Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 6 de 12/01/2015

4. Administración de justicia

Juzgados de Primera Instancia

Edicto de 25 de noviembre de 2011, del Juzgado de Primera Instancia núm. Cuatro de Málaga, dimanante de procedimiento ordinario núm. 1948/2008. (PP. 3197/2014).

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NIG: 2906742C20080036172.

Procedimiento: Procedimiento Ordinario 1948/2008. Negociado: 08.

De: Banque PSA Finance.

Procurador: Sr. Luis Javier Olmedo Jiménez.

Letrado: Sr. García España, Álvaro.

Contra: José María Paredes Moreno.

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

En el procedimiento Procedimiento Ordinario 1948/2008 seguido en el Juzgado de Primera Instancia núm. Cuatro de Málaga a instancia de Banque PSA Finance contra José María Paredes Moreno, se ha dictado la sentencia que copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue:

SENTENCIA NÚM. /2011

En Málaga, a 2 de febrero de 2011.

Vistos por mí, doña M.ª Cristina Pascual Arrabal, Magistrado Juez Sustituta en funciones de refuerzo del Juzgado de Primera Instancia número Cuatro de Málaga y su partido judicial, los autos de Juicio Ordinario 1948/08, sobre reclamación de cantidad, a instancia de Banque PSA Finance, representada por el Procurador Sr. Olmedo Jiménez y Letrado Sr. García España, contra José María Paredes Moreno, en situación de rebeldía procesal, atendiendo a los siguientes

FALLO

Que estimando totalmente la demanda presentada por Banque PSA Finance, representada por el Procurador Sr. Olmedo Jiménez y Letrado Sr. García España, contra don José María Paredes Moreno, en situación de rebeldía procesal, debo condenar y condeno al demandado a abonar al actor la cantidad de veintidós mil, cuatrocientos treinta y tres euros con cincuenta y nueve céntimos (22.433,59 €) de principal, más intereses de demora que se devenguen a partir del 19.1.09, al tipo pactado del 2% mensual y ello hasta su completo pago.

Se condena al demandado al pago de las costas causadas.

Notifíquese a las partes, haciéndoles saber que contra esta resolución cabe recurso de apelación, que se interpondrá ante este mismo juzgado en el plazo de cinco días a contar desde su notificación, mediante escrito citando la resolución que se recurre, manifestando su voluntad de recurrir con expresión de los pronunciamientos que se impugnan, según prevén los artículos 455, 456 y 457 de la Ley de Enjuiciamiento Civil.

Para la admisión a trámite del recurso deberá efectuarse previamente la constitución de depósito en cuantía de 50 euros, debiendo ingresarlo en la cuenta de este Juzgado núm. 2936, indicando en las Observaciones del documento de ingreso que se trata de un recurso seguido del código 02 y tipo concreto de recurso, de conformidad en lo establecido con el apartado 5.º de la Disposición adicional 15.ª de la L.O. 6/1985, del Poder Judicial, salvo concurrencia de los supuestos de exclusión previstos en la misma (Ministerio fiscal, Estado, Comunidad Autónomas, entidades locales y organismos autónomos dependientes de todos ellos) o beneficiarios de asistencia jurídica gratuita.

Póngase en las actuaciones certificación de la presente, incluyéndose la misma en el Libro de Sentencias. Asi por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.

Y con el fin de que sirva de notificación en forma al demandado José María Paredes Moreno, extiendo y firmo la presente en Málaga, a veinticinco de noviembre de dos mil once.- El/La Secretario.

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