Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 56 de 23/03/2015

4. Administración de justicia

Juzgados de Primera Instancia

Edicto de 19 de junio de 2014, del Juzgado de Primera Instancia núm. Ocho de Málaga, dimanante de Procedimiento Ordinario núm. 717/2010. (PP. 159/2015).

Atención: El texto que se muestra a continuación ha sido extraído de los mismos ficheros que se han utilizado para obtener el fichero PDF correspondiente del BOJA oficial y auténtico, habiéndose suprimido todas las imágenes, ciertas tablas y algunos textos de la versión oficial al existir dificultades de edición. Para consultar la versión oficial y auténtica de esta disposición puede descargarse el fichero PDF firmado de la disposición desde la sede electrónica del BOJA o utilizar el servicio de Verificación de autenticidad con CVE 00062295.

NIG: 2906742C20100014009.

Procedimiento: Procedimiento Ordinario 717/2010. Negociado: 07.

De: C.P. Villa Carmen.

Procurador: Sr. Carlos Buxo Narváez.

Contra: Leyla Edwards.

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

En el procedimiento Procedimiento Ordinario 717/2010 seguido en eI Juzgado de Primera Instancia núm. Ocho de Málaga a instancia de C.P. Villa Carmen contra Leyla Edwards sobre, se ha dictado la sentencia que, copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue:

SENTENCIA NÚM. 82/14

En Málaga, a once de abril de dos mil catorce.

Doña Isabel María Alvaz Menjíbar, Magistrada-Juez del Juzgado de Primera Instancia núm. Ocho de Malaga, ha visto los presentes autos de Juicio Ordinario numero 717/10 seguidos a instancia de Comunidad de Propietarios Villa Carmen representada por el Procurador don Carlos Buzo Narváez y defendida por el Letrado don Manuel Tembury Moreno contra doña Leyla Edwards declarada en rebeldía. En reclamación de cantidad.

FALLO

Estimando la demanda formulada por el procurador don Carlos Buxo Narváez en nombre y representación de Comunidad de Propietarios Villa Carmen contra doña Leyla Edwards debo condenar y condeno a la demandada a abonar a la actora la cantidad de 5.928,60 euros.

Los intereses legales devengados desde la fecha de la interposición de la demanda, respecto a la cantidad de 3.275,26 euros. La cantidad de 4.199,06 euros desde 28 de abril de 2011.

Y la cantidad de 5.928,60 euros desde el 15 de diciembre de 2011.

Incrementados en dos puntos desde la fecha de la presente resolución.

Imponiendo al demandado el pago de las costas causadas.

Contra esta resolución cabe recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Málaga (artículo 455 de la LEC). El recurso se interpondrá por medio de escrito presentado en este Juzgado en el plazo de veinte días hábiles contados desde el día siguiente de la notificación (artículo 458.1 de la LEC).

Para la admisión del recurso deberá efectuarse constitución de depósito en cuantía de 50 euros, debiendo ingresarlo en la cuenta de este Juzgado, número 2959, indicando en las observaciones del documento de ingreso que se trata de un recurso seguido del código 02 y tipo concreto del recurso, de conformidad con lo establecido en la L.O. 1/2009, de 3 de noviembre, salvo concurrencia de los supuestos de exclusión previstos en el apartado 5.º de la disposición adicional decimoquinta de dicha norma o beneficiarios de asistencia jurídica gratuita.

Quede testimonio de la presente en los autos de su razón y archívese la original en el Libro de Sentencias.

Así por esta mi sentencia, juzgando definitivamente en primera instancia, lo pronuncio, mando y firmo.

E/.

Y con el fin de que sirva de notificación en forma al demandado, Leyla Edwards, extiendo y firmo la presente en Málaga, a diecinueve de junio de dos mil catorce.- El/La Secretario/a.

«En relación a los datos de carácter personal, sobre su confidencialidad y prohibición de transmisión o comunicación por cualquier medio o procedimiento, deberán ser tratados exclusivamente para los fines propios de la Administración de Justicia (ex Ley Orgánica 15/99, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal).»

Descargar PDF