Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 64 de 06/04/2015

3. Otras disposiciones

Consejería de Educación, Cultura y Deporte

Orden de 17 de marzo de 2015, por la que se autoriza el cambio de titularidad de los centros docentes privados extranjeros «St. George’s British School of Roquetas de Mar» de Roquetas de Mar (Almería) y s British School of Sevilla de Sanlúcar la Mayor (Sevilla).

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Visto el expediente tramitado a instancia de doña Noelia Espinedo Pascual, en nombre y representación de la entidad «British Education System, S.L.», por el que solicita el cambio de titularidad de los centros docentes privados extranjeros St. George’s British School of Roquetas de Mar» de Roquetas de Mar (Almería) y s British School of Sevilla de Sanlúcar la Mayor (Sevilla), según lo dispuesto en el Real Decreto 806/1993, de 28 de mayo, sobre régimen de centros docentes extranjeros en España, y en el Decreto 109/1992, de 9 de junio, sobre autorizaciones de Centros Docentes Privados para impartir Enseñanzas de Régimen General.

Resultando que los mencionados centros, con código 04009216, el de Roquetas de Mar, y 41019177, el de Sanlúcar la Mayor, tienen autorización para impartir enseñanzas del Sistema Educativo Británico a alumnado español y extranjero.

Resultando que «British Education System, S.L.», mediante escritura de cesión otorgada ante don Manuel Rodríguez-Poyo Segura, notario del Ilustre Colegio de Andalucía, cede la titularidad de los referidos centros a favor de British Education Management, S.L.», que la acepta.

Vistos: La Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio (BOE del 4), reguladora del Derecho a la Educación; la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo (BOE del 4), de Educación; la Ley 17/2007, de 10 de diciembre (BOJA del 26), de Educación de Andalucía; la Ley 30/1992, de 26 de noviembre (BOE del 27), de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común; el Real Decreto 806/1993, de 28 de mayo (BOE de 23 de junio), sobre régimen de centros docentes extranjeros en España; el Real Decreto 131/2010, de 12 de febrero (BOE de 12 de marzo), por el que se modifica el Real Decreto 332/1992, de 3 de abril, de autorizaciones de centros privados para impartir enseñanzas de régimen general, el Real Decreto 806/1993, de 28 de mayo, de régimen de centros docentes extranjeros en España, y el Real Decreto 321/1994, de 25 de febrero, de autorización a centros docentes privados para impartir enseñanzas artísticas, para adecuarlas a la Ley 17/2009, de 23 de noviembre, sobre el libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio, y el Decreto 109/1992, de 9 de junio (BOJA del 20), sobre autorizaciones de Centros Docentes Privados para impartir Enseñanzas de Régimen General, y demás normas de vigente aplicación.

Considerando que se han cumplido en el presente expediente todos los requisitos exigidos por la normativa vigente en esta materia.

En su virtud, y en uso de las atribuciones que me han sido conferidas,

DISPONGO

Primero. Conceder el cambio de titularidad a los centros docentes privados extranjeros «St. George’s British School of Roquetas de Mar», código 04009216, con domicilio en C/ Alemania, s/n, de Roquetas de Mar (Almería) y s British School of Sevilla, código 41019177, con domicilio en Ctra. Sevilla-Huelva, km 567,5, de Sanlúcar la Mayor (Sevilla), que en lo sucesivo la ostentará British Education Management, S.L.», que, como cesionaria, se subroga en los derechos y obligaciones de toda índole contraídas por la anterior titular en relación, los centros docentes cuya titularidad se le reconoce.

Segundo. Del contenido de la presente Orden se dará traslado al Registro de Centros Docentes, según lo dispuesto en el Decreto 151/1997, de 27 de mayo, por el que se crea y regula el Registro de Centros Docentes.

Tercero. Dichos centros quedan obligados al cumplimiento de la legislación vigente y a solicitar la oportuna revisión cuando haya de modificarse cualquiera de los datos que señala la presente Orden.

Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer, potestativamente, recurso de reposición ante el Excmo. Sr. Consejero de Educación, Cultura y Deporte, en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de su notificación, de conformidad con los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, y 115.2 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía, o recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo competente del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, conforme a lo establecido en los artículos 10, 14 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Sevilla, 17 de marzo de 2015

Luciano Alonso Alonso
Consejero de Educación, Cultura y Deporte
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