Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 50 de 13/03/2015

4. Administración de justicia

Juzgados de lo Social

Edicto de 5 de marzo de 2015, del Juzgado de lo Social núm. Cinco de Sevilla, dimanante de autos núm. 1168/2013.

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Procedimiento: Despidos/Ceses en general 1168/2013. Negociado: 1i.

NIG: 4109144S20130012639.

De: Doña María Carmen Romero Montes.

Contra: Fogasa y Distribución de Ediciones Rodríguez Santos, S.L.

EDICTO

Doña María Amparo Atares Calavia, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Social número Cinco de Sevilla.

Hace saber: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 1168/2013 a instancia de la parte actora doña María Carmen Romero Montes contra Fogasa y Distribución de Ediciones Rodríguez Santos, S.L., sobre Despidos/Ceses en general se ha dictado Sentencia de fecha 19 de noviembre de 2014, cuyo Fallo es del tenor literal siguiente:

FALLO

Que Estimando la demanda presentada por doña María del Carmen Romero Montes, frente a las demandadas Distribución de Ediciones Rodríguez Santos, S.L., y Fogasa, debo declarar y declaro la Nulidad del despido de fecha 16.9.2013, condenando al demandado Distribución de Ediciones Rodríguez Santos, S.L., a la readmisión inmediata de la trabajadora en su puesto de trabajo en las mismas condiciones que tenía antes del despido, así como al abono de los salarios dejados de percibir desde el día siguiente al despido hasta la de notificación de sentencia, a razón de 38,97 euros diarios, con reducción en su caso de los que resultaren procedentes.

Estimando la demanda en materia de reclamación de cantidad presentada por doña María del Carmen Romero Montes, frente a las demandadas Distribución de Ediciones Rodríguez Santos, S.L., condeno a la empresa demandada Distribución de Ediciones Rodríguez Santos, S.L., a que abone al demandante la suma de 3.701,95 euros más 10% en concepto de interés por mora.

No se hace especial pronunciamiento respecto del Fondo de Garantía Salarial.

Notifíquese la presente Resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma cabe recurso de suplicación ante la Sala de Social del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, dentro de los cinco días hábiles siguientes a la notificación de la sentencia, mediante escrito, comparecencia o por simple manifestación ante este Juzgado de lo Social.

Si recurre la empresa condenada, deberá acreditar al interponer el recurso el ingreso del depósito especial por importe de 300 € en la Cuenta de Depósitos y Consignaciones de este Juzgado en Banesto y deberá acreditar, al anunciar el recurso, la consignación del importe de la condena en la misma entidad bancaria y Cuenta de Depósitos, pudiendo sustituirse la consignación en metálico por el aseguramiento mediante aval solidario de duración indefinida y pagadero a primer requerimiento emitido por entidad de crédito; todo ello con apercibimiento de que, caso de no efectuarlos, se declarará la inadmisión del recurso.

Así por esta mi sentencia definitivamente juzgando en esta instancia, lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que sirva de notificación al demandado Distribución de Ediciones Rodríguez Santos, S.L., actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos.

En Sevilla, a cinco de marzo de dos mil quince.- El/La Secretario/a Judicial.

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