Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 49 de 12/03/2015

4. Administración de justicia

Juzgados de Primera Instancia e Instrucción

Edicto de 13 de noviembre de 2014, del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción núm. Uno de Cabra, dimanante de procedimiento ordinario núm. 354/2011. (PP. 223/2015).

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Número de Identificación General: 1401341C20111000361.

Procedimiento: Procedimiento Ordinario 354/2011. Negociado: SC.

EDICTO

Juzgado: Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número Uno de Cabra.

Juicio: Procedimiento Ordinario 354/2011.

Parte demandante: Banco Bilbao Vizcaya Argentaria, S.A.

Parte demandada: Jorge Urbano Navas y Margarita Ríos Ruiz.

Sobre: Procedimiento Ordinario.

En el juicio referenciado se ha dictado la sentencia, cuyo encabezamiento y fallo es del tenor literal siguiente:

SENTENCIA núm. 76/2014

Juez que la dicta: Don Juan José Vivas González.

Lugar: Cabra.

Fecha: Once de noviembre de dos mil catorce.

Parte demandante: Banco Bilbao Vizcaya Argentaria, S.A.

Abogado: Vicente Villarreal Luque.

Procurador: María Sierra Manchado Ropero.

Parte demandada: Jorge Urbano Navas y Margarita Ríos Ruiz.

Abogado:

Procurador:

Objeto del juicio: Reclamacion de cantidad.

FALLO

Que debo estimar y estimo parcialmente la demandada de juicio Ordinario núm. 354/2011, interpuesta por la entidad Banco Bilbao Vizcaya Argentaria, S.A., representada por la Procuradora doña María Sierra Manchado Ropero, y defendida por los Letrados don Vicente Villarreal Luque y don Sergio Villareal Sáez, contra don Jorge Urbano Navas y contra doña Margarita Ríos Ruiz, y en consecuencia debo condenar y condeno solidariamente a los mismos a abonar a la parte actora, la entidad Banco Bilbao Vizcaya Argentaria, S.A., la cantidad de 8.826,84 euros, más los intereses moratorios que tales cantidades devenguen, calculados al 12,75% anual desde el 13 de abril de 2009 hasta su completo pago, y las costas del procedimiento.

Contra esta resolución cabe recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Córdoba (artículo 455 L.E.C.). El recurso se interpondrá por medio de escrito presentado en este Juzgado en el plazo de veinte días hábiles contados desde el día siguiente de la notificación, limitado a citar la resolución apelada, con expresión de los pronunciamientos que impugna (artículo 458 L.E.C.).

Para la admisión a trámite del recurso previamente deberá efectuarse constitución de depósito en cuantía de 50 euros, debiendo ingresarlo en la cuenta de este Juzgado de Banco Santander núm. 1430.0000.04.0354.11, indicando en las Observaciones del documento de ingreso que se trata de un recurso de apelación seguido del código «02», de conformidad en lo establecido en la disposición adicional decimoquinta de la L.O. 6/1985, del Poder Judicial, salvo concurrencia de los supuestos de exclusión previstos en la misma (Ministerio Fiscal, Estado, Comunidades Autónomas, Entidades Locales y organismos autónomos dependientes de todos ellos) o beneficiarios de asistencia jurídica gratuita.

Así por esta sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.

En atención al desconocimiento del actual domicilio o residencia de la parte demandada, por providencia del señor Juez, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 156.4 y 164 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil, ha acordado la publicación del presente edicto en el tablón de anuncios del Juzgado para llevar a efecto la diligencia de notificacion.

En Cabra, a trece de noviembre de dos mil catorce.- La Secretario/a Judicial.

«En relación a los datos de carácter personal, sobre su confidencialidad y prohibición de transmisión o comunicación por cualquier medio o procedimiento, deberán ser tratados exclusivamente para los fines propios de la Administración de Justicia (ex Ley Orgánica 15/99, de 13 de diciembre, de protección de datos de carácter personal).»

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