN
«Calar de Casa Heredia» 939 331 15 3.909 3.ª
«Fuente del Pino y Mimbreras» 934 330 203 2.135 5.ª

Debe decir:

2.º Que estando inscrito los montes públicos en el Registro de la Propiedad de Baza con los siguientes datos registrales:

Monte Público TOMO LIBRO FOLIO FINCA INSCRIPCIÓN
«Calar de Casa Heredia» 939 331 15 3.909 3.ª
«Fuente del Pino y Mimbreras» 934 330 203 2.135 5.ª
939 331 58 13.380 4.ª

5. En el mismo punto segundo del apartado resolutorio de la Orden, donde dice:

Denominación: «Fuente del Pino y Mimbreras».

Pertenencia: Comunidad Autónoma de Andalucía.

Superficie escriturada: 354,42 ha.

Término municipal: Baza.

Debe decir:

Denominación: «Fuente del Pino y Mimbreras».

Pertenencia: Comunidad Autónoma de Andalucía.

Superficie escriturada: 783,00 ha.

Término municipal: Baza.

Las correcciones señaladas no suponen alteración, ni modificación de derechos de terceros afectados por el deslinde.

Sevilla, 2 de marzo de 2015

maría jesús serrano jiménez
Consejera de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio
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